El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispuso la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en las cortes superiores de justicia de Amazonas, Ayacucho, Piura (sede central y sede Paita) y Huaura, así como su fortalecimiento en los distritos judiciales de Cañete, Huánuco, Loreto y Sullana.
Empero, considerando que no se ha previsto tal implementación en el presupuesto del Poder Judicial del presente año, la Gerencia General de este poder del Estado, gestionará ante el Ministerio de Economía y Finanzas una demanda adicional de recursos, para dar cumplimiento a lo dispuesto.
Cabe resaltar que en tanto sean asignados los recursos necesarios para implementar la citada ley en las cortes de Ayacucho y Piura, la aplicación podrá iniciarse en las mismas con recursos propios del Poder Judicial.
La referida resolución administrativa lleva la firma del presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez Tineo.
Como se sabe, la Nueva Ley Procesal del Trabajo constituye un cambio de modelo en la tramitación del proceso judicial para la solución de los conflictos laborales, la cual es aplicada hasta el momento en 23 de los 35 distritos judiciales del país.
Bajo este esquema, los procesos judiciales laborales son más rápidos debido al uso de la tecnología, como las notificaciones electrónicas, grabación en audio y video de las actuaciones, etc.
También con la aplicación de los principios de inmediación, concentración, economía procesal, veracidad y, principalmente, oralidad y celeridad, debiendo el juez dar a conocer su fallo en el plazo de 60 minutos de concluidos los alegatos de las partes, y notificando la sentencia en un plazo máximo de cinco días hábiles.
REUNIONES
A la fecha, el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (ETIINLPT), presidida por el juez supremo Héctor Lama More, sostuvo tres reuniones con las cortes de Ayacucho y Piura, para empezar las gestiones administrativas que implican la citada implementación.
Esta puesta en marcha está basada no solamente en la dotación de bienes y servicios, sino también en la capacitación de jueces y personal, con el objeto de que conozcan sus funciones y procedimientos establecidos para el modelo corporativo laboral.
Cabe señalar que estas disposiciones fueron dadas merced a la Resolución Administrativa 050-2018-CE-PJ, publicada en el Diario Oficial El Peruano el pasado 01 de febrero de 2018.
Fuente: Poder Judicial

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