PJ: No se podrá cumplir cautelar de jueza porque la JNJ ya canceló su título al haber cumplido 70 años [Exp. 02539-2026-12]

PJ: No se podrá cumplir cautelar de jueza porque la JNJ ya canceló su título al haber cumplido 70 años.


PODER JUDICIAL DEL PERÚ
PROCURADURIA PÚBLICA DEL PODER JUDICIAL
AREA DE PROCESOS CONSTITUCIONALES

Expediente: 02539-2026-12-1801-JR-DC-03
Especialista: LOPEZ TORRES
Proceso: Proceso de Amparo CRJ
SUMILLA: PONE A CONOCIMIENTO

SEÑOR JUEZ DEL TERCER JUZGADO CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA – SEDE ALZAMORA VALDEZ

JHONNY HERNÁN TUPAYACHI SOTOMAYOR, identificado con D.N.I. N.º XXXX, Procurador Público Adjunto a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, designado mediante Resolución Suprema N.º 160-2019-JUS, publicada en el diario oficial «El Peruano» el 18 de julio de 2019; en el proceso de Amparo seguido por Mariem Vicky De la Rosa Bedriñana contra el PODER JUDICIAL; me presento ante usted y expongo lo siguiente:

I. PONE A CONOCIMIENTO

La Junta Nacional de Justicia, mediante Resolución N.° 164-2026-JNJ de fecha 02 de marzo de 2026, ha cancelado el título otorgado a la accionante como juez supremo de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la causal de cese por límite de edad. Siendo ello así, mi representada a la fecha no podría cumplir con lo ordenado en la medida cautelar innovativa concedida, lo que se informa para los fines pertinentes (se adjunta resolución).

POR LO EXPUESTO:
Señor juez, solicito se sirva proveer nuestro escrito conforme


Junta Nacional de Justicia

Resolución N.° 164-2026-JNJ

Lima, 02 de marzo de 2026

VISTOS:

El Informe N.° 000155-2026-ARIF/JNJ del Área de Registro de Información Funcional, y el acuerdo adoptado por el Pleno de la Junta Nacional de Justicia en la sesión de fecha 18 de febrero de 2026; y,

CONSIDERANDO:

1. Por mandato constitucional, el único organismo competente para extender a los jueces, y fiscales el título oficial que los acredita como tales es la Junta Nacional de Justicia (JNJ), conforme a lo previsto en el artículo 154, inciso 5, de la Constitución Política del Perú. Asimismo, también es el único facultado para cancelar dicho título, en atención a lo dispuesto en el artículo 2, inciso h), de la Ley N.° 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia.

2. Mediante Resolución N.° 558-2017-CNM, del 20 de diciembre de 2017, se nombró a la señora Mariem Vicky De La Rosa Bedriñana como juez supremo de la Corte Suprema de Justicia de la República y se le expidió el título correspondiente.

3. La Secretaría General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Oficio N.° 000480-2026-SG-CE-PJ, remitió copia certificada de la Resolución N.° 00016-2026-P-CE-PJ del 6 de febrero de 2026, por la que se dispuso cesar por límite de edad a la señora Mariem Vicky De La Rosa Bedriñana en el cargo de jueza titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, a partir del 11 de febrero de 2026.

4. En atención a lo expuesto, el Pleno de la Junta Nacional de Justicia, en sesión de 18 de febrero de 2026, acordó cancelar el título a Mariem Vicky De La Rosa Bedriñana como juez supremo de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la causal de cese por límite de edad.

5. Asimismo, se acordó comunicar a la Dirección de Selección y Nombramiento la cancelación de título de la referida jueza, a fin de que tome conocimiento de la plaza que está quedando vacante producto del cese por límite de edad.

De conformidad con las facultades conferidas por el artículo 154, inciso 5, de la Constitución Política del Perú; artículos 2, inciso h), y 24, incisos b) y e), de la Ley N.° 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia; y artículo 10 del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces, Juezas y Fiscales de la Junta Nacional de Justicia, aprobado por Resolución N.° 034-2020-JNJ del 4 de marzo de 2020; y estando al acuerdo de fecha 18 de febrero de 2026, adoptado por unanimidad por los señores miembros de la Junta Nacional de Justicia, sin la asistencia de los señores

miembros Gino Augusto Tomás Ríos Patio y Francisco Artemio Távara Córdova, por encontrarse ambos con licencia médica,

SE RESUELVE:

Artículo primero. Cancelar el título otorgado a favor de MARIEM VICKY DE LA ROSA BEDRIÑANA como juez supremo de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la causal de cese por límite de edad.

Artículo segundo. Comunicar a la Dirección de Selección y Nombramiento la cancelación del título de la referida jueza, a fin de que tome conocimiento de la plaza que está quedando vacante por la causal de cese por límite de edad.

Artículo tercero. Disponer la notificación de la presente resolución a la señora presidenta del Poder Judicial para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese

Dra. María Teresa Cabrera Vega
Presidenta
Junta Nacional de Justicia

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