A través de la Resolución 651-2023-JNJ, modifican el reglamento de concurso para selección y nombramiento de jefes de la Autoridad Nacional de Control del PJ y MP.
Modifican el Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de el/la Jefe(a) de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público
RESOLUCIÓN Nº 651-2023-JNJ
Lima, 3 de agosto del 2023
VISTOS:
Los acuerdos adoptados por el Pleno de la Junta Nacional de Justicia en sesiones del 19 de junio y 12 de julio del 2023, relativos a las modificaciones de los artículos 6 y 32 del Reglamento de concursos para la selección y nombramiento de el/la jefe(a) de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público; y,
CONSIDERANDO:
Mediante Resolución Nº 046-2020-JNJ de fecha 16 de junio del 2020 publicada en el diario oficial El Peruano el 19 de junio del 2020, la Junta Nacional de Justicia aprobó el Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de los/las Jefes(as) de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público, en adelante reglamento de concursos.
La Ley N° 31227, Ley que transfiere a la Contraloría General de la República la competencia para recibir y ejercer el control, fiscalización y sanción respecto a la declaración jurada de intereses de autoridades, servidores y candidatos a cargos públicos, y el Reglamento para implementar la Ley N° 31227, respecto a la recepción, el ejercicio del control, fiscalización y sanción de la declaración jurada de intereses de autoridades, funcionarios y servidores públicos del estado, y candidatos a cargos públicos, aprobado por Resolución de Contraloría N° 162-2021-CG, establecen la obligatoriedad de la presentación de la declaración jurada de intereses de carácter preventivo para los sujetos obligados señalados en el artículo 23 del Reglamento, entre los que se encuentran los candidatos a jefe de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y a jefe de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público. Asimismo, se establece que las acciones derivadas de la falta de presentación de estas Declaraciones Juradas de Intereses (DJI) son definidas por las entidades a cargo de los respectivos comicios, concursos y postulaciones.
En ese sentido, corresponde que la presentación de la declaración jurada de intereses de carácter preventivo se incorpore como requisito de postulación en el Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de el/la Jefe(a) de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público.
Por otro lado, se ha identificado que resulta necesario que el artículo 32 del reglamento de concursos precise un plazo para la publicación del examen de conocimientos en el Boletín Oficial de la Magistratura, por lo que, en observancia de los principios de legalidad, transparencia y publicidad que rigen los procedimientos de selección y nombramiento a cargo de la Junta Nacional de Justicia, corresponde establecer un plazo para la publicación del examen, a fin que, de manera oportuna, sea de conocimiento público.
De conformidad con las atribuciones establecidas en el artículo 24 incisos b) y e) de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia – Ley N° 30916, y a los acuerdos adoptados por unanimidad por el Pleno de la Junta Nacional de Justicia en sus sesiones del 19 de junio y 12 de julio del 2023.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Incorporar el numeral 9 al artículo 6 del Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de el/la Jefe(a) de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público:
“Requisitos de postulación
Artículo 6°.-
(…)
9. Declaración jurada de intereses de carácter preventivo con firma digital, conforme a la Ley N° 31227 y su Reglamento aprobado por Resolución de Contraloría N° 162-2021-CG y al Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales, la que debe presentarse a través del Sistema de Declaraciones Juradas para la Gestión de Conflicto de Intereses (SIDJI) de la Contraloría General de la República.”
Artículo Segundo.- Modificar el artículo 32 del Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de el/la Jefe(a) de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público:
“Publicación de resultados
Artículo 32°.- El resultado de la evaluación de conocimientos se comunicará en el plazo de 24 horas, luego de culminadas las evaluaciones. Se notifica a cada postulante y se publica en el BOM, con la relación de postulantes aptos(as) para la siguiente etapa. La calificación es inimpugnable.
Concluida esta etapa, la publicación del examen en el BOM se realiza en un plazo de siete (07) días hábiles, contados a partir de la publicación de los resultados de la citada etapa.”
Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Boletín Oficial de la Magistratura (BOM).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
IMELDA JULIA TUMIALÁN PINTO
Presidenta

![Sí procede dúplica del plazo de prescripción (art. 80 CP) cuando un funcionario público comete delitos contra la fe pública si con ello afecta directamente el patrimonio del Estado (interpretación conforme al art. 41 reformado de la Constitución) [Apelación 345-2024, Amazonas]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)
![Lavado de activos: si la imputación se limita a las inyecciones de dinero destinadas a solventar la logística previa a la exportación de droga, el análisis patrimonial debe centrarse en el período anterior a la incautación; hacerlo por el período posterior —cuando no hubo exportación ni pago final— vulnera el principio de correlación [RN 2805-2017, Nacional, ff. jj. 17-18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El autolavado no estuvo proscrito por la Ley 27765, y la reforma posterior —Decreto Legislativo 986— solo aclaró, sin modificar la ley, que el autor del delito previo también puede ser autor del lavado de activos [RN 2805-2017, Nacional, f. j. 11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aunque el acta de levantamiento topográfico fue excluida como prueba irregular —por falta de notificación a los abogados—, ello no impide que los topógrafos puedan declarar como testigos indirectos, mas no como peritos, siempre que su testimonio resulte útil, conducente y pertinente [Casación 434-2023, La Libertad, ff. jj. 12-13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![Curso modelo de preparación para el examen PROFA [GRATUITO]. Inicio: 27 NOV](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/MODELO-PREPARACION-EXAMEN-PROFA4-LPDERECHO-218x150.jpg)



![TSC pierde competencia para pronunciarse si órgano jurisdiccional ya emitió decisión sobre la misma pretensión [Res. 004241-2025-Servir/TSC-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)







![Formularios para la implementación del Reglamento del registro nacional de árbitros y centros de arbitraje (Renace) [Resolución Ministerial 0423-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Modifican el Reglamento del marco de la responsabilidad y transparencia fiscal de gobiernos regionales y locales [DS 264-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)







![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Indecopi excluye del fraccionamiento a multas con procesos judiciales [Resolución 000142-2025-GEG/Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-fachada-caso-LPDerecho-218x150.jpg)
![Lineamiento para la suspensión de servicios móviles y bloqueo de celulares vinculados en la comisión de delitos [Decreto Supremo 018-2025-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/celular-policia-bloque-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Nombran a fiscal adjunto provincial y disponen su incorporación al Equipo Especial de Fiscales que investiga a Odebrecht [Resolución 3545-2025-MP-FN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-publico-fiscalia-nacion-LPDerecho-100x70.jpg)





![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
