Poder Judicial deja sin efecto directiva sobre uso de equipos de videoconferencias en audiencias [RA 000047-2026-CE-PJ]

Publicado en el diario oficial El Peruano el 6 de marzo de 2026

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dejó sin efecto la Directiva 005-2015-CE-PJ, que regulaba el uso de equipos de videoconferencia en salas de audiencias de las cortes superiores y en ambientes ubicados en establecimientos penitenciarios.

La decisión, adoptada mediante la Resolución Administrativa 000047-2026-CE-PJ, responde a la necesidad de actualizar la normativa interna y adecuarla a las herramientas tecnológicas que actualmente utiliza la institución.

Según los informes técnicos, la directiva quedó desfasada, ya que la mayoría de audiencias virtuales se realizan hoy mediante plataformas de videollamadas como Google Meet, lo que vuelve innecesarios los procedimientos previstos en la norma de 2015.


Dejan sin efecto la Directiva N° 005-2015-CE-PJ denominada “Procedimiento para el Uso de Equipos de Videoconferencias por Personal de los Órganos Jurisdiccionales y Administrativos del Poder Judicial en las Salas de Audiencias de las Cortes Superiores y Salas de Audiencias pertenecientes al Poder Judicial ubicadas en los establecimientos penales”

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000047-2026-CE-PJ

Lima, 5 de marzo del 2026

VISTOS:

El Oficio N° 000151-2026-GG-PJ, cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, por el cual remite el Memorando N° 000007-2026-SSTI-GTI-GG-PJ a través del cual la Subgerencia de Tecnologías de Información precisa a la Gerencia de Tecnologías de Información los documentos normativos que corresponde dejar sin efecto, el Memorando N° 057-2026-GTI-GG-PJ con el cual la Gerencia de Tecnologías de Información remite a la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto la información alcanzada por la referida subgerencia, y el Informe N° 026-2026-SM-GMPP-GG-PJ con el cual la Subgerencia de Modernización recomienda la remisión de los actuados a la Gerencia de Asesoría Jurídica para que proceda conforme a sus atribuciones.

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CONSIDERANDO:

Primero. Que, a través de la Resolución Administrativa N° 233-2015-CE-PJ de fecha 15 de julio de 2015, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la Directiva N° 005-2015-CE-PJ denominada “Procedimiento para el uso de equipos de videoconferencias por personal de los órganos jurisdiccionales y administrativos del poder judicial en las salas de audiencias de las cortes superiores y salas de audiencias pertenecientes al poder judicial ubicadas en los establecimientos penales”.

Segundo. Que, mediante la Resolución Administrativa N° 000463-2025-CE-PJ de fecha 23 de diciembre de 2025, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la Directiva N° 012-2025-CE-PJ denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos del Poder Judicial” – código GMPP/DIR-002-Versión 004, la misma que en su disposición transitoria 9.1 señala:

9.1 Los documentos normativos vigentes que, hayan sido elaborados con anterioridad a la Directiva “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos” (versión 001), se deben actualizar en forma progresiva a la presente versión de la directiva, hasta el 15 de junio de 2026, como plazo máximo, correspondiendo a los responsables de cada unidad de organización y funcional la actualización de los mismos, bajo responsabilidad funcional en caso de incumplimiento”

Tercero. Que, a efecto de identificar los documentos normativos que corresponde actualizar, la subgerencia de Soporte de Tecnologías de Información procedió a la revisión de la base de datos histórica que administra la subgerencia de Modernización, determinando en el Memorando N° 007-2026-SSTI-GTI-GG-PJ que corresponde dejar sin efecto la Directiva N° 005-2015-CE-PJ denominada “procedimiento para el uso de equipos de videoconferencias por personal de los órganos jurisdiccionales y administrativos del poder judicial en las salas de audiencias de las cortes superiores y salas de audiencias pertenecientes al poder judicial ubicadas en los establecimientos penales”, aprobada por Resolución Administrativa N° 233-2015-CE-PJ; debido a que a la fecha no se requiere la creación de salas multipunto en la Plataforma de videoconferencia, pues la Entidad en su mayoría realiza audiencias a través de google meet, software licenciado de videollamada.

Cuarto. Que, mediante el Informe N° 026-2026-SM-GMPP-GG-PJ la subgerencia de Modernización comunica a la gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto:

(…) lo indicado por la Subgerencia de Soporte de Tecnologías de la Información, es corroborado por la propia Gerencia de Tecnologías de Información, que nos remite el Memorando N° 057-2026-GTI-GG-PJ (13.ENE.2026); como correlato de ello, corresponde en este estadío solicitar a la Gerencia de Asesoría Jurídica proyectar el acto administrativo correspondiente para dejar sin efecto la normatividad indicada en el presente informe (…)

Quinto. Que, a través del Memorando N° 134-2026-GMPP-GG-PJ del 2 de febrero de 2026, la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto remite los actuados a la Gerencia de Asesoría Jurídica, la que con el Informe N° 000113-2026-GAJ-GG-PJ emite opinión legal favorable respecto a la viabilidad de la emisión del acto administrativo que deje sin efecto la Directiva N° 005-2015-CE-PJ denominada “Procedimiento para el uso de equipos de videoconferencias por personal de los órganos jurisdiccionales y administrativos del poder judicial en las salas de audiencias de las cortes superiores y salas de audiencias pertenecientes al poder judicial ubicadas en los establecimientos penales”.

Sexto. Que el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia; y contando con los vistos de la Gerencia de Tecnologías de Información, Subgerencia de Soporte de Tecnologías de Información, Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto, Subgerencia de Modernización y la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Gerencia General del Poder Judicial.

En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 191-2026 de la décima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 4 de marzo de 2026, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

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SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Directiva N° 005-2015-CE-PJ denominada “Procedimiento para el Uso de Equipos de Videoconferencias por Personal de los Órganos Jurisdiccionales y Administrativos del Poder Judicial en las Salas de Audiencias de las Cortes Superiores y Salas de Audiencias pertenecientes al Poder Judicial ubicadas en los establecimientos penales”, aprobada por Resolución Administrativa N° 233-2015-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Artículo Segundo.- Publicar la presente resolución en el Portal Institucional del Poder Judicial (www.pj.gob.pe), para su difusión y cumplimiento.

Artículo Tercero.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, Cortes Superiores de Justicia del país, Órgano de Control Institucional, Procuraduría Pública del Poder Judicial y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JANET TELLO GILARDI
Presidenta

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