Los «Lineamientos de Gestión de la Fiscalía Corporativa Penal» se aprobaron mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación 777-2021-MP-FN, publicado el 28 de mayo de 2021 en el diario oficial El Peruano.
Aprueban los Lineamientos de Gestión de la Fiscalía Corporativa Penal
Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 777-2021-MP-FN
Lima, 28 de mayo de 2021
VISTO:
El Oficio N° 000229-2021-MP-FN-ST-NCPP, de fecha 27 de mayo de 2021, suscrito por el Secretario Técnico de la Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, relacionado con el proyecto de Lineamientos de Gestión de la Fiscalía Corporativa Penal;
CONSIDERANDO:
La Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2914-2016-MP-FN, de fecha 24 de junio de 2016, aprobó el Manual de Organización y Funciones de la Fiscalía Corporativa Penal, que consta de treinta y tres folios, y el Plan de Implementación del Manual de Organización y Funciones de la Fiscalía Corporativa Penal.
La Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1139-2020-MP-FN, de fecha 15 de octubre de 2020, aprobó el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con enfoque de Gestión por Resultados, precisando que contiene las modificaciones realizadas al Reglamento de Organización y Funciones – ROF 2018 del Ministerio Público, aprobado mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1974-2019-MP-FN y la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1076-2020-MP-FN.
El proyecto de Lineamientos de la Fiscalía Corporativa Penal formulado por la Secretaria Técnica de la Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, propone que, ante la realidad geográfica del país, la situación de la demanda del servicio fiscal, la actual organización instalada en cada sede de los distritos fiscales, entre otros, es necesario establecer dos modelos de diseño de organización fiscal, los cuales varían básicamente en la capacidad operativa al conformarse, el primero por Fiscalías Corporativas Penales para los distritos fiscales a nivel nacional, incluyendo Lima Norte, Lima Sur, Lima Este, Lima Noroeste y Callao; y el segundo, por Despachos Provinciales Penales de la Fiscalía Corporativa Penal, creados por Resolución de Junta de Fiscales Supremos Nº 024-2020-MP-FN-JFS y orientados en forma exclusiva al Distrito Fiscal de Lima Centro.
Estos nuevos modelos de organización fiscal se consolidan en torno a la función de liderazgo que ejercerá el Fiscal Superior Penal Gestor, quien tendrá a su cargo la coordinación y articulación de la Fiscalía Corporativa Penal, efectuando la planificación, organización, supervisión, seguimiento y monitoreo del trabajo fiscal, para el logro de mejores resultados; donde, además, el citado Fiscal Superior Gestor, asumirá competencia funcional y territorial en segunda instancia.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar los Lineamientos de Gestión de la Fiscalía Corporativa Penal, que consta de treinta y tres (33) folios y que se anexa a la presente resolución.
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2914-2016-MP-FN, de fecha 24 de junio de 2016, que aprobó el Manual de Organización y Funciones de la Fiscalía Corporativa Penal, la Fiscal Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 242-2007-MP-FN, de fecha 20 de febrero de 2007, que aprobó el Reglamento de Funciones de los Fiscales Coordinadores del Código Procesal Penal, y la Resolución de Gerencia General N° 511-2008-MP-FN-GG, de fecha 11 de junio de 2008, que aprobó el Manual de Organización y Funciones del Soporte Administrativo Funcional de Apoyo al Trabajo, así como todas aquellas disposiciones que se contrapongan con la presente resolución.
Artículo Tercero.- DISPONER que en los distritos fiscales donde existan cargos de apoyo fiscal (Técnicos en Abogacía, oficinista II y otros), diferentes al de asistente en función fiscal o asistente administrativo, dichos servidores realizarán las acciones que les asigne el fiscal.
Artículo Cuarto.- DISPONER que la Oficina General de Tecnologías de la Información proceda a publicar la presente Resolución y los Lineamientos de Gestión de la Fiscalía Penal Corporativa aprobado, en el Portal Institucional y el Portal de Transparencia del Ministerio Público.
Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Comisión Especial de implementación del Código Procesal Penal, Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores, Coordinaciones Nacionales de las Fiscalías Especializadas, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, Secretaría Técnica de la Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, Gerencia Central de la Escuela del Ministerio Público, Oficina General de Tecnologías de la Información, Oficina Central de Potencial Humano y Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ZORAIDA AVALOS RIVERA
Fiscal de la Nación
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MINISTERIO PÚBLICO
FISCALÍA DE LA NACIÓN
LINEAMIENTOS DE GESTIÓN DE LA FISCALÍA CORPORATIVA PENAL
I. OBJETIVO
Establecer los lineamientos generales y específicos de gestión de la Fiscalía Corporativa Penal.
II. BASE LEGAL
▪ Constitución Política del Perú.
▪ Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por Decreto Legislativo N° 052.
▪ Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Legislativo N° 957 y sus modificatorias.
▪ Decreto Legislativo N° 958 y sus modificatorias, que regula el proceso de implementación y transitoriedad del Código Procesal Penal.
▪ Decreto Supremo N° 003-2014-JUS, que aprueba el Plan para la Consolidación de la Reforma Procesal y el Reglamento de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal.
▪ Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1139-2020-MP-FN, de fecha 15 de octubre de 2020, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con enfoque de Gestión por Resultados.
III. LINEAMIENTOS RECTORES DE LA FISCALÍA CORPORATIVA PENAL
▪ Fiscalía Corporativa Penal.- Está conformada por el Despacho Superior Penal y Despachos Provinciales Penales o Fiscalías Provinciales Penales Corporativas. Se sustenta en cuatro ejes centrales: el trabajo en equipo, la articulación sistémica de unidades de organización fiscales y administrativas, las relaciones de coordinación y, los niveles de seguimiento, control y monitoreo.
▪ Despacho fiscal.- Es la conformación organizacional básica integrada por el Fiscal Superior o Provincial, Fiscales Adjuntos Superiores o Provinciales y personal administrativo que conforman un equipo de trabajo.
▪ Fiscalía Provincial Penal Corporativa.- Está conformada por uno o más Despachos Provinciales Penales.
▪ Fin común.- Todos los fiscales y el personal administrativo son responsables del cumplimiento de las metas del despacho fiscal; trabajan en forma sinérgica para lograr la solución de los casos en forma rápida y eficiente.
▪ Equipo especial de fiscales.- Es la conformación excepcional del personal fiscal de diferente o igual jerarquía para atender un caso que lo amerite, con el apoyo del personal administrativo que se designe. El caso será asignado al equipo en el sistema informático correspondiente. Para contar con tal denominación la propuesta de su conformación deberá ser elevada por el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores al Despacho de la Fiscalía de la Nación para su respectiva aprobación y emisión de la Resolución pertinente, que así lo faculte.
▪ Equipo de apoyo fiscal.- Conformado por Fiscales Adjuntos Provinciales para cubrir eventuales ausencias o necesidad de servicio, tales como las licencias de los fiscales, asimismo la descarga procesal, diligencias de investigación, el turno fiscal, entre otros. Se encontrará a cargo de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores.
▪ Jerarquía.- Los fiscales y el personal administrativo respetarán los niveles jerárquicos establecidos en la Ley Orgánica del Ministerio Público y demás normas emitidas por la Fiscalía de la Nación.
▪ Autoridad.- El personal administrativo de la Fiscalía Corporativa Penal y las unidades de organización de apoyo, cumplen las funciones establecidas en el presente lineamiento y en las demás normas administrativas, así como las que imparte el Fiscal en el ejercicio de sus funciones.
▪ Liderazgo.- La función Fiscal se ejerce con un elevado nivel de confianza, autodominio y competencia, generando compromiso e integración mediante la comunicación y la coordinación efectiva, en el equipo de trabajo de su despacho, con los demás integrantes de la Fiscalía Corporativa Penal y otros intervinientes relacionados al caso.
▪ Proactividad.- El Fiscal desempeña sus funciones con iniciativa y dinamismo en todas las etapas del proceso penal.
▪ Distribución equitativa.- La carga procesal debe ser distribuida aleatoriamente procurando el reparto proporcional.
▪ Eficiencia y eficacia.- El Fiscal en su función aplica los conocimientos, metodologías, habilidades y destrezas, con la finalidad de cumplir con los fines del proceso.
▪ Unidad en la función.- Todos los Fiscales, independientemente de su jerarquía, representan al Ministerio Público, en su rol de director de la investigación y responsable de llevar los casos al juicio; la realizan dentro de los lineamientos institucionales.
▪ Cargo Funcional.- Se refiere a los cargos no estructurados en las disposiciones e instrumentos de gestión, como el Decreto Legislativo Nº 052 Ley Orgánica del Ministerio Público y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio Público, que figuran en el presente lineamiento con fines funcionales.
IV. DE LA ORGANIZACIÓN DE LA FISCALÍA CORPORATIVA PENAL
La Fiscalía Corporativa Penal es el órgano fiscal conformada por la articulación jerarquizada de fiscalías superiores penales, despachos provinciales penales o fiscalías provinciales penales corporativas, en estricta unión sistémica con los órganos de apoyo administrativo a la función fiscal y basada en esencia en desarrollar el trabajo en equipo para obtener mayores resultados de calidad, lograr acciones más asertivas, eficaces y creativas, así como optimizar los recursos disponibles, ofrecer oportunidad de crecimiento al potencial humano y otorgar aprendizaje mutuo en un adecuado clima organizacional.
Según la variada realidad geográfica del país, las condiciones y situación de la demanda del servicio fiscal, la actual organización instalada en cada sede de los distritos fiscales y los recursos disponibles existentes, se ha estimado conveniente establecer en la presente herramienta normativa, dos diseños:
• Diseño de Organización Fiscalía Corporativa Penal de los Distritos Fiscales a nivel nacional.
• Diseño de la Fiscalía Corporativa Penal del Distrito Fiscal de Lima Centro.
4.1. Diseño de Organización Fiscalía Corporativa Penal de los Distritos Fiscales a nivel nacional.-
El presente modelo se concibe en atención a la variada realidad geográfica del país, la diversa demanda del servicio fiscal que presentan las sedes fiscales de los distritos fiscales a nivel nacional, así como la organización instalada y los recursos disponibles existentes, para los diversos distritos fiscales a nivel nacional, incluyendo Lima Norte, Lima Sur, Lima Este, Lima Noroeste y Callao.
La Fiscalía Corporativa Penal se encuentra conformada por la fiscalía superior penal y las fiscalías provinciales penales corporativas, desarrollando sus funciones de forma articulada con las unidades de organización de apoyo administrativo, como el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, la Unidad de Asistencia a Víctimas y Testigos, el Área de Gestión de Indicadores, el Área de Notificaciones, el Área de Almacén de Evidencias y Bienes Incautados, la Mesa Única de Partes y Atención al Usuario, el Área de Audio y Video, el Área de Archivo, y el Área de Transporte.
De igual forma, podrá contarse con un Equipo de Apoyo Fiscal de la Fiscalía Corporativa Penal para los Distritos Fiscales a nivel nacional, el cual estará conformado por Fiscales Adjuntos Provinciales, con el propósito de cubrir las necesidades en caso que algún fiscal se encuentre de licencia, así como apoyar en la descarga procesal, en las diligencias de investigación, el turno fiscal y otros; debiendo el Fiscal Superior Penal Gestor solicitar y coordinar dicho apoyo con el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de su
distrito fiscal.
En este modelo de organización fiscal, igualmente se consolida la función de liderazgo que ejercerá el Fiscal Superior Penal Gestor, quien tendrá a su cargo la coordinación y articulación de la fiscalía corporativa penal, efectuando la planificación, organización, supervisión, seguimiento y monitoreo del trabajo fiscal, asumiendo competencia funcional y territorial en segunda instancia para el logro de mejores resultados.
[Continúa…]