Estimados colegas, compartimos con ustedes el texto de la evaluación de conocimientos con sus respuestas, rendida por los postulantes al concurso público para la selección y nombramiento de jueces y fiscales.
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Al final del post podrán descargar el documento completo.
CONVOCATORIA N° 005-2021-SN/JNJ
PRUEBA A
JUEZ SUPERIOR
Amadeus Fiscal de la Vigésima Fiscalía Penal de la ciudad “El Torbellino” acaba de formular acusación, pero por la carga procesal alta que tiene que atender ha solicitado pena de inhabilitación por el lapso de 6 meses cuando en realidad se trataba de una pena principal con un mínimo de 5 años.
1. Sobre el quantum de la pena:
a. Por el Principio de Legalidad el Juez puede aumentar el quantum requerido por el Fiscal.
b. Por el Principio acusatorio el Juez no puede aumentar el quantum requerido por el Fiscal.
c. Por el Principio reformatio in peius, el Juez no puede agravar la pena de inhabilitación solicitada por el Fiscal.
d. Por el Principio de culpabilidad el Juez puede aumentar proporcionalmente la pena de inhabilitación requerida por el Fiscal.
Prudencia fue víctima de la apropiación de sus tres televisores por parte de “El Electrónico” a quien le hizo entrega para su arreglo. Se ha dictado sentencia condenatoria y se ha ordenado la devolución de los televisores a la agraviada así como el pago de mil nuevos soles por concepto de reparación civil. Sucede que cuando ha ido a ver los televisores ha recibido la noticia que durante el proceso “El Electrónico” ha regalado los televisores a su comadre.
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2. Sobre la reparación civil:
a. La reparación civil solo comprende la restitución del bien o si no es posible el pago de su valor.
b. La reparación civil es mancomunada entre los responsables del hecho punible y los terceros civilmente obligados.
c. Cuando el bien se halla en poder de terceros procede el pago de su valor.
d. Cuando el bien se halla en poder de terceros, debe ser restituido, sin desconocer el derecho de éstos para reclamar su valor.
Según el Recurso de Nulidad 3084-2015-Lima Norte, del 02/06/2016, propone el siguiente ejemplo: “X cometió delito de robo en 2013, motivo por el cual empezó a ser procesado en 2015, dictándosele prisión preventiva en su contra, siendo finalmente sentenciado en 2016 e imponiéndosele una pena privativa de libertad de diez años, la misma que en aplicación del artículo 47° del Código Penal, al tenerse que está en prisión desde 2015, vencerá el 2025. No obstante, posteriormente se descubre que cometió delito de falsificación de documento público en 2010, dictándosele prisión preventiva en 2019, siendo condenado en 2020 a ocho años de pena privativa de libertad.”
3. Señale usted a qué institución jurídica se refiere esta ejecutoria suprema y qué principio predomina al momento de determinar judicialmente la pena:
a. Concurso real de delitos y principio de asperación.
b. Concurso ideal de delitos y principio de absorción.
c. Concurso real retrospectivo y principio de acumulación.
d. Concurso ideal retrospectivo y principio de absorción
4. La acusación fiscal y los medios probatorios actuados en el proceso, imputan a “A” la comisión del delito reprimido por el inciso 3° del segundo párrafo del artículo 367 del Código Penal(violencia y resistencia a la autoridad), cometido en agravio de un miembro de la Policía Nacional. No obstante que hubo agresión física, se probó también que las lesiones producidas al policía, no ocasionaron siquiera lesiones leves (Acuerdo Plenario Extraordinario N° 1-2016/CIJ-116). Sobre la penalidad a aplicar, señale usted la alternativa correcta:
a. La pena en ningún caso puede ser mayor de tres años de privación de la libertad, pues ella no puede sobrepasar la pena mínima fijada para las lesiones leves, previstas en el artículo 122, inciso 3, literal a).
b. La pena en ningún caso puede ser menor de ocho años de privación de la libertad, considerando que el inciso 3), segundo párrafo del artículo 367, prevé una pena básica mínima de ocho y máxima de doce años.
c. La pena en virtud del principio de proporcionalidad de la sanción a imponer, será no menor de cuatro ni mayor de ocho años, tratándose de lesiones graves (artículo 121, modificado por el Decreto Legislativo 1323)
d. La pena no puede ser menor de seis años de privación de la libertad, pues no obstante que el tipo prevé una pena básica mínima de ocho y máxima de doce años, no hubo lesiones siquiera leves.
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5. Nuestro ordenamiento penal reprime al funcionario o servidor público que abusando de su cargo, incrementa su patrimonio respecto de sus ingresos económicos legítimos. En relación a ello, un problema que presenta la estructura formal y material del delito de enriquecimiento ilícito, es el monto económico que aquel representa. Señale la alternativa correcta:
a. El delito se consuma cuando el monto supera las dos Unidades Impositivas Tributaria, en interpretación sistemática con el artículo 444 del Código Penal, que reprime las faltas contra el patrimonio.
b. Este delito se consuma cuando el monto es mayor a una remuneración mínima vital, en interpretación sistemática con el artículo 444 del Código Penal, que sanciona las faltas contra el patrimonio.
c. El delito se consuma con independencia del monto económico, es decir, no cabe exigir una cantidad dineraria específica, pero sí debe significar una valoración razonable en su magnitud económica.
d. Nuestro ordenamiento penal, siguiendo la legislación comparada (artículo 268 del Código Penal argentino), asume que es indiferente que el monto signifique un valor razonable en su dimensión económica.
Un joven de nombre Luis Coaquira Mamani, de 21 años de edad, natural del centro poblado “Qeñaupampa, del distrito de Haquira, provincia de Cotabambas, departamento de Apurimac, se enamora de una menor de 13 años de edad, residente del mismo centro poblado, siendo aceptado por ésta, por lo que ambos acordaron encontrarse el día 13 de julio de 2014, a las 14:00 horas, por inmediaciones del sector denominado “Soccllapampa, con la finalidad de planificar que esta última abandonara su domicilio. Ese mismo día, a las 18:00 horas, por decisión del joven Coaquira Mamani, ingresaron a un hotel cercano a la Comisaría de Haquira, donde pernoctaron y mantuvieron relaciones sexuales, de mutuo acuerdo. Posteriormente, continuaron sosteniendo relaciones sexuales de mutuo acuerdo, llegando incluso a convivir. Enterados los padres de la menor, éstos formularon denuncia contra el mencionado joven, por lo que la Fiscalía Provincial competente formuló denuncia penal por delito de violación sexual previsto y penado en el artículo 173.2 del Código Penal. Durante el proceso, se acreditó que el procesado incurrió en error al considerar lícito enamorarse de una chica de su comunidad y luego mantener relaciones sexuales, llegando incluso a convivir con ella hasta la fecha. Asimismo, se acreditó que en el centro poblado de “Qeñaupampa”, es costumbre la convivencia de mujeres desde los 13 años de edad con jóvenes de la misma comunidad, siendo conocida como “Tapucuy”. El Joven fue procesado y posteriormente absuelto de la acusación fiscal.
6. Identifique el instituto por el cual fue absuelto el procesado.
a. El procesado fue absuelto por haber incurrido en error de tipo.
b. El procesado fue absuelto por haber creído que su conducta era lícita.
c. El procesado fue absuelto por haber incurrido en error de comprensión culturalmente condicionado.
d. El procesado fue absuelto por haber incurrido en error de prohibición vencible.
Angelita es una menor que se quedaba sola en su casa cuando sus padres salían a trabajar, quienes en muchas ocasiones la encargaban con “Malvado” dada la relación de vecindad y confianza que los unían; quien un día aprovechando dicha situación logró ingresar a la vivienda de la menor a la cual cogió violentamente despojándola de su ropa y desnudándola completamente para luego besarla por todo el cuerpo tocándola en su partes íntimas para enseguida introducir sus dedos en la cavidad vaginal de la menor.
7. ¿Por qué delito debe responder?
a. Malvado responde como autor del delito de actos contra el pudor de menor de edad.
b. Malvado responde como autor del delito de violación de la libertad sexual de menor de edad.
c. Malvado responde por tentativa del delito de violación de la libertad sexual de menor de edad.
d. Malvado responde por delito de violación de la libertad sexual de menor de edad agravado.
En circunstancias que Jorge Gutiérrez Torres, conducía su vehículo por inmediaciones de la cuadra 05 de la Av. Abancay – Cercado de Lima, sufre un desperfecto en el sistema de dirección, por lo que comienza a perder el control del carro. No obstante ello, como se encuentra apurado continúa con su marcha y cuando pretende doblar hacia el Jirón Miroquezada, se despista y atropella a Carlos Quiroz Barba a quien deja gravemente herido, pero las personas que estaban por la zona le prestan auxilio al herido y lo llevan al Hospital Dos de Mayo. Jorge, nervioso por lo sucedido y sabiendo que es un personaje público se aleja del lugar del accidente, pero al cabo de 15 minutos regresa al lugar del accidente y pone a derecho ante la autoridad policial que se encontraba en la zona realizando el ITP, por lo que es llevado a la Comisaria de San Andrés.
8. En relación al caso narrado, se puede decir que Jorge Gutiérrez ha incurrido en delito de:
a. Omisión de Socorro.
b. Lesiones Graves.
c. Lesiones Culposas Agravadas.
d. Fuga del lugar del accidente de tránsito.
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9. En relación al delito de Omisión de socorro, es correcto decir que Jorge Gutiérrez:
a. Incurrió en este delito porque no socorrió al herido.
b. No incurrió en este delito, porque si bien hirió Carlos Quiroz y se retiró del lugar del accidente, otras personas lo auxiliaron inmediatamente.
c. No cometió este delito porque volvió al lugar del accidente.
d. Ninguna de anteriores.
Juan David se encuentra con Teófilo, y éste le refiere que tiene un proceso judicial por delito de estafa, además, que sabe que es amigo de infancia del juez, y que puede intervenir para que lo absuelvan. A cambio de ello Teófilo se compromete a contratar a Miriam que es sobrina de Juan David en su empresa LOS PULPINES, a lo cual Juan David acepta intervenir ante el juez. Luego de un mes Teófilo ha sido absuelto.
10. Respecto a la responsabilidad de Juan David:
a. Responde penalmente por el delito de negociación incompatible.
b. La acción de Juan David no es penalmente relevante, debido a que no recibió ningún dinero a cambio de interceder por Teófilo.
c. Responde penalmente por el delito de cohecho pasivo impropio.
d. Responde penalmente por delito de tráfico de influencias.
En el Expediente N° 02132-2008-PA/TC-ICA (Caso: Rosa Felicita Elizabeth Martínez García), el Tribunal Constitucional ha señalado respecto al control judicial difuso de constitucionalidad de las normas legales, lo siguiente:
«17. Este Tribunal tiene dicho que el control judicial difuso de constitucionalidad de las normas legales es una competencia reconocida a todos los órganos jurisdiccionales para declarar inaplicable una ley, con efectos particulares, en todos aquellos casos en los que aquella resulta manifiestamente incompatible con la Constitución (artículo 138° de la Norma Fundamental). El control difuso es, entonces, un poder-deber del juez consustancial a la Constitución del Estado Democrático y Social de Derecho. Conviene siempre recalcar que la Constitución es una auténtica norma jurídica, la Ley Fundamental de la Sociedad y del Estado, y un derecho directamente aplicable.»
11. En este marco, señale la alternativa correcta respecto a los criterios que deben seguirse para proceder al control judicial difuso de constitucionalidad de las normas legales:
a. El juez sólo podrá declarar la invalidez de una ley cuando esta se encuentre directamente relacionada con la solución del caso, término este último que debe entenderse como circunscrito únicamente a la pretensión principal.
b. Debe acreditarse que la aplicación de la ley objeto de control judicial difuso ha causado o puede causar un agravio directo, no solo al caso concreto, sino también a los procesos judiciales similares en los que se aplique la misma norma.
c. El juez debe verificar si en el acto o norma infralegal cuestionados en el proceso judicial se ha aplicado la norma legal que se acusa de inconstitucional.
d. El ejercicio del control judicial de constitucionalidad de las leyes no puede realizarse respecto de leyes o normas con rango de ley cuya validez haya sido confirmada por el Tribunal Constitucional en el seno de un control concreto de constitucionalidad.
En el Expediente N° 00709-2007-PC/TC-LIMA (Caso: Consuelo E. Espinoza Barba de Yong), en el cual se aborda un proceso de cumplimiento, se señala lo siguiente:
«1. Conforme al artículo 200°, inciso 6) de la Constitución Política, el proceso de cumplimiento tiene por finalidad que se ordene a cualquier autoridad o funcionario renuente al acatamiento de una norma legal o de un acto administrativo. Dicha finalidad del proceso de cumplimiento también ha sido reconocida por el artículo 1.° del Código Procesal Constitucional. El artículo referido señala que el proceso de cumplimiento -como todo proceso constitucional- tiene por finalidad proteger los derechos constitucionales, disponiendo el cumplimiento de un mandato legal o de un acto administrativo.»
12. Señale la alternativa correcta respecto al proceso de cumplimiento según el TC:
a. Mediante el proceso de cumplimiento solo se puede controlar la inactividad material de la administración.
b. El objeto esencial del proceso de cumplimiento es proteger el derecho constitucional de legalidad de las normas y actos administrativos emitidos.
c. Para declararse procedente la demanda de cumplimiento, además de acreditarse la renuencia del funcionario o autoridad pública, el mandato (contenido en la norma legal, la ejecución del acto administrativo o la orden de emisión de una resolución) debe ser vigente, cierto y claro.
d. A partir de la vigencia del Código Procesal Constitucional, se prevé, respecto al requerimiento necesario para la procedencia del proceso de cumplimiento, que la carta notarial constituye el único documento por el cual el demandante debe reclamar el cumplimiento de un deber legal o administrativo.
A recibe en legado un millón de dólares (US$1’000.000.00) depositados en el Banco de Londres. Luego, A, mediante contrato privado, se obliga a donar doscientos mil dólares (US$200,000.00) a B cuando retire el millón de dólares del banco.
13. El contrato de donación celebrado entre el donante A y el donatario B está sujeto a:
a. condición meramente potestativa resolutoria.
b. condición potestativa propia.
c. condición suspensiva meramente potestativa.
d. condición suspensiva casual.
Jorge da la orden de compra a una Sociedad Agente de Bolsa para que al día siguiente por la mañana adquiera una cantidad de acciones de una determinada empresa financiera. El empleado de la Sociedad Agente del Bolsa que debía encargarse de la operación se va de paseo y no asiste a trabajar. Al siguiente día, la citada entidad financiera es intervenida y declarada en proceso de liquidación por la Superintendencia de Banca y Seguros.
14. La Sociedad Agente de Bolsa es responsable frente a Jorge:
a. por incumplimiento de su obligación.
b. por el daño emergente y el lucro cesante.
c. por el comportamiento doloso de su empleado.
d. no es responsable por el incumplimiento de su obligación.
15. La Sociedad Agente de Bolsa no está obligada a indemnizar:
a. debido a que el incumplimiento de su obligación le ha generado beneficios a Jorge.
b. debido a que el deudor responde por su culpa y no por la culpa de sus trabajadores.
c. porque entre el incumplimiento y el daño no hay relación de causalidad.
d. porque el incumplimiento se debe a fuerza mayor.
Si A, B y C deben solidariamente a X la suma de S/ 300 000, y fallece C dejando como sus únicos herederos a D y E. El valor de los bienes hereditarios dejados por el occiso C es de S/400 000. Los herederos ya se dividieron los bienes.
16. Elija la alternativa correcta.
a. D y E son deudores solidarios de X.
b. D y E no son deudores alternativos de X.
c. D y E son herederos mancomunados de X.
d. D y E son herederos facultativos de X.
Don Antonio es un joven emprendedor que con su esfuerzo adquiere bienes inmuebles y muebles, alcanzando acopiar una buena fortuna. Posteriormente, Antonio se casó con Martha, pero no tuvieron hijos. Tiene a sus padres, don José y doña Fernanda, además tiene a sus hermanos Josefa, Jorge y Juan. Tiene a sus tíos, hermanos de su padre, Arturo, Armando y Alberta y, a sus primos Jonás, hijo de Arturo, Néstor, hijo de Armando, y Elcira, hija de Alberta. Con el tiempo, Antonio otorga testamento e instituye como sus herederos a sus padres, a su esposa, e instituye como sus legatarios a sus hermanos Josefa, Jorge y Juan. Luego de dos años, otorga un segundo testamento en el que deshereda a su esposa por haberle negado los alimentos, y también deshereda a sus hermanos por haber atentado contra su vida. Después de un tiempo, otorga un tercer testamento en el que deshereda a sus padres por la causal de haberles privado de su libertad y abandonado en estado de necesidad. Un día se fue de viaje a Arequipa y, estando en el hotel, murió. Los legistas dijeron que había sufrido un paro cardiaco.
17. De los tres testamentos otorgados, ¿cuál(es) tiene(n) valor y eficacia como última voluntad de Antonio?
a. La primera más la segunda
b. La segunda más la tercera
c. La primera más la tercera
d. Solamente la primera
18. En relación al actor civil, es correcto afirmar lo siguiente:
a. El auto de sobreseimiento no impide al órgano jurisdiccional pronunciarse sobre la acción civil derivada del hecho punible.
b. La constitución en actor civil debe efectuarse antes de la culminación de la etapa intermedia.
c. La constitución en actor civil no impide la presentación de demanda indemnizatoria en vía extra penal.
d. El auto que se pronuncia sobre la constitución en actor civil es inimpugnable.
19. De conformidad con la doctrina legal establecida por la Corte Suprema respecto a la tutela de derechos:
a. Puede solicitar tutela de derechos el imputado que se sienta afectado por una excesiva duración de las diligencias preliminares.
b. Se puede solicitar tutela de derechos para excluir material probatorio obtenido ilícitamente, cuando este es la base de sucesivas medidas y diligencias.
c. El imputado puede solicitar tutela de derechos cuando el fiscal rechaza su solicitud de realizar diligencias.
d. Se puede solicitar tutela de derechos cuando se formaliza investigación preparatoria por hechos prescritos o atípicos.
En el EXP. N.° 4630-2013-HC/TC La Libertad (Caso: José Fermín Maqui Salinas) el Tribunal Constitucional ha señalado respecto a la flagrancia:
«3.3.3. El Tribunal Constitucional ha establecido, en reiterada jurisprudencia, que la flagrancia en la comisión de un delito presenta la presencia de dos requisitos insustituibles: a) la inmediatez temporal, es decir, que el delito se esté cometiendo o se haya cometido instantes antes; y, b) la inmediatez personal, es decir, que el presunto delincuente se encuentre en el lugar de los hechos en el momento de la comisión del delito y esté relacionado con el objeto o los instrumentos del delito, ofreciendo una prueba evidente de su participación en el hecho delictivo.»
20. En ese sentido, señale cuándo se configuraría un supuesto de flagrancia, según el TC:
a. Cuando exista un conocimiento fundado, directo e inmediato del hecho punible que se viene realizando o se acaba de realizar instantes antes.
b. Cuando los efectivos policiales o el ciudadano particular detienen a una persona por considerar que ha cometido un evento delictivo instantes antes.
c. Cuando la víctima sindica de manera vehemente a un determinado sujeto como aquel que desplegó un evento delictuoso en su contra.
d. Cuando el agente es detenido con los efectos del evento delictivo así no exista sindicación de la víctima o que no se haya presenciado tal evento delictuoso.
21. En este caso, desde la perspectiva del TC, qué justifica la detención de una determinada persona:
a. Garantizar no solo la cautela de los bienes jurídicos de una determinada persona que han sido puestos en peligro, sino también la paz social.
b. La efectividad de la sanción al agente que ha cometido un latrocinio en contra de un tercero.
c. La situación particular de la urgencia que, concurriendo los requisitos de inmediatez temporal e inmediatez personal de la flagrancia delictiva, comporta su necesaria intervención policial.
d. Resarcir el daño causado que en la práctica se materializa con la cuantificación del daño emergente y el lucro cesante.
Manuel ha sido internado en un establecimiento penal de máxima seguridad por estar sujeto a una investigación por delito de homicidio calificado y haberse emitido en su contra auto de prisión preventiva por 18 meses. Manuel apeló el auto que decidió su internamiento argumentando que los presupuestos de la medida de coerción personal no concurrían; no obstante, la Sala Penal Superior declaró infunda su apelación y confirmó la prisión preventiva. En este estadio del proceso, Manuel y su defensa se preguntan si aún tienen a la mano un recurso mediante el cual recurrir o impugnar
22. En materia de impugnación y conforme al CPP 2004, diga Ud. ¿Manuel aún tiene posibilidad de impugnar el auto adverso que confirma su prisión preventiva?
a. No, porque las causales de interposición del recurso de casación no contemplan en su elenco los autos de segunda instancia que se pronuncian sobre la apelación de medidas de coerción personales.
b. Sí, porque la casación es un recurso que concreta el derecho del imputado a la pluralidad de instancias.
c. Sí, aunque la causal de interposición del recurso de casación contra un auto que confirma una medida de coerción personal, como la prisión preventiva, no está prevista, es posible recurrir en casación contra este auto de segunda instancia en base a la consideración de que excepcionalmente procede el recurso de casación cuando la Sala Penal, discrecionalmente, lo considere necesario para el desarrollo de la doctrina jurisprudencial.
d. Sí, aunque la causal de interposición del recurso de casación contra un auto que confirma una medida de coerción personal, como la prisión preventiva, no está prevista es posible recurrir en casación contra este auto de segunda instancia sobre la base del criterio que excepcionalmente procede el recurso de casación cuando la Sala Penal Suprema, discrecionalmente, lo considere necesario para el desarrollo de la doctrina jurisprudencial, razón por la cual se exonera el trámite de admisibilidad del recurso a cargo de la Sala Penal Superior y se limita ésta al pronunciamiento de la Sala Suprema que calificará el recurso como bien concedido.
En un proceso de desalojo por ocupación precaria, el juez civil declara improcedente el recurso de apelación de sentencia por extemporáneo interpuesto por el demandado. El demandado presenta recurso de queja contra la resolución que declara improcedente el recurso de apelación. El juez superior ponente propone a los integrantes de la Sala Especializada en lo Civil: a) declarar infundado el recurso de queja porque el recurso de apelación de sentencia fue interpuesto fuera del plazo ley; y, b) multar con 3URP al quejoso considerando que el sólo hecho de que la queja sea declarada infundada acarrea inexorablemente la imposición de una multa al litigante. Para tal efecto, se sustenta en el último párrafo del artículo 404 del Código Procesal Civil.
23. Respecto a la multa, si usted es integrante del Colegiado, suscribiría la ponencia de multar al quejoso con el argumento explicitado en el caso propuesto:
a. Sí la suscribe porque una aplicación literal del artículo 404° del Código Procesal Civil resulta constitucional al no contravenir abiertamente el derecho fundamental a debida motivación de las resoluciones judiciales, por cuanto el legislador democrático, excepcionalmente, exime de justificar sanciones que son consecuencias lógicas del cumplimiento de los supuestos de hecho exigidos en ciertas reglas procesales.
b. No la suscribe porque una aplicación mecánica de lo literalmente establecido en el artículo 404 del Código Procesal Civil resulta inconstitucional; pues, aceptar que el sólo hecho de que la queja sea declarada infundada acarrea inexorablemente la imposición de una multa al litigante contraviene abiertamente el derecho fundamental a debida motivación de las resoluciones judiciales: La aplicación de una sanción, como cualquier otra, exige que las razones que justifican su imposición se encuentren sustentadas en forma diáfana, a fin de explicitar el fundamento jurídico y fáctico del porque de la decisión.
c. Sí la suscribe porque el legislador democrático al regular el artículo 404° del Código Procesal Civil protege el principio de legalidad.
d. No la suscribe porque el Juez debe verificar en qué casos es necesario aplicar la sanción como consecuencia jurídica del supuesto de hecho o en qué casos es necesario explicitar razones que la justifiquen.
24. En los procesos de familia, como en los de alimentos, divorcio, filiación, violencia familiar, entre otros, el Tercer Pleno Casatorio Civil del Perú ha constituido como precedente judicial vinculante que:
a. El Juez tiene facultades tuitivas y debe flexibilizar los principios de congruencia procesal y formalidad a fin de proteger a la parte perjudicada, ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Constitución Política que reconoce la protección especial a: el niño, la madre, el anciano, la familia y el matrimonio.
b. El Juez tiene facultades tuitivas porque es necesario para resolver los conflictos derivados de las relaciones familiares y personales, ofreciendo protección a la parte perjudicada, ello de conformidad con el artículo 43° de la Constitución Política del Perú que reconoce el principio democrático.
c. El Juez no tiene facultades tuitivas y, en consecuencia, no debe flexibilizar principios y normas procesales, ello de conformidad con el principio de igualdad ante la ley.
d. El Juez tiene facultades tuitivas y, en consecuencia, debe flexibilizar algunos principios y normas procesales como los de iniciativa de parte, congruencia, formalidad, eventualidad, preclusión, acumulación de pretensiones, en atención a la naturaleza de los conflictos que debe solucionar, derivados de las relaciones familiares y personales, ofreciendo protección a la parte perjudicada, ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4 y 43 de la Constitución Política del Estado que reconoce, respectivamente, la protección especial a: el niño, la madre, el anciano, la familia y el matrimonio, así como la fórmula política del Estado democrático y social de Derecho.
Carmelo es un trabajador estatal que labora durante más de 20 años. Actualmente, tiene 50 años. Él y su esposa no tuvieron hijos. Ambos viven del sueldo de Carmelo. Sin embargo, la Municipalidad le inició procedimiento de ejecución coactiva por deudas de sus tributos y que le habrían sido notificados. Ante ello, Carmelo decide interponer tercería de propiedad y medida cautelar a fin de preservar su propiedad. Sin embargo, el Juez de Primera Instancia deniega el concesorio de la medida cautelar. Frente a ello, desesperado Carmelo presenta apelación.
25. Conforme al Pleno Jurisdiccional Civil y Procesal Civil 2016: ¿qué debe resolver la sala superior si considera que sí reúne los requisitos para concederla?
a. Quien debe disponer la medida cautelar es el juez de primera instancia para asegurar la pluralidad de instancias.
b. La instancia superior debe revocar dicha decisión y conceder la medida cautelar atendiendo al derecho a una tutela jurisdiccional efectiva y urgente, luego lo devolverá al Juzgado para su ejecución.
c. El juez superior puede disponer y ejecutar la medida cautelar.
d. El juez superior y el juez de primera instancia pueden, indistintamente, conceder y ejecutar la medida cautelar cuando sea.
Yuli presentó contra Carlos la demanda de obligación de dar suma de dinero, por un mutuo celebrado por el que le prestó la suma de S/. 78.000 soles, recurriendo para ello a la vía abreviada por el monto de la suma adeudada. Esta demanda requiere de conciliación extra judicial, pero Yuli no estuvo bien asesorada y presentó la demanda sin haber invitado a Carlos a conciliar en un centro de conciliación autorizado.
26. Si le correspondiera calificar la demanda presentada, cuál sería la respuesta que debería recibir esta demanda:
a. La demanda debería ser declarada inadmisible para que el demandante cumpla con acompañar el acta de conciliación.
b. La demanda debería ser declarada improcedente por falta de interés para obrar, siempre que el juez haya agotado previamente la inadmisibilidad para que el demandante presente el acta de conciliación.
c. La demanda debe ser declarada liminarmente improcedente por falta de legitimidad para obrar.
d. La demanda debe ser declarada liminarmente improcedente por falta de interés para obrar, sin pasar previamente por la inadmisiblidad.
27. ¿Cuál sería el tratamiento que se le daría al pedido de Yuli, si no hubiera presentado la demanda, pero en su lugar postula más bien una medida cautelar fuera del proceso, para garantizar el resultado de la decisión final?
a. En este caso sí sería exigible la presentación del acta de conciliación.
b. El acta de conciliación no sería necesaria en este caso, ya que se trata de una medida cautelar fuera del proceso, lo que generaría que una vez que se obtenga la medida cautelar se abre la posibilidad de iniciar el procedimiento conciliatorio.
c. El acta de conciliación no sería necesaria en ningún caso en el que se postulan las medidas cautelares.
d. Toda medida cautelar fuera del proceso requiere de acta de conciliación, por lo que la petición cautelar debe ser rechazada.
Marque la opción correcta:
28. La expresión “interpretación auténtica” debe entenderse:
a. En el sentido de interpretación no inconsistente con normas superiores a aquellas que se interpreta
b. En el sentido de interpretación que emana del mismo órgano que ha establecido la norma objeto de interpretación
c. En el sentido de interpretación aprobada por la Real Academia de la lengua española
d. En el sentido de interpretación no arbitraria
29. Marque con la opción correcta:
El formalismo jurídico…
a. Tiene una de sus expresiones más importantes en el positivismo jurídico decimonónico
b. Defiende la labor judicial como una actividad lógico-racional en la que no tienen cabida las valoraciones personales del juez
c. Ha sido criticado por diferentes movimientos que podrían agruparse en lo que se denomina “la revuelta contra el formalismo.
d. Todas las respuestas anteriores son correctas
30. El principio del derecho laboral según el cual se debe procurar la interpretación más favorable al trabajador entre varios sentidos en una misma norma, se denomina:
a. Principio de norma más favorable
b. Principio in dubio pro operario
c. Principio de condición más beneficiosa
d. Principio de supremacía de la realidad
31. El principio que se enuncia a continuación: “Cuando hay dos o más normas en vigor y se discuta cuál aplicar, se debe elegir la que sea más favorable al trabajador”, se denomina:
a. Condición más beneficiosa
b. Irrenunciabilidad
c. Continuidad
d. Ninguna de las anteriores
32. El sujeto activo en la comisión del delito de feminicidio regulado en el artículo 108-B del Código Penal es:
a. Cualquier persona
b. Cualquier persona en quien se acredite un ánimo misógino.
c. Cualquier persona que se considere del género masculino.
d. Cualquier persona adulta de sexo masculino.
33. Para acreditar el dolo en el delito de feminicidio, resulta necesario:
a. Realizar una pericia psicológica al agresor
b. Analizar los antecedentes policiales, judiciales y penales
c. Analizar los indicios objetivos del hecho criminal
d. Acreditar la ferocidad de la muerte
34. No es una circunstancia agravante específica del delito de feminicidio.
a. Edad de la mujer
b. Relación conyugal o de convivencia
c. Violación sexual previa
d. Presencia de los hijos
35. No es una condición esencial para la expedición de “medidas provisionales” por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
a. Cuando se trate de un caso de extrema gravedad
b. Cuando se trate de un caso de extrema urgencia
c. Cuando se trate de un caso de extrema complejidad
d. Cuando sea necesario para evitar daños irreparables a las personas
36. Las “opiniones consultivas” son decisiones que adopta la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el marco de sus funciones y competencias. Al respecto, es incorrecto:
a. Forman parte de la función consultiva de la Corte.
b. El alcance de las opiniones consultivas solo puede ser sobre i) la compatibilidad de las normas internas con la Convención; y ii) la interpretación de la Convención o de otros tratados concernientes a la protección de los derechos humanos en los Estados Americanos.
c. Su cumplimento e implementación son facultativos por los Estado parte.
d. Las puede formular sólo los Estados miembros de la OEA o los órganos del sistema Interamericano de Derechos Humanos.
37. Marque la alternativa correcta:
a. El debido proceso supone tanto el derecho de acceso a los órganos de justicia como la eficacia de lo decidido en la sentencia.
b. El interés para obrar supone tanto el derecho de acceso a los órganos de justicia como la eficacia de lo decidido en la sentencia.
c. La tutela judicial efectiva supone tanto el derecho de acceso a los órganos de justicia como la eficacia de lo decidido en la sentencia.
d. La legitimidad para obrar supone tanto el derecho de acceso a los órganos de justicia como la eficacia de lo decidido en la sentencia.
38. Cuál es el objeto de estudio de las teorías de la argumentación jurídica:
a. La capacidad intelectual de los jueces
b. El razonamiento jurídico
c. El carácter lógico de las leyes
d. La estructura ética – jurídica de las decisiones
39. El deber de argumentar encuentra su razón de ser en:
a. Los fundamentos constitucionales del Estado de Derecho
b. En el “principio constitucional de la interdicción de la arbitrariedad” en el ejercicio de los poderes públicos;
c. En el “principio constitucional de legalidad” en el ejercicio de los poderes públicos;
d. Un imperativo moral
40. Sobre la nulidad de oficio de los actos administrativos, es correcto afirmar:
a. Si se tratara de una autoridad que no está sometida a subordinación es declarada por la misma autoridad que lo dictó.
b. No puede ser declarada cuando el acto haya quedado firme.
c. El acto administrativo que contraviene el ordenamiento jurídico es nulo de pleno derecho, por lo que dicha nulidad no requiere ser declarada.
d. La facultad de declararla es imprescriptible y solo procede ante el Poder Judicial.
[Continúa…]