La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional confirmó la resolución que declaró infundado el pedido del expresidente Martín Vizcarra para desplazarse a Moquegua.
El exdignatario tiene la obligación de solicitar autorización judicial en el marco de su proceso por el presunto delito de cohecho pasivo propio y otros.
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Vizcarra solicitaba desplazarse a la región, durante varios días, entre los meses de mayo y diciembre del 2024 «para realizar labores como ingeniero de proyectos en la empresa Agrotécnica Estuquiña S.A., de la cual es accionista».
El rechazo previo de la solicitud por parte del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria «resulta motivada en forma debida y dentro de los estándares que recomienda el principio procesal del debido proceso», de acuerdo a la Tercera Sala Penal de Apelaciones.
En ese sentido, el Tribunal informó lo siguiente:
Además, llega a la conclusión que la negativa a autorizar la salida de Lima, es idónea para que Vizcarra esté a disposición de las próximas audiencias de juicio oral que se realizará por el caso Lomas de Ilo – Hospital de Moquegua.
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