La defensa del expresidente Pedro Castillo solicitó, mediante una petición formal ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), la cesación de la prisión preventiva que viene cumpliendo desde diciembre de 2022. El recurso, tramitado por el abogado Carlos Perea Pasquel, plantea que el exmandatario enfrente el proceso judicial bajo vigilancia electrónica.
En el documento difundido por La República, se argumenta que Castillo Terrones se encuentra «civilmente secuestrado» y califican su reclusión como una forma de detención arbitraria de carácter político. La solicitud sostiene que transcurrieron más de dieciocho meses desde su detención y que los intentos por revocar la medida en sede nacional han sido reiteradamente rechazados.
La petición fue presentada bajo el mecanismo de denuncia previsto en el sistema interamericano. «La petición la hemos presentado en virtud de antecedentes y fundamentos jurídicos que demuestran que Pedro Castillo es un preso político», precisó Perea Pasquel.
En su escrito, se acusa directamente al Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria y a la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema del Perú como órganos presuntamente responsables de haber vulnerado el derecho a la libertad personal.
El texto remarca que, desde su detención, «aproximadamente 30 abogados han presentado distintos recursos y escritos procesales» para solicitar su libertad, pero todas las solicitudes fueron declaradas infundadas. También se indica que, si bien se le imputa el delito de rebelión, no se ha acreditado la existencia de armas ni actos violentos, por lo que —según la defensa— la conducta imputada no se subsume en el tipo penal.
“El verbo rector del delito de rebelión prescribe el uso de armas. El presidente Castillo levantó un papel y no un arma”, se afirma en el escrito presentado ante la Corte IDH.
La defensa sostiene que el sistema de justicia nacional ya agotó todos los mecanismos ordinarios, motivo por el cual se recurre a instancias internacionales. En esa línea, se invocó el artículo 283 del Código Procesal Penal peruano, que permite solicitar la cesación de la prisión preventiva cuando existan nuevos elementos de convicción.
Asimismo, se solicita que se reemplace la prisión preventiva por una medida de comparecencia con vigilancia electrónica, con base en el Decreto Legislativo N 1322 y el Decreto Supremo 016-2017-JUS, que regulan el uso de grilletes electrónicos como alternativa a la prisión en casos que no impliquen alta peligrosidad.
El documento remitido a la CIDH no constituye aún una solicitud de medida cautelar, pero la defensa ha adelantado que se encuentra en proceso de preparación de dicho recurso. «En esencia, busca lo mismo que la petición, pero por otra vía. Se le pide a la Corte que, mientras se resuelve el juicio, dicte una medida urgente para proteger los derechos del detenido», explicó el letrado.
El recurso lleva como encabezado «Solicitamos libertad de preso político» y enumera tres fundamentos centrales: i) la supuesta naturaleza política de la detención; ii) la atipicidad de la conducta imputada; y iii) la aplicación de medidas menos gravosas conforme al principio de proporcionalidad. En el texto se lee también:
Denunciamos al Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria y a la Suprema Corte Permanente de Justicia del Perú como responsables de mantener arbitrariamente en prisión a Pedro Castillo Terrones, en violación de los estándares interamericanos de derechos humanos.
La Corte aún no se ha pronunciado sobre la admisibilidad del recurso. De ser admitido, el Estado peruano será notificado y se iniciará el proceso de evaluación conforme a los procedimientos establecidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

![La falta de notificación al imputado del auto que concede el recurso de casación planteado por el fiscal lesiona su derecho de defensa [Exp. 03341-2024-PHC/TC, f. j. 8] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)


![A pesar de que no le corresponde a la Sala Penal de la Corte Suprema notificar el auto que concedió el recurso de casación, sí le es exigible verificar que ello se haya realizado, pues existe un especial deber de protección del derecho de defensa [Exp. 03341-2024-PHC/TC, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![El trabajador que solicita la nulidad del despido no se encuentra liberado de su carga probatoria, sino que tiene la obligación de aportar indicios razonables del despido [Casación Laboral 18431-2023, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
![Indecopi multa a BBVA con más de S/1.5 millones por realizar llamadas spam [Resolución Final 083-2025/CC3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/banner-bbva-logo-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[Balotario notarial] Registros notariales: registro de testamentos, de protestos, de bienes muebles, de asuntos no contenciosos](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/REGISTROS-NOTARIALES-ESPECIALIZADOS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[Balotario notarial] Escritura pública, minuta y protocolización: concepto, estructura y formalidades esenciales](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/Escritura-Publica-en-el-Peru-218x150.jpeg)



![La indemnización por daños y perjuicios ocasionados por un despido incausado, no puede equiparse a las remuneraciones que se dejaron de percibir por esta causa de despido [Casación 18589-2023, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-desconcierto-trabajador-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Qué ocurre si una entidad no entrega la información solicitada por el portal de transparencia o no responde dentro del plazo legal? [Informe Técnico 002766-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)




![Lineamientos sobre la designación y funciones del oficial de integridad electoral [Resolución 000021-2026-P/JNE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/JNE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Reajustan pensiones del régimen 20530 [Decreto Supremo 009-2026-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/senor-en-la-ventanilla-de-un-banco-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)





![[Entrevista] Hay indicios de falsedad ideológica: abogado sobre denuncia contra funcionario del INPE por donación irregular de terreno de Challapalca](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/BANNER-GENERICO-ABOGADOPENALISTA-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Reajustan pensiones del régimen 20530 [Decreto Supremo 009-2026-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/senor-en-la-ventanilla-de-un-banco-LPDERECHO-100x70.jpg)




![[Balotario notarial] Registros notariales: registro de testamentos, de protestos, de bienes muebles, de asuntos no contenciosos](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/REGISTROS-NOTARIALES-ESPECIALIZADOS-LPDERECHO-100x70.jpg)
![[Balotario notarial] Escritura pública, minuta y protocolización: concepto, estructura y formalidades esenciales](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/Escritura-Publica-en-el-Peru-100x70.jpeg)
![La falta de notificación al imputado del auto que concede el recurso de casación planteado por el fiscal lesiona su derecho de defensa [Exp. 03341-2024-PHC/TC, f. j. 8] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-100x70.jpg)
![A pesar de que no le corresponde a la Sala Penal de la Corte Suprema notificar el auto que concedió el recurso de casación, sí le es exigible verificar que ello se haya realizado, pues existe un especial deber de protección del derecho de defensa [Exp. 03341-2024-PHC/TC, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-100x70.jpg)


