Pedro Chávarry: lea la sentencia que lo condenó a cuatro años de prisión suspendida [Exp. 04615-2019]

Compartimos la sentencia que condenó este martes al ex fiscal de la Nación Pedro Chávarry a 4 años de pena privativa de la libertad suspendida, inhabilitación por 4 años y al pago de S/ 100 000 como reparación civil, por el delito de encubrimiento real.


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
JUZGADO SUPREMO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA
Sentencia-Acusado: Pedro Chavary Vallejos
(Caso: Remoción de los fiscales del EE Lavajato)

EXP. 04615-2019-0-5001-SU-PE-01-A.V. 01-2019

SENTENCIA
RESOLUCIÓN s/n

Lima, tres de setiembre de dos mil veintiuno.

VISTA:

La instrucción seguida contra PEDRO GONZALO CHAVARRY VALLEJOS, por el delito contra la administración de justicia-encubrimiento real-, en agravio del Estado.

PARTE PRIMERA

I. Individualización del procesado:

1. PEDRO GONZALO CHAVARRY VALLEJOS

Sus generales de ley del acusado son como sigue: DNI N. 07582839, natural de La Victoria, Provincia y Departamento de Lima, nacido el 29 de junio de 1951, con 70 años de edad, estado civil casado, tiene cuatro hijos, con grado de instrucción superior completa, ocupación abogado, no registra antecedentes penales com domicilio en Calle Los Escribanos N. 303, Urbanización Los Molinos MI «A», Lote 05. Distrito de La Molina, Provincia y Departamento de Lima, sus padres: Daniel y Jesús

II. Antecedente procesal – Denuncia Constitucional (ámbito parlamentario):

– Disposición N. 94, de 21 de diciembre de 2018. a foja 2374 susora por el Fiscal José Domingo PEREZ GOMEZ integrante del Faubo Especial de la Fiscalia Supraprovincial Corporativo Especializado en Delitos de Corrupción de funcionarios mediante la cual dispone poner en conocimiento de la Fiscalía de la Nación la noticia criminal sobre presunta comisión del delito contra la administración de justicia, en las modalidades de Encubrimiento Personal y Encubrimiento Real, por parte de Pedro Gonzalo Chavarry Vallejos.

– Resolución Nº 4853-2018-MP-FN, de 31 de diciembre 2018, a fojas 2321. mediante la cual Pedro Gonzalo Chavarry Vallejos (Fiscal de la Nación), dispone la remoción de los Fiscales Rafael Ernesto Vela Barba y José Domingo Pérez Gómez integrantes del Equipo Especial quienes se avocan a dedicación exclusiva a conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT.

– Denuncia Constitucional N. 288, de 08 de enero 2019, de fojas 2366. interpuesta por el Grupo Parlamentario Bancada Liberal, a través de su vocero Gino Costa Santolalla, contra el ex Fiscal de la Nación Pedro Gonzalo Chávary Vallejos por la presunta comisión del delito de encubrimiento personal y real.

El ex Congresista de la República, Juan Sheput Moore, quien por encargo de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, a fojas 05/92. presentó el informe Final de Denuncias Constitucionales N.° 243, 248, 270, 285 y 288 (acumuladas) de 17 de mayo de 2019, contra Pedro Gonzalo CHÁVARRY VALLEJOS. Ex Fiscal de la Nación y Tomás Aladino GALVEZ VILLEGAS Fiscal Supremo, en el cual sobre la comisión de los delitos señala:

Se recomienda acusar al doctor Pedro Gonzalo Chavarry Vallejos por los delitos de organización criminal y encubrimiento real, previstos en los artículos 317 y 405 del Código Penal, respectivamente. Y en consecuencia suspender el ejercicio de sus funciones y ponerlo a disposición de la jurisdicción penal ordinaria para los fines pertinentes.

– Acta de sesión de 28 de mayo de 2019, de la Comisión Permanente del Congreso de la República, de fojas 107, en la cual, el congresista Segura Izquierdo (Presidente de la comisión), sustentó el informe final sobre las denuncias constitucionales 243, 248, 270, 285 y 288 (acumuladas) contra el ex Fiscal de la Nación Pedro Gonzalo Chavarry Vallejos y el Fiscal Supremo Tomás Aladino Gálvez Villegas, en dicha sesión:

Fue aprobada la acusación constitucional para acusar el ex Fiscal de la Nación Pedro Gonzalo Chavary Vallejos por el delito de encubrimiento real, previsto en el artículo 405 del Código Penal, por 12 votos a favor 9 en contra y 4 abstenciones.

– Acta de sesión del pleno del Congreso de la República, de 24 de julio de 2019, fojas 108, en la cual fue aprobada la Resolución Legislativa del Congreso en la que se declara haber lugar a la formación de causa contra el Fiscal Supremo Pedro Gonzalo Chavarry Vallejos por la presunta comisión del delito de encubrimiento real, previsto en el artículo 405 del Código Penal, por 75 votos a favor ningún voto en contra y 04 abstenciones, incluidos los votos orales.

– Resolución Legislativa del Congreso N° 030-2018-2019-CR, de 25 de julio de 2019, a fojas 02, mediante la cual se resuelve: «Declarar HABER LUGAR a la formalización de causa contra el fiscal supremo Pedro Gonzalo CHÁVARRY VALLEJOS por la presunta comisión del delito de encubrimiento real».

– Oficio N° 033-2019-2020-ADP/PCR, de 31 de julio de 2018, de fojas 01/2433 mediante el cual el Congresista Pedro C. Olaechea Álvarez Calderón – Presidente del Congreso de la Repúblico remite a la Fiscal de la Nación la Resolución Legislativa del Congreso N° 030-2018-2019-CR, que aprobó declarar HABER LUGAR a la formación de causa contra el Fiscal Supremo Pedro Gonzalo CHÁVARRY VALLEJOS; asimismo, remite adjunto copia del expediente de la acusación constitucional originada en las denuncias constitucionales Nos 243, 248, 270, 285 y 288.

III. Antecedente procesal (ámbito fiscal y judicial):

– Cargo de Ingreso N.° 0001-2019, de fojos 2434, generando el Número de Expediente N.° 04615-2019-0-5001-SU-PE-01, que se crea en el ámbito judicial a partir que la Fiscal de la Nación Zoraida ÁVALOS RIVERA remite a este despacho supremo la Resolución Legislativa N° 030-2018-2019-CR. que aprobó declarar HABER LUGAR a la formación de causa contra el Fiscal Supremo Pedro Gonzalo CHÁVARRY VALLEJOS: asimismo, remite adjunto la formalización de denuncia penal por el delito de encubrimiento real y la carpeta en tomos I-XIII.

– Oficio N. 213-2019-MP-FN-EIYDC, de 13 de agosto de 2019, de fajas 2436. mediante el cual la señora Fiscal de la Nación FORMALIZA DENUNCIA PENAL contra:

Pedro Gonzalo CHAVARRY VALLEJOS como autor de la presunta comisión del delito contra la administración de justicia —Encubrimiento Real— en agravio del Estado, previsto y penado en el artículo 405, del Código Penal.

– Requerimiento, de 14 de agosto de 2019, de fojas 2442. mediante el cual la Fiscal de la Nación solicita a esta judicatura suprema tenga a bien fijar fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN DE CARGOS, tras haber formalizado la denuncia penal contra el procesado Chavarry Vallejos.

[Continúa…]

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[Nota previa 7.9.2021] El juez supremo de investigación preparatoria del Poder Judicial, Hugo Núñez Julca, condenó este martes al exfiscal de la Nación, Pedro Chávarry, a cuatro años de pena privativa de la libertad suspendida, inhabilitación por cuatro años y al pago de S/ 100 000 como reparación civil, por el delito de encubrimiento real.

La fiscal suprema Bersabeth Revilla había solicitado tres años de cárcel, inhabilitación para ejercer cargo público por el mismo periodo y S/ 30 000 de reparación civil por haber desplegado actos que tenían como fin:

(…) dificultar el acopio de medios probatorios en las investigaciones a cargo del equipo especial en el caso Odebrecht, con la finalidad de sustraer de las investigaciones fiscales en curso, a miembros del partido político Fuerza Popular.

Un primer hecho es haber ordenado al Equipo Especial, mediante el Oficio 6553-2018-MP-FN-SEGFIN, del 17 de diciembre de 2018, que se le remita información sobre la suscripción del acuerdo de colaboración eficaz con la empresa Odebrecht, pese a que legalmente el proceso de colaboración eficaz tiene la calidad de reservado.

Además, que mediante Resolución 4853-2018-MP-FN, emitida el 31 de diciembre de 2018, removió a los fiscales Rafael Ernesto Vela Barba y José Domingo Pérez Gómez del Equipo Especial del Ministerio Público, a pocos días de suscribirse el citado acuerdo de colaboración eficaz.

Como se recuerda, en enero de 2019, el fiscal Pérez Gómez realizó un allanamiento a las oficinas de la Fiscalía de Nación, a fin de recabar información en el marco de la investigación al partido Fuerza Popular, liderado por Keiko Fujimori. Sin embargo, al no tener una orden de ingreso para una de las oficinas, decidió lacrar la puerta para evitar la manipulación del material que se encontraba en su interior.

Posteriormente se conoció que Rosa Venegas, entonces asesora del exfiscal de la Nación Pedro Chávarry, había ingresado a la oficina y retirado documentación. Esta dijo que fue por orden del ex fiscal supremo. La presencia de este último en el momento de los hechos quedó registrada en imágenes.

En virtud a los medios probatorios actuados ha quedado acreditado que, en efecto, el doctor Pedro Chávarry solicitó al Equipo Especial información relativa al Acuerdo de Colaboración Eficaz, mediante el oficio N° 6553-2018-MP-FN-SEGFIN, en el cual pedía que el doctor Rafael Vela Barba le remita un informe sobre los «presuntos cuestionamientos» a las condiciones en que el citado acuerdo se habría suscrito, consideró la fiscal suprema Bersabeth Revilla en su acusación.

Y es que, para la representante del Ministerio Público, se considera que existen indicios suficientes para suponer que el denunciado actuó con dolo al solicitar información del acuerdo de colaboración con Odebrecht e inmediatamente destituir a los fiscales.

Por ello, requirió que al momento de aplicar la pena debe evaluarse los hechos en su contexto que, según lo aprobado en el Congreso, sí se adecúan al tipo penal en cuanto existiría la potencialidad para dificultar la acción de la justicia procurando la desaparición de las huellas del delito.

Pedro Gonzalo Chávarry Vallejos planificó y ejecutó la salida de los fiscales Rafael Vela Barba y José Domingo Pérez Gómez, con la cual perjudicó la buena marcha del proceso de colaboración eficaz con la empresa Odebrecht, consideró la fiscal en su acusación.

Fuente: El Comercio

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