El origen de esta profesión es tan antigua como el mundo mismo, porque en todas las épocas la ignorancia ha sido patrimonio de la mayoría de los hombres y siempre la injusticia se ha ensañado en contra de ellos. Pero también en todos los tiempos algunas personas se han distinguido, por su celo y su talento y a ellos acudían los desamparados convirtiéndose en sus patrones y defensores.
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Cinco siglos antes de Jesucristo, en la India, surge el primer codificador, que se llama Manú, el cual realiza disposiciones normativas enteramente precisas. En un todo jurídico, homogéneo, el Manú plasma en sus leyes una recopilación de usos ancestrales, en fórmulas concretas, ordenadas en libros y versículos. Podemos afirmar que el primer jurista legislador que se conoce es Manú, puesto que la India fue la primera civilización y cultura que logró proporcionar inicialmente una codificación de normas jurídicas perfectamente concretadas.
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En esa remota época de la humanidad, encontramos también al abogado que enseña también el Derecho; y ya en el versículo 103, del libro primero del Código de Manú indica: “Este libro debe ser estudiado con perseverancia por todo Bracman instruido y ser explicado por él y sus discípulos; pero jamás por otro hombre alguno de una clase inferior al Bracman”.[1]
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En Caldea, Babilonia, Persia, Egipto, la defensa de los intereses de los particulares estaba encomendada a los sabios, quienes hablaban ante el pueblo congregado, patrocinando sus causas.
La abogacía en Grecia, en una primera época estuvo encomendada a personas que, con sus conocimientos de oratoria causaban impacto ante el areópago, o ante otros tribunales, posteriormente la abogaría empieza a adquirir forma de profesión y se señala a Pericles como el primer abogado profesional.[2]
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En Roma, al principio, la defensa no se atribuía a profesionales sino que era consecuencia de la institución del patrono, pues el patrono estaba obligado a defender en juicio a su cliente. La posterior complejidad de los derechos romanos más evolucionados hizo necesaria la formación de técnicos que fueron a la vez grandes oradores y jurisconsultos. El foro adquirió su máximo esplendor durante la República, hasta el punto de que los Pontífices eran elegidos entre los profesionales de la abogacía quienes se llegaron a organizar corporativamente en los Colegium Togatorum.
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A los romanos se les exigía la edad de 17 años mínimos para ejercer la abogacía y Justiniano exigió que debían estudiar derecho no menos de cinco años.
Tomado de Historia de la abogacía de Raquel Sagaón Infante. Descarga el texto en PDF aquí.
[1] Código de Manú. Manava-Dharina-Sastra. Leyes Manú. Versión de Eduardo Borras. Edit. Schapire. Buenos Aires.
[2] Historia de las Instituciones de la Antigüedad, Jacques Ellul, s/e, s/f., p. 92.
Publicada el: 27 Feb de 2016 @ 10:47



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