Miembros de la Junta Nacional de Justicia tendrían que pasar test psicológico y prueba del polígrafo

Además, se propone una serie de impedimentos para integrar el nuevo ente

La congresista de la República Marisol Espinoza Cruz, de la bancada parlamentaria de Alianza para el Progreso, con fecha 15 de enero del presente año, presentó el Proyecto de Ley 3809/2018-CR, que plantea requisitos adicionales para quienes aspiren a ser miembros de la flamante Junta Nacional de Justicia. Como se recuerda, en el referéndum desarrollado el 9 de diciembre del 2018, la ciudadanía otorgó su apoyo a la reforma del extinto Consejo Nacional de la Magistratura.

A los requisitos ya consignados en el artículo 156 de la Constitución Política del Perú, el proyecto plantea adicionar tres más. En primer lugar, aprobar un test psicológico y psicotécnico. En segundo lugar, obtener resultados satisfactorios en el examen toxicológico y en el polígrafo. Por último, que los aspirantes presenten, mínimamamente, diez años de publicaciones sobre temas jurídicos en revistas de investigación. Además, se propone una serie de impedimentos para integrar el nuevo ente.

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El propósito del proyecto, señala la exposición de motivos, es complementar las iniciativas presentadas sobre el funcionamiento y la legislación de la Junta Nacional de Justicia, con el fin de construir indicadores de la solvencia e idoneidad moral entre sus miembros. En la actual legislatura, la mayoría de proyectos presentados refieren a los aspectos formales y académicos, pero esta propuesta incide también en la necesidad de fijar consideraciones de carácter moral y de comportamiento.


FÓRMULA LEGAL

LEY QUE PROPONE REQUISITOS PARA SER INTEGRANTE DE LA JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA

Artículo 1°.- Objeto de la Ley

La presente Ley tiene como objetivo contribuir a una mejor elección de los integrantes de la Junta Nacional de Justicia, a través de requisitos que permitan construir indicadores de la solvencia e idoneidad moral de sus miembros.

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Artículo 2°.- De los Requisitos

Para ser miembro de la Junta Nacional de Justicia, además de los requisitos establecidos en el artículo 156° de la Constitución Política del Perú, se requiere lo siguiente:

1. Haber aprobado de manera satisfactoria un test Psicológico y Psicotécnico.

2. Obtener resultados satisfactorios en el examen toxicológico y el polígrafo.

3. Presentar, por lo menos durante diez (10) años, publicaciones sobre temas jurídicos, en revistas de investigación de publicación periódica y ha sido listada en alguna base de datos/índice/repertorio de consulta mundial.

Artículo 3°.- De los Impedimentos para ser miembro de la Junta Nacional de Justicia

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No podrán ser elegidos como integrantes de la Junta Nacional de Justicia quienes:

1. Presentan desbalance patrimonial, determinado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT.

2. Hayan sido sentenciados por delitos sexuales, comprendidos en el artículo 170° del Código Penal.

3. Hayan sido sentenciados por delitos de asistencia familiar, establecidos en el artículo 149° del Código Penal.

4. Hayan sido sentenciados por delitos tributarios, establecidos en el Decreto Legislativo N° 813, Ley Penal Tributaria y sus modificatorias.

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