Fundamento destacado: 2. El Tribunal Constitucional en la sentencia recaída en el Expediente 04853-2004-AA/TC y en el marco de lo establecido por el Código Procesal Constitucional, así como de su posterior desarrollo jurisprudencial, ha precisado que el proceso de “amparo contra amparo”, así como sus demás variantes (amparo contra habeas corpus, amparo contra cumplimiento, amparo contra acción popular, etc.), es un régimen procesal de naturaleza atípica o excepcional cuya procedencia se encuentra sujeta a determinados supuestos o criterios, entre estos: que “solo procede cuando la vulneración constitucional resulte evidente o manifiesta” y que “su habilitación se condiciona a la vulneración de uno o más derechos constitucionales, independientemente de la naturaleza de los mismos”.
EXP. N.° 01101-2021-PA/TC
SANTA
OFICINA DE NORMALIZACIÓN
PREVISIONAL (ONP)
SENTENCIA INTERLOCUTORIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 24 de mayo de 2021
ASUNTO
Recurso de agravio constitucional interpuesto por la Oficina de Normalización Previsional (ONP), contra la resolución de fojas 114, de fecha 17 de febrero de 2021, expedida por la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia del Santa, que declaró improcedente la demanda de autos.
FUNDAMENTOS
1. En la sentencia emitida en el Expediente 00987-2014-PA/TC, publicada en el diario oficial El Peruano el 29 de agosto de 2014, este Tribunal estableció en el fundamento 49, con carácter de precedente, que se expedirá sentencia interlocutoria denegatoria, dictada sin más trámite, cuando concurra alguno de los siguientes supuestos, que igualmente están contenidos en el artículo 11 del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional, los cuales se presentan cuando:
a) Carezca de fundamentación la supuesta vulneración que se invoque.
b) La cuestión de Derecho contenida en el recurso no sea de especial trascendencia constitucional.
c) La cuestión de Derecho invocada contradiga un precedente del Tribunal Constitucional.
d) Se haya decidido de manera desestimatoria en casos sustancialmente iguales.
2. El Tribunal Constitucional en la sentencia recaída en el Expediente 04853-2004-AA/TC y en el marco de lo establecido por el Código Procesal Constitucional, así como de su posterior desarrollo jurisprudencial, ha precisado que el proceso de “amparo contra amparo”, así como sus demás variantes (amparo contra habeas corpus, amparo contra cumplimiento, amparo contra acción popular, etc.), es un régimen procesal de naturaleza atípica o excepcional cuya procedencia se encuentra sujeta a determinados supuestos o criterios, entre estos: que “solo procede cuando la vulneración constitucional resulte evidente o manifiesta” y que “su habilitación se condiciona a la vulneración de uno o más derechos constitucionales, independientemente de la naturaleza de los mismos”.
![Rechazan suspender ejecución provisional de la pena: Si bien el condenado tiene arraigo domiciliario y familiar, y ha demostrado buen comportamiento procesal, la reciente pena impuesta (de especial gravedad), así como la magnitud del daño causado y la falta de arraigo laboral, constituyen elementos relevantes y concurrentes que permiten razonablemente inferir la existencia de peligro de fuga (caso Martín Vizcarra) [Exp. 00033-2020-32-5001-JR-PE-01, f. j. 6.31]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/02/Martin-Vizcarra-Cornejo-LP-218x150.png)

![Juez Concepción rechaza recusación propuesta por la defensa de Mateo Castañeda [Informe 559-2025-9-5002-JR-PE-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/Mateo-Castaneda-1-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SNB) no puede desalojar extrajudicialmente a la empresa que ocupa un predio, supuestamente, del Estado ya que esta posee títulos de propiedad inscritos en el Registro [Exp. 00161-2022-PA/TC, ff. jj. 6-12]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-16-218x150.jpg)
![Principio de primacía de la realidad para verificar pago de alimentos en delito de omisión a la asistencia familiar [Exp. 8506-2023-30]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-218x150.png)
![Condena a preso por no cumplir mandato judicial de alimentos antes de ingresar al penal [Exp. 8506-2023-30]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-218x150.jpg)


![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![[Balotario notarial] Todo sobre el poder notarial, sus clases y formalidades](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/PODER-NOTARIAL-CONCEPTO-LPDERECHO-218x150.jpg)


![¿Es legalmente viable que la entidad obligue a un servidor civil a laborar en horarios y días no habituales (como feriados o días no laborables) sin que dicha condición haya sido comunicada previamente? [Informe Técnico 00500-2015-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/trabajo-remoto-documento-servir-LPDerecho-218x150.png)

![El derecho a vacaciones anuales, corresponde a todo trabajador que haya completado un año de servicios continuos, equivalente a un minimo de seis dias laborales, sin importar el tipo o tiempo de jornada de trabajo realizad (doctrina jurisprudencial) [Casación 35267-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/vacaciones-descanso-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre Control constitucional vía amparo: Casos controvertidos. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/CLASE-MODELO-PUBLIO-JIMENEZ-BELMONT-BANNER-218x150.jpg)



![Basta que Sunat notifique sus actos en el buzón electrónico SOL del contribuyente para que sean válidos; no está obligada a usar medios adicionales para asegurar que el contribuyente se entere [Tribunal Fiscal 11703-11-2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/tribunal-fiscal-ministerio-economia-finanzas-LPDerecho-218x150.jpg)


![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)







![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)






![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Condena a preso por no cumplir mandato judicial de alimentos antes de ingresar al penal [Exp. 8506-2023-30]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-100x70.jpg)
![Rechazan suspender ejecución provisional de la pena: Si bien el condenado tiene arraigo domiciliario y familiar, y ha demostrado buen comportamiento procesal, la reciente pena impuesta (de especial gravedad), así como la magnitud del daño causado y la falta de arraigo laboral, constituyen elementos relevantes y concurrentes que permiten razonablemente inferir la existencia de peligro de fuga (caso Martín Vizcarra) [Exp. 00033-2020-32-5001-JR-PE-01, f. j. 6.31]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/02/Martin-Vizcarra-Cornejo-LP-324x160.png)


![Basta que Sunat notifique sus actos en el buzón electrónico SOL del contribuyente para que sean válidos; no está obligada a usar medios adicionales para asegurar que el contribuyente se entere [Tribunal Fiscal 11703-11-2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/tribunal-fiscal-ministerio-economia-finanzas-LPDerecho-100x70.jpg)
![Juez Concepción rechaza recusación propuesta por la defensa de Mateo Castañeda [Informe 559-2025-9-5002-JR-PE-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/Mateo-Castaneda-1-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Rechazan suspender ejecución provisional de la pena: Si bien el condenado tiene arraigo domiciliario y familiar, y ha demostrado buen comportamiento procesal, la reciente pena impuesta (de especial gravedad), así como la magnitud del daño causado y la falta de arraigo laboral, constituyen elementos relevantes y concurrentes que permiten razonablemente inferir la existencia de peligro de fuga (caso Martín Vizcarra) [Exp. 00033-2020-32-5001-JR-PE-01, f. j. 6.31]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/02/Martin-Vizcarra-Cornejo-LP-100x70.png)
