Mediante el PL 6458-2023-PE, el Ejecutivo propone declarar el día 7 de diciembre de cada año como «Día de la Institucionalidad, del Estado de Derecho y de la Defensa de la Democracia», con el objetivo de promover los valores democráticos e institucionales en la ciudadanía y estimular la conciencia colectiva sobre el respeto al estado constitucional y democrático de derecho en nuestro país.
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ha dado la siguiente Ley.
LEY QUE DECLARA «DÍA DE LA INSTITUCIONALIDAD, DEL ESTADO DE DERECHO Y DE LA DEFENSA DE LA DEMOCRACIA»
Artículo 1.- Declaración del «Día de la Institucionalidad, del Estado de Derecho y de la Defensa de la Democracia»
Declarar el dia 7 de diciembre de cada año como «Dia de la Institucionalidad, del Estado de Derecho y de la Defensa de la Democracia», con el objetivo de promover los valores democráticos e institucionales en la ciudadanía y estimular la conciencia colectiva sobre el respeto al Estado Constitucional y Democrático de Derecho en nuestro país.
Artículo 2.- Izamiento de la Bandera Nacional
Disponer la ceremonia de izamiento de la Bandera Nacional en todo el territorio nacional, el día 7 de diciembre de cada año, como acto cívico llevado a cabo con ocasión de la declaración dispuesta en el artículo 1 de la presente Ley.
En dicha ceremonia oficial participan las instituciones públicas y privadas, siendo presidida por el Gobernador Regional, Alcalde Provincial, Alcalde Distrital o por la autoridad competente, según corresponda a la circunscripción territorial.
Artículo 3.- Acciones complementarias
Las instituciones públicas a nivel nacional, dentro del ámbito de sus funciones, disponen acciones complementarias para cumplir con el objetivo establecido en el artículo 1 de la presente Ley.
Artículo 4.- Seguimiento
La Presidencia del Consejo de Ministros es la encargada de realizar el seguimiento de lo dispuesto en la presente Ley.
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