Mediante la Resolución Administrativa 000071-2022-CE-PJ, el PJ aprueba protocolo para otorgar medidas de protección y cautelares a mujeres víctimas de violencia.
Aprueban el Protocolo denominado “Otorgamiento de medidas de protección y cautelares en el marco de la Ley N° 30364” (Versión 01)
CONSEJO EJECUTIVO
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000071-2022-CE-PJ
Lima, 7 de marzo del 2022
VISTO:
El Oficio Nº 000074-2022-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, que contiene el Informe Nº 000028-2022-OAL-GG-PJ de la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General; el Memorando Nº 000045-2022-GP-GG-PJ de la Gerencia de Planificación; y el Informe Nº 09-2022-SR-GP-GG-PJ de la Subgerencia de Racionalización, con relación al proyecto de Protocolo denominado “Otorgamiento de medidas de protección y cautelares en el marco de la Ley Nº 30364”.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, éste Órgano de Gobierno a través de la Resolución Administrativa Nº 370-2020-CE-PJ, aprobó la Directiva Nº 019-2020-CE-PJ denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”, que regula el proceso para la formulación, revisión, aprobación y difusión estandarizada de documentos normativos en el Poder Judicial.
Segundo. Que, el numeral 6.1 de la referida directiva establece que son documentos normativos todos aquellos destinados a organizar y ejecutar actos de administración interna en el Poder Judicial; en este contexto, el Protocolo es un instrumento de carácter interno que contiene la descripción documentada de la forma específica de ejecución de un proceso, detallando la secuencia de los pasos a seguir en forma lógica y concatenada, incluyendo al responsable y los recursos necesarios para su ejecución.
Tercero. Que, el Informe Nº 01-2021-MJTH-CJG-PJ, remitido a través del Oficio Nº 426-2021-P-CJG-PJ por la Presidencia de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, además de sustentar la propuesta, señala que con la aprobación del proyecto se da cumplimiento al Anexo del Decreto Supremo Nº 10-2021-MIMP, que aprobó la Agenda de Trabajo 2021 para la implementación del “Programa Presupuestal orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer”, el cual dispuso que el Poder Judicial desarrolle un documento técnico normativo que establezca criterios para determinar medidas de protección idóneas, para las víctimas de violencia en el marco de la Ley Nº 30364 y modificatorias, que consideren el riesgo específico, las condiciones de la víctima, y el tipo y gravedad de la violencia ejercida.
Cuarto. Que, la Subgerencia de Racionalización mediante Informe Nº 09- 2022-SR-GP-GG-PJ refiere que se cumple con la estructura de sustentación para la presentación del proyecto normativo de acuerdo a la Directiva Nº 019-2020-CE-PJ; por lo que otorgó su opinión técnica favorable, al igual que la Gerencia de Planificación; asimismo, se cuenta con la opinión legal favorable de la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial, emitida a través del Informe Nº 000028-2022- OAL-GG-PJ.
Quinto. Que, el Protocolo tiene como objetivo establecer los criterios de análisis que orienten el razonamiento judicial para el otorgamiento de las medidas de protección y cautelares, basados en la evaluación de los factores de riesgo y de protección de la víctima; así como, las acciones a desarrollar para la notificación y supervisión de aquellas, cuyo alcance son de cumplimiento obligatorio por los órganos jurisdiccionales a nivel nacional, con competencia para otorgar medidas de protección y cautelares, en el marco de la Ley N° 30364 – Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar.
Sexto. Que, la Gerencia General del Poder Judicial mediante Oficio N° 2022-GG-PJ remite a este Órgano de Gobierno el citado proyecto para su aprobación, el mismo que cuenta con los vistos de la Gerencia de Planificación, Subgerencia de Racionalización y la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial.
Sétimo. Que, el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia; y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación de la propuesta presentada.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 167-2022 de la sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 16 de febrero de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Lama More por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Protocolo denominado “Otorgamiento de medidas de protección y cautelares en el marco de la Ley Nº 30364” (Versión 01); que en anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier otra disposición que se oponga a la presente resolución.
Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial para su difusión y cumplimiento.
Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidentes y Presidentas de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Órgano de Control Institucional de la entidad, Procuraduría Pública del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
ELVIA BARRIOS ALVARADO
Presidenta
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