La Segunda Sala Penal Permanente de Apelaciones, en adición Liquidadora de Maynas, declaró nula la Resolución N.° 02 del 16 de septiembre de 2025, emitida por el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria, que había declarado fundado en parte el requerimiento de prisión preventiva formulado por el Ministerio Público contra el menor S.J.R.B. (16).
El adolescente es investigado como presunto autor del delito contra la libertad sexual – violación sexual de persona en estado de inconsciencia o imposibilidad de resistir, en agravio de la menor V.A.D.D. (16).
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En consecuencia, la Sala dispuso la inmediata excarcelación del investigado y ordenó cursar los oficios correspondientes al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) para su cumplimiento.
Asimismo, se resolvió que los actuados sean remitidos al Juzgado de Familia de Turno de la sede judicial, a fin de continuar con la tramitación conforme al Código de Responsabilidad Penal del Adolescente.
La decisión revoca lo resuelto por el magistrado Jairo Neyser Salazar Angulo, juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, quien había dictado cuatro meses de prisión preventiva contra el menor investigado.
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Dicha medida fue solicitada por el fiscal adjunto provincial Luis Eloy Soberón Minchán, de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada de Iquitos en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, durante una audiencia en la que participaron las partes procesales y sus respectivos abogados.
En esa ocasión, el juzgado también dispuso poner en conocimiento del Área de Control Interno del Ministerio Público (ANC) una presunta negligencia en la actuación fiscal, tras advertirse la presencia de otro menor identificado por la denunciante al llegar al domicilio.
Con información de la Corte Superior de Justicia de Loreto.
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