El premier Gustavo Adrianzén se mostró a favor de presentar un proyecto ley que regule la figura de la prisión preventiva en el país.
Según indicó, esta medida cautelar se solicita «de manera libertina y ligera» por parte de la Fiscalía. Este martes 13 de agosto, en diálogo con RPP, sostuvo lo siguiente:
Yo estoy totalmente en contra, no de hoy sino desde mucho tiempo atrás lo vengo criticando, de esta manera tan libertina y tan ligera de dictar prisiones preventivas. En el Perú, tenemos un estándar de libertad muy malo. Estamos por los suelos.
La libertad personal en el Perú es uno de los principios fundamentales; después de la vida, [está] la libertad. Y parece no importarnos la libertad.
El primer ministro recordó que cualquier fiscal puede solicitar este requerimiento y, a su vez, cualquier juez puede disponer del mandato. Añadió que los magistrados disponen la medida por temor a ser declarados cómplices de los investigados en caso se ausenten de la justicia.
Finalmente, Adrianzén consideró que la autorización del encarcelamiento de personas, en nuestro país, «muy a la ligera». En este sentido, afirmó que, excedido el tiempo de prisión, el Poder Judicial no es capaz de promover la acusación para buscar la sentencia final:
El problema, en todo caso, es del Estado. Y que cuide sus fronteras. Pero no es una solución que a la gente se le esté privando de su libertad. No por las deficiencias del Estado podemos estar privando a las personas de su libertad.
![Si bien el numeral 1 del el art. 401 regula expresamente el derecho a reservar la interposición de la apelación contra sentencias (resoluciones finales), en aplicación del principio «pro actione» el mismo criterio debe aplicarse también cuando se trate de una resolución que declara fundada una solicitud de prescripción de la acción penal (que también pone fin al proceso penal) [Queja NCPP 1496-2023, Pasco, ff. jj. 5-9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-juez-jueza-justicia-defensa-delito-civil-penal-acusacion-LPDerecho-218x150.jpg)
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