A través de la Resolución 900-2024-JNJ, modifican el TUO del Reglamento de concursos para la selección y nombramiento de jueces y fiscales (ascenso).
Modifican el Texto Único Ordenado del Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales – Ascenso
RESOLUCIÓN N° 900-2024-JNJ
Lima, 30 de mayo del 2024
VISTO:
El acuerdo adoptado por el Pleno de la Junta Nacional de Justicia en sesión del 30 de mayo del 2024, relativo a la modificación del Texto Único Ordenado del Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales -Ascenso; y,
CONSIDERANDO:
Mediante la Resolución N° 1588-2022-JNJ de fecha 16 de diciembre de 2022, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre de 2022, la Junta Nacional de Justicia aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales -Ascenso. Dicho reglamento fue modificado mediante Resolución N° 439-2024-JNJ del 26 de marzo de 2024.
Que, el Pleno de la Junta Nacional de Justicia ha implementado medidas con el fin de dinamizar los procedimientos comprendidos en los concursos de selección y nombramiento de jueces y fiscales, optimizando la evaluación de requisitos de aptitud y la etapa de entrevista personal.
El propósito fundamental de esta disposición es asegurar el cumplimiento de las metas institucionales en los plazos establecidos para las convocatorias de selección y nombramiento. Simultáneamente, se busca mayor eficiencia y efectividad en la asignación de los recursos humanos y financieros asignados a la Junta Nacional de Justicia.
De acuerdo con las atribuciones conferidas en los incisos b) y e) del artículo 24° de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia (Ley N° 30916), y en virtud del acuerdo adoptado por unanimidad en la sesión del Pleno de la Junta Nacional de Justicia del día 30 de mayo de 2024;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificar los artículos 10°, 11°; 12°, 51°, 54° y 55° del Texto Único Ordenado del Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales – Ascenso en los términos siguientes:
Calificación de aptitud
Artículo 10°.- Concluido el plazo de inscripción, la Dirección con la declaración jurada de cumplimiento de requisitos efectuada por cada postulante y la información contenida en la base de datos de la Junta Nacional de Justicia, eleva a la Comisión Permanente la propuesta de la relación de postulantes aptos(as) y no aptos(as), para su revisión y aprobación.
Aprobación de la nómina de postulantes aptos(as) y no aptos(as)
Artículo 11°.- La Comisión propone al Pleno de la Junta la nómina de postulantes aptos(as) y no aptos(as) para el procedimiento de selección de acuerdo con lo previsto en la ley y el presente reglamento, para su revisión, aprobación y publicación en el BOM.
El/la postulante declarado(a) no apto(a) puede interponer recurso de reconsideración a través de la extranet de la JNJ, en el plazo de tres (03) días hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación, el que es resuelto por el Pleno de la Junta previo informe de la Comisión.
Subsanación y Recurso de reconsideración de postulante excluido(a)
Artículo 12°.- Luego de la publicación del resultado de la evaluación de conocimientos, la Dirección verifica el cumplimiento de los requisitos de aptitud de el/la postulante. De observar alguna omisión en la documentación presentada a que se refiere el artículo 8°, se notifica al postulante a fin que subsane la misma en el plazo de dos (02) días hábiles perentorios, a través de la extranet de la JNJ.
Si el/la postulante no cumple los requisitos establecidos en la ley, o no subsana la documentación requerida y/u observada en el plazo establecido, es excluido(a).
Desarrollo de la entrevista personal
Artículo 51°.- La entrevista personal se desarrolla en sesión pública, de manera presencial o virtual, con el apoyo de aplicativos que el Pleno apruebe, y se transmite en tiempo real a través de los medios de comunicación que la Junta determine.
Corresponde al Pleno de la Junta la realización de la entrevista personal, dicha función puede ser delegada a la comisión o comisiones especiales conformadas por no menos de dos (02) miembros. Tal delegación no se efectúa en la evaluación a candidatos a juez supremo, juez superior, fiscal supremo, fiscal adjunto supremo y fiscal superior.
Para su desarrollo los miembros cuentan con la carpeta virtual de el/la postulante, la hoja de vida, los resultados de las pruebas de confianza, así como cualquier otra información que se considere necesaria.
Calificación nominal y fundamentación
Artículo 54°.- Finalizada la entrevista personal los(as) miembros de la JNJ que intervienen la califican nominalmente a través de un módulo informático, quedando las notas cifradas hasta su apertura por el Pleno de la Junta. Este módulo también contiene la fundamentación de la calificación otorgada.
Aprobación de notas
Artículo 55°.- Culminadas las entrevistas personales de los/las postulantes a una plaza, el Pleno de la Junta autoriza a el/la Secretario(a) General o quien haga sus veces para que proceda a realizar la decodificación de las calificaciones para la constatación de las notas respectivas.
El programa informático muestra las notas en orden secuencial de mayor a menor. De comprobar que entre la nota extrema mayor y la que le sigue o entre la nota extrema menor y la que le antecede, existe una diferencia mayor a veinte puntos, el Pleno de la Junta dispone la anulación de las notas extremas alta y baja, según corresponda. La nota final de la entrevista personal se obtiene con las demás, dejando constancia en el acta de aprobación de notas de entrevista, la que es firmada por el Pleno de la Junta.
Cuando las entrevistas personales son realizadas por comisiones por delegación del Pleno, la nota final se obtiene promediando todas las calificaciones sin excluir ninguna.
Artículo Segundo.- Lo dispuesto en la presente resolución rige desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano y en el Boletín Oficial de la Magistratura (BOM) y se aplica para los concursos de selección y nombramiento de jueces y fiscales -Ascenso, que se convoquen a partir de su vigencia.
Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Boletín Oficial de la Magistratura (BOM).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANTONIO DE LA HAZA BARRANTES
Presidente


![Si no se acredita el vínculo entre los activos del acusado y el delito fuente (tráfico ilícito de drogas), es imposible establecer la relación o entramado criminal necesario para configurar el delito de lavado de activos [RN 975-2024, CSNJ Penal Especializada, f. j. 18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/archivar-investigacion-lavado-de-activos-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Actos de conversión en lavado de activos: cuando el propietario real de los bienes utiliza a familiares (mamá, papá y hermano) para ocultar el origen ilícito del dinero proveniente del tráfico de drogas [RN 80-2025, Callao, f.j. 15] Lavado de activos](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/Lavado-de-activos-dinero-penal-LPDerecho-1-218x150.png)
![Suprema ordena reposición de trabajador despedido por motivos de salud [Exp. 7352-2018-0-1801-JR-LA-04]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/TRABAJADOR-DOLOR-ESPALDA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![PJ ordena al Reniec que retire la preposición «DE» en el DNI de una mujer casada [Expediente 15108-2023-0-1801-JR-CA-14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/MUJER-DNI-CASADA-PJ-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Se desnaturaliza el periodo de prueba cuando el empleador lo usa para encubrir un despido nulo por embarazo [Cas. Lab. 43112-2022, Loreto]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/trabajadoras-gestantes-descanso-LPDerecho-218x150.jpg)
![Corte IDH: Las «garantías judiciales» no se limitan a los recursos judiciales en sentido estricto sino a toda instancia procesal, por ello deben aplicarse no solo al ámbito penal sino mutatis mutandis en los procedimientos administrativos sancionatorios y penitenciarios [Lynn vs. Argentina, ff. jj. 90-94]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/GARANTIAS-JUDICIALES-MUTATIS-MUTANDIS-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Prescripción adquisitiva de dominio: pago de servicios públicos no acredita posesión [Casación 3357-2021, Sullana]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/vivienda-casa-propiedad-posesion-divorcio-separacion-bienes-herencia-desalojo-civil-mazo-LPDerecho-218x150.jpg)







![El JNE vulneró el derecho a ser elegido y el principio de resocialización al denegar la inscripción de candidato condenado por peculado doloso, pese a encontrarse rehabilitado, pues incluso la “inhabilitación perpetua” puede ser revisable y revertida por lo que dicha restricción no resulta razonable [Exp. 01648-2023-AA/TC, ff. jj. 16-22]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/JNE-RESOCIALIZACION-CANDIDATO-CONDENADO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Gobierno dicta medidas complementarias al estado de emergencia en Lima y Callao [Decreto Supremo 127-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/POLICIAS-ESTADO-EMERGENCIA-JOSE-JERI-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Establecen medidas para reforzar austeridad y control del gasto público [DU 008-2025] dinero-soles-indemnización-sueldo](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Dinero-sueldo-soles-lavado-de-activos-penal-LPDerecho-1-218x150.png)
![Servir: protocolo para difundir información a nivel nacional sobre la denuncia y sanción del hostigamiento sexual laboral [Res. 000182-2025-Servir-PE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Modifican Reglamento de empadronamiento y amnistía por tenencia de arma de fuego de uso civil [Decreto Supremo 013-2025-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tenencia-ilegal-armas-fuego-LPDerecho-218x150.png)
![Modifican Reglamento de empadronamiento y amnistía por tenencia de arma de fuego de uso civil [Decreto Supremo 013-2025-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tenencia-ilegal-armas-fuego-LPDerecho-324x160.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Suprema ordena reposición de trabajador despedido por motivos de salud [Exp. 7352-2018-0-1801-JR-LA-04]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/TRABAJADOR-DOLOR-ESPALDA-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Modifican Reglamento de empadronamiento y amnistía por tenencia de arma de fuego de uso civil [Decreto Supremo 013-2025-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tenencia-ilegal-armas-fuego-LPDerecho-100x70.png)

![Aprueban procedimientos administrativos estandarizados del sector transportes y comunicaciones [DS 047-2021-PCM] Decreto Supremo 047-2021-PCM con logo de LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/03/Decreto-Supremo-047-2021-PCM-LP-324x160.png)