La jueza Fiorella Linares Pérez, a cargo del Décimo Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Subespecializado en Delitos Asociados a la Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Lima Norte, resolvió declarar fundado el requerimiento de prisión preventiva contra el cantante Jonathan Kelvin Sarmiento Llanto.
Así, la jueza impuso 9 meses de prisión preventiva ante el requerimiento del Ministerio Público de Lima Norte en el marco de la investigación que se le sigue el delito de agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar en la modalidad de violencia psicológica en agravio de Dalia Duran Gómez (37) y el delito de desobediencia a la autoridad en agravio del Estado.
Al leer la resolución, la jueza dijo que la defensa del imputado, si bien adujo que el artista tiene varios contratos pendientes que lo arraigan laboralmente, no alcanzó los documentos que acrediten la firma de tales contratos. Por lo tanto, consideró que el elemento más importante para imponer prisión preventiva, el peligro procesal (peligro de fuga y obstaculización), se había cumplido plenamente, junto a los demás presupuestos procesales.
La jueza también dispuso que se remita los vídeos de la audiencia al Ilustre Colegio de Abogados del Lima para que evalúe la conducta procesal del abogado defensor del cantante.
El abogado defensor, por su aparte, solicitó que inmediatamente la jueza le remita la resolución de prisión preventiva.
Por otro lado, la magistrada ordenó que se oficie al INPE para el internamiento de Jhon Kelvin en un establecimiento penitenciario.
Los hechos
La fiscal provincial, Rosa Magna Cornejo Vera, con apoyo del fiscal adjunto provincial Elvis Perez Navarro, argumentó en la audiencia que el 7 de febrero la denunciante llegó a su vivienda en Comas con sus hijas de 5 años y encontró al imputado junto a su primo en el intercomunicador de su casa.
En tal circunstancia, dijo la Fiscalía, el artista le indicó a la denunciante que se llevaría a su hijo de 13 años, pero esta se negó porque el adolescente también tiene medidas de protección hacia su padre. Ante esta negativa, el investigado comenzó a gritarle palabras soeces, improperios e insultos, ejerciendo una relación de poder sobre la víctima, en el marco de un contexto de violencia familiar previsto en los artículos 5 y 6 de la Ley 30364.
Este hecho, según imputación de la Fiscalía, habría sido cometido delante de sus gemelas que comenzaron a llorar y frente a su hijo mayor, quien al ver la escena se puso nervioso y se fue a su cuarto.
Es por ello que la denunciante ingresó, cuenta la Fiscalía, a su domicilio y llamó a la policía:
El procesado habría agredido física y psicológicamente en reiteradas oportunidades a la víctima mientras mantenían una relación. Además, la denigra como mujer y pese a tener medidas de protección, Jonathan Sarmiento no las habría estado respetando. Por ello, la agraviada lo habría denunciado en diciembre del 2022.
La detención del 7 de febrero
Como se recuerda, el cantante John Kelvin había sido detenido por la Policía Nacional este martes último por incumplir con la medida de alejamiento de su expareja Dalia Durán y sus menores hijos, según indicó su abogado, Ricardo Franco De La Cuba.
Jonathan Sarmiento Llanto se encontraba en la comisaría de Santa Luzmila y en las siguientes horas fue puesto a disposición de la Fiscalía por desacato a la autoridad.
El cantante había sido condenado a 21 años de cárcel por agresión física y sexual contra Dalia Durán; sin embargo, fue absuelto de este último cargo y logró recuperar su libertad y abandonó el penal de Lurigancho el 25 de octubre del 2022 tras permanecer recluido por más de un año.
La Corte Superior de Justicia de Lima Norte, por su parte, informó que había dispuesto la ampliación de las medidas de protección a favor de Dalia Durán Gómez (37) y su menor hijo, contra Jonathan Sarmiento Llanto (36), Jhon Kelvin, bajo el contexto de violencia psicológica.
Asimismo, se remitió copias certificadas a la fiscalía penal, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones por el delito de desobediencia y resistencia a la autoridad por el incumplimiento de lo ordenado en la resolución emitida el 21 de diciembre de 2022.
La jueza Lisset Chávez Muñoz, a cargo del Décimo Juzgado de Familia Subespecialidad Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, también ordenó el patrullaje permanente del domicilio de la víctima por parte de la comisaría y el serenazgo del sector.
En tanto, dispuso el impedimento al agresor Jonathan Sarmiento, de acercarse a Dalia Durán a una distancia de 300 metros a su domicilio, centro de trabajo u otros espacios donde la víctima realice sus actividades; debiendo la comisaria estar alerta al llamado de asistencia.
Cabe señalar que, en el año 2022, este órgano jurisdiccional dictó medidas de protección a favor de Dalia Durán y su menor hijo, bajo el mismo contexto de violencia psicológica.
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