¿Podría el presidente Castillo derogar la resolución suprema que concedió el indultó a Fujimori?

LP consultó a diversos especialistas sobre el tema. Estas son sus opiniones:

10968

Tras conocer el resultado de la demanda de hábeas corpus que restituye los efectos jurídicos del indulto humanitario que el expresidente Kuczynski le concedió a Alberto Fujimori, la academia jurídica debate si el actual presidente Pedro Castillo podría derogar la Resolución Suprema 281-2017-JUS, mediante la cual se concedió el indulto humanitario a Alberto Fujimori.

Esta es la secuencia que grafica los alcances de la decisión del Tribunal Constitucional (TC):

    • Sentencia de la Corte Suprema (2019) ⇒ indulto carece de efectos jurídicos
    • Sentencia del Tribunal Constitucional (2022) ⇒ restituye efectos jurídicos al indulto

Tal como se muestra en la cronología, la resolución emitida por la Corte Suprema no anuló el indulto, lo que hizo fue establecer que carecía de efectos jurídicos. En ese contexto, la polémica sentencia del TC restituyó los efectos jurídicos del indulto y por consecuencia este cobra vigencia.

En medio de la agitada conyuntura la excongresista Rocío Silva Santisteban puso la pregunta sobre la mesa. La exlegisladora se dirigió al presidente Castillo para pedirle que derogue la resolución suprema por el cual se otorgó el indulto: «Defienda la justicia y derogue la RS 281-2017-JUS, revoque el indulto y defienda a los familiares de las víctimas con los que se tomó fotos en la campaña».

LP consultó a diversos especialistas sobre el tema, con la intención de aclarar si es posible dicha derogatoria.


Carlos Mesías Ramírez

No se puede. El expresidente del Tribunal Constitucional Carlos Mesías indicó que el indulto, al tener la calidad de cosa juzgada, no podría ser derogada por una resolución administrativa, en el marco del artículo 139 de la Constitución.

El indulto tiene calidad de cosa juzgada, además, una sentencia no podría ser derogada por una resolución administrativa, salvo que tenga visos de inconstitucionalidad y en este caso la justicia constitucional lo ha convalidado. Ahora solo queda la Corte IDH.

Juan Carlos Ruiz Molleda

No. El constitucionalista del Instituto de Defensa Legal (IDL) sostiene que no es posible, pues se estaría legitimando una sentencia que contraviene las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sobre el caso La Cantuta y Barrios Altos.

No se puede porque estarías reconociendo como válida la sentencia del Tribunal Constitucional (…) El gran problema con esa opción es que le da valor a esa sentencia del TC. En este caso tenemos una cosa juzgada formal, pero no convencional.

También sugirió que los magistrados del TC sean denunciados por infracción a la Constitución, pues habrían vulnerado el artículo 139.2 que prohíbe interferir con una sentencia. “En el caso en concreto, existe una sentencia en ejecución de la Corte IDH que indica lo contrario”, sostuvo.

Artículo 139.- Principios de la Administración de Justicia

2. La independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional.

Ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones. Tampoco puede dejar sin efecto resoluciones que han pasado en autoridad de cosa juzgada, ni cortar procedimientos en trámite, ni modificar sentencias ni retardar su ejecución. Estas disposiciones no afectan el derecho de gracia ni la facultad de investigación del Congreso, cuyo ejercicio no debe, sin embargo, interferir en el procedimiento jurisdiccional ni surte efecto jurisdiccional alguno.

El abogado del IDL sostuvo que la CIDH tendría que conminar o exigirle al Estado peruano que ajuste la polémica sentencia a la resuelta en fuero convencional en el caso Barrios Altos y La Cantuta.

David Panta Cueva

No se puede. El abogado penalista David Panta sostuvo que los indultos adquieren calidad de cosa juzgada en virtud al artículo 139 de la Constitución. Sin embargo, la cosa juzgada no es absoluta, por ende, podría ser revisada en la justicia ordinaria y la constitucional, tal como ha ocurrido en este caso, indicó.

Esa potestad (indulto) que fue dada por el expresidente Kuczynski, que fue dejada sin efecto por la Corte Suprema y restituida en sus efectos por el Tribunal Constitucional no merece posterior revisión de otro presidente de la República.

Así, para el abogado el artículo invocado es taxativo al indicar la naturaleza los indultos en nuestro ordenamiento jurídico.

Artículo 139.- Principios de la Administración de Justicia
(…)

13. La prohibición de revivir procesos fenecidos con resolución ejecutoriada. La amnistía, el indulto, el sobreseimiento definitivo y la prescripción producen los efectos de cosa juzgada.

Por su lado, el abogado sostuvo que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) no podría anular la decisión del TC, pues no le corresponde esa injerencia. La Corte IDH podría declarar la incompatibilidad, sin embargo, esto produciría un problema mayos, pues nos asaltaría la siguiente inquietud:

¿Cuál sería el remedio de esa incompatibilidad? ¿De qué forma se anularía una sentencia de rango constitucional si no existe otra instancia? 

Óscar Urviola Hani

No se puede. El expresidente del Tribunal Constitucional Óscar Urviola sostuvo en una entrevista que el indulto no podría ‘revocarse’, pues ya fue concedido:

Ninguna atribución ni legal ni constitucional lo faculta a dejar sin efecto una resolución del máximo organismo jurisdiccional en materia constitucional (…) No se puede, ese indulto ya se concedió.

Sin embargo, en una entrevista a la prensa dijo que la Corte IDH adelantó opinión al emitir un mensaje a través de sus redes sociales, al expresar su preocupación por la decisión adoptada por el Tribunal Constitucional que ordenó la libertad de Alberto Fujimori.

En el comunicado, la Corte IDH aseguró que la decisión afecta el derecho a la justicia de las víctimas y obstaculiza el cumplimiento de obligaciones internacionales de la Corte en los casos La Cantuta y Barrios Altos.

Ronald Hancco 

Sí se posible. El abogado penalista indica que:

La Constitución Política no menciona expresamente restricción que el presidente de la República pueda derogar una resolución suprema. Sin embargo, existen casos donde un mandatario ha derogado ese tipo de resoluciones, invocando para ello el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y la Ley 29158 (Ley Orgánica del Poder Ejecutivo), cuya formalidad adicional debe ser refrendada por el presidente de la PCM y el Ministro del Sector, que en este caso sería el Ministro de Justicia.

En atención a lo señalado, sí podría derogarse el Decreto Supremo como se realizó con otros, claro está que nunca sobre un caso que sea un indulto sino antecedentes vinculados a la derogación de, procedimiento de contratación. En este caso, si ese fuera el camino que el presidente elegiría, sus razones tendrían que estar sustentadas en que la Corte IDH en el caso Barrios Altos vs Perú (Sentencia de 14 de marzo de 2001) y Caso Gutiérrez Soler vs Colombia (Sentencia de 12 septiembre de 2005), entre otros; dijo que si estamos frente a una violación a Derechos Humanos y/o crimen de Lesa Humanidad, no procede el indulto, así como otros beneficios tales como la amnistía, beneficios penitenciarios y la prescripción.

Space: el indulto bajo análisis

A su turno, durante una conferencia en Space Twitter LP, el abogado Hancco aclaró que el expresidente Alberto Fujimori no fue condenado por crímenes de lesa humanidad, pues esa atribución en el contenido de la sentencia fue alegórica. También precisó que el caso Gutiérrez Soler vs. Colombia, la Corte dijo:

Cuando existe violación de derechos humanos no puede existir amnistía, indulto, prescripción, beneficios penitenciarios

En ese sentido, si Fujimori habría cometido un crimen de lesa humanidad por qué se discute el indulto, cuestionó.

Ronal Gamarra Herrera

En plena transmisión de Space Twitter LP, el abogado Ronal Gamarra pidió la palabra para aclarar que nunca le pidieron al tribunal que obvie el principio de legalidad y condene por crímenes de lesa humanidad.

(Nosotros) le pedimos al tribunal que si no podían condenar por crímenes de lesa humanidad, si podían calificar los hechos como crímenes de lesa humanidad, siguiendo la jurisprudencia de los tribunales argentinos que habían juzgado graves crímenes de violaciones de derechos humanos, en las que enfrentados a este tema encontraron una solución para impedir ventajas procesales a los condenados por estos hechos aberrantes. Así, sobre la base de la jurisprudencia argentina nosotros pedimos que se califiquen los hechos de homicidio calificado, lesiones graves y secuestros como crímenes de lesa humanidad. Esa es la circunstancia por la que aparece esa calificación en la parte decisoria de la sentencia. 

Tras conocer el fallo del TC, el presidente Pedro Castillo sostuvo que la decisión del Congreso refleja la crisis institucional a la que se refirió en su último mensaje ante el Congreso.

Por su lado, el presidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres, dijo que el TC debe desaparecer, mientras que el actual ministro de Relaciones Exteriores, César Landa, sostuvo que la decisión del TC no es válida, pues contradice las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos Barrios Altos y La Cantuta.

Es importante recordar que en 2017, el exfiscal Avelino Guillén, uno de los que sustentó las acusaciones contra Fujimori, dijo que el indulto podía ser anulado por presentar “graves vicios procesales”, en el marco del indulto del expresidente Kuczynski a favor de Fujimori. 

Este polémico indulto que fue examinado por el Tribunal Constitucional en su reciente sentencia recibió numerosas críticas, pues se sindicó al entonces presidente de la República de canjear votos a cambio de su permanencia en el cargo.

Recordando los hechos

En aquel entonces, el presidente Kuczynski afrontaba un proceso de vacancia ante el Congreso. Necesitaba votos para conservar el cargo. 

Así, durante la votación, Kenji Fujimori y otros nueve congresistas votaron en abstención y esos votos fueron claves para que PPK preservara la presidencia.

Tres meses después del indulto se descubrieron unos vídeos que mostraban el supuesto intento de compra de esas abstenciones que salvaron temporalmente al expresidente de la vacancia.

Revive aquí el Space Twitter que organizamos para analizar el indulto a favor de Alberto Fujimori

Este pronunciamiento se produjo a pedido de los familiares de las víctimas, luego de conocido el indulto humanitario a Alberto Fujimori, en 2017.

En el fundamento 64 indicó que es conveniente que los órganos jurisdiccionales peruanos competentes puedan pronunciarse sobre el indulto a Fujimori, para efectuar un análisis que tome en cuenta los estándares expuestos y los serios cuestionamientos relativos al cumplimiento de los requisitos jurídicos estipulados en el derecho peruano.

En ese sentido, el indulto de 2017 fue revisado por la Corte Suprema y finalmente por el Tribunal Constitucional. ¿Qué opinas, estás de acuerdo con la decisión del TC? 

Revise aquí la resolución de la Corte IDH

Comentarios: