Gutiérrez Ticse sobre la gestación subrogada: «Ningún tipo de maternidad más allá del tradicional está permitido en Perú»

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En 2023, el Tribunal Constitucional (TC) ordenó al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) inscribir a los hijos del productor Ricardo Morán y, finalmente, reconocerlos como peruanos.

Los miembros que votaron a favor fueron Francisco Morales Saravia (presidente), Luz Pacheco Zerga (vicepresidenta), Helder Domínguez Haro, Manuel Monteagudo Valdez y César Ochoa Cardich.

Sin embargo, Gustavo Gutiérrez Ticse, también integrante del TC, tuvo un voto contrario. El miércoles 24 de abril, en diálogo con el programa Se corre traslado, de LP Pasión por el Derecho, el magistrado brindó mayores detalles sobre la decisión que adoptó en dicho momento.

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En detalle

La maternidad subrogada es una figura que no está legislada en el ordenamiento peruano. Este fue uno de los argumentos de Gutiérrez Ticse cuando se le preguntó sobre su negativa. En diálogo con el periodista Francisco Chuquicallata, el miembro del TC indicó lo siguiente:

No se puede hacer ninguna regulación permisiva, porque es un modelo constitucional que tiene una cláusula de cierre. […] Yo creo en la Constitución. Inclusive en el caso Chapin, en Francia, cuando se habló sobre el matrimonio homosexual, lo que dijo el Tribunal Europeo de Derechos fue: “Cada Estado verá qué regulación le da”. 

Aseguró, en esa línea, que cada país es un conjunto de culturas y, como tal, debe respetarse. “Ningún tipo de maternidad más allá del tradicional está permitido en el Perú”, reiteró.

Sostuvo que el mensaje tras su votación en el caso Ricardo Morán fue que un acto como este, que transforma el modelo cultural de la familia, debe estar regulado. Planteó así la posibilidad de un debate —que calificó como peligroso— en el Parlamento porque, según dijo, “una compra de niños” puede llevar al turismo sexual y al tráfico de menores.

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Fallo a favor de Morán

El Tribunal Constitucional resolvió el caso de Ricardo Morán sin evaluar las condiciones en que nacieron sus hijos, sino la desigualdad con que se trató al fundador de “Rayo en la Botella” por ser hombre. Según el artículo 21 del Código Civil, las mujeres pueden registrar a sus hijos con sus apellidos sin dar el nombre del padre, pero ellos no pueden hacer lo mismo. Así lo justificó el TC:

Ante la falta de reconocimiento legal del derecho del padre, el Tribunal resolvió, fundamentalmente, conforme a los principios de no discriminación e igualdad, contenidos en la Constitución y otros tratados internacionales, a fin de lograr la equiparación de derechos entre varones y mujeres.

Luego de emitirse el fallo, Morán celebró la decisión con una tierna foto junto a sus pequeños. En la instantánea aparecen de espaldas y mirando el mar que recorre; los tres visten casacas con los colores rojo y blanco y la palabra Perú. “Peruanos, como manda la ley”, se lee en la descripción.

 

 

 

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