Minjusdh aprueba protocolos vinculados con el Sistema Penal Juvenil [DS 030-2025-JUS]

Publicado en el diario oficial El Peruano el 3 de enero de 2026

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) aprobó el Protocolo de Actuación Interinstitucional para la Aplicación de los Mecanismos Restaurativos y el Protocolo de Actuación Interinstitucional para la aplicación de la Justicia Terapéutica con Enfoque Restaurativo.

El Decreto Supremo N° 030-2025-JUS precisa que ambos documentos serán de aplicación de las instituciones que conforman el Sistema Penal Juvenil.

El primer protocolo tiene como objetivo establecer reglas de actuación interinstitucional para la aplicación de los mecanismos restaurativos en los distintos supuestos previstos en el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes (CRPA).

De esta manera, se busca que el adolescente comprenda las consecuencias de sus actos, asuma su responsabilidad y repare el daño causado a la víctima y a la comunidad.

Mientras, el segundo documento tiene como objetivo establecer reglas de actuación interinstitucional para la aplicación de la Justicia Terapéutica con Enfoque Restaurativo con el propósito de brindar una atención integral y sistemática de los factores que inciden en el comportamiento infractor del adolescente.

Busca atender las necesidades de salud mental y el consumo problemático (abuso y dependencia) de sustancias psicoactivas, centrándose en el lado humano, emocional y psicológico, y tomando en cuenta los efectos beneficiosos y perjudiciales en aplicación de la ley, a fin de promover su bienestar.

Además, garantizar un tratamiento especializado durante las distintas etapas del proceso de responsabilidad penal y la ejecución de las medidas socioeducativas, que favorezca su rehabilitación, reinserción social y prevención de la reincidencia en conductas infractoras o delictivas.

Fuente: El Peruano


DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA APLICACIÓN DE LA JUSTICIA TERAPÉUTICA CON ENFOQUE RESTAURATIVO Y EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA APLICACIÓN DE LOS MECANISMOS RESTAURATIVOS

DECRETO SUPREMO Nº 030-2025-JUS

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1348, Decreto Legislativo que aprueba el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, se aprueba el citado código como una norma integral, sistemática, autónoma y especializada en materia de adolescentes en confl icto con la ley penal; asimismo, a través del Decreto Supremo Nº 004-2018-JUS, se aprueba el Reglamento del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1348;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1673, Decreto Legislativo que modifi ca el Decreto Legislativo Nº 1348, que aprueba el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, se establecen enfoques, mecanismos, medidas y recursos que optimicen la intervención y tratamiento de adolescentes en confl icto con la ley penal en el marco de una efectiva aplicación progresiva del Código a nivel nacional, disponiendo también en su Única Disposición Complementaria Final la actualización del Reglamento del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2018-JUS;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2025-JUS, Decreto Supremo que modifi ca e incorpora artículos al Reglamento del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2018- JUS, se modifi can e incorporan artículos al Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1348, Decreto Legislativo que aprueba el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2018-JUS, para adecuarlo a las disposiciones del Decreto Legislativo Nº 1673, Decreto Legislativo que modifi ca el Decreto Legislativo Nº 1348;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 005-2025-JUS, Decreto Supremo que modifi ca e incorpora artículos al Reglamento del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2018-JUS; establece que la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial Permanente de Implementación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, en coordinación con el Ministerio Público, el Poder Judicial y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, desarrolla el protocolo de actuación en justicia terapéutica con enfoque restaurativo, el protocolo sobre mecanismos restaurativos y el protocolo sobre talleres productivos;

Que, mediante la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1348, Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes se crea la Comisión Multisectorial Permanente de Implementación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, la misma que está integrada por representantes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, quien lo preside, Ministerio del Interior, Ministerio de Economía y Finanzas, Poder Judicial y Ministerio Público;

Que, el Decreto Supremo Nº 004-2018-JUS, Reglamento del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1348, en su artículo 218 dispone que la citada comisión puede conformar grupos de trabajo para tareas específi cas que brinden efi cacia a sus funciones;

Que, en la XII Sesión de la Comisión Multisectorial Permanente de Implementación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, celebrada el 20 de noviembre de 2025, se aprobaron el Protocolo de Actuación Interinstitucional para la aplicación de Justicia Terapéutica y el Protocolo de Actuación Interinstitucional para la aplicación de Mecanismos Restaurativos;

Que, en virtud al literal b) del párrafo 41.1 del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de mejora de la calidad regulatoria, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2025- PCM, la presente norma no se encuentra dentro del alcance del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, por la materia que comprende en aprobar el Protocolo de Actuación Interinstitucional para la aplicación de la Justicia Terapéutica con Enfoque Restaurativo y el Protocolo de Actuación Interinstitucional para la Aplicación de los Mecanismos Restaurativos;

De conformidad con el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1348, Decreto Legislativo que aprueba el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes; y el Decreto Supremo Nº 005-2025-JUS, Decreto Supremo que modifi ca e incorpora artículos al Reglamento del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2018-JUS;

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DECRETA:

Artículo 1.- Aprobación

Se aprueba el Protocolo de Actuación Interinstitucional para la aplicación de la Justicia Terapéutica con Enfoque Restaurativo y el Protocolo de Actuación Interinstitucional para la Aplicación de los Mecanismos Restaurativos, que como anexo forman parte del presente decreto supremo.

Artículo 2.- Ámbito de Aplicación

El Protocolo de Actuación Interinstitucional para la aplicación de la Justicia Terapéutica con Enfoque Restaurativo y el Protocolo de Actuación Interinstitucional para la Aplicación de los Mecanismos Restaurativos son de aplicación de las instituciones que conforman el Sistema Penal Juvenil.

Artículo 3.- Publicación

Se dispone la publicación del presente decreto supremo, el Protocolo de Actuación Interinstitucional para la aplicación de la Justicia Terapéutica con Enfoque Restaurativo y el Protocolo de Actuación Interinstitucional para la Aplicación de los Mecanismos Restaurativos, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www. gob.pe), así como en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

Artículo 4.- Refrendo

El presente decreto supremo es refrendado por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta y un días del mes de diciembre del año dos mil veinticinco.

JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ
Presidente de la República

WALTER ELEODORO MARTÍNEZ LAURA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos

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