El Ministerio Público advirtió que desde la entrada en vigencia de la Ley 32181 en diciembre de 2024, los fiscales ya no pueden solicitar la detención preliminar en casos de no flagrancia para delitos graves como terrorismo, corrupción, trata de personas, secuestro, extorsión, tráfico ilícito de drogas, entre otros.
La institución alertó que esta modificación legal limita gravemente la capacidad de respuesta del sistema de justicia. Explicando lo siguiente:
En la actualidad, la detención preliminar solo puede aplicarse en casos de flagrancia, cuando el delito se comete dentro de las 48 horas previas a la solicitud presentada por el representante del Ministerio Público.
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Antes de la entrada en vigor de esta norma, los fiscales podían solicitar la detención preliminar hasta por 10 días en casos de delitos complejos o de criminalidad organizada, lo que permitía, según la Fiscalía, evitar la fuga de investigados y garantizar su presencia en el proceso judicial.
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Asimismo, enfatizó que dicha ley también puede comprometer la protección de testigos y víctimas, ya que sin la posibilidad de detener preliminarmente a los presuntos delincuentes, aumenta el riesgo de represalias y obstrucción de la justicia.
La eliminación de esta medida […] facilita que estos [presuntos autores de delitos graves] eludan la justicia, lo que afecta la protección de las víctimas y testigos. Además, dificulta el combate efectivo contra la criminalidad, ya que pone en riesgo las pruebas en perjuicio de la sociedad. El debate sobre esta reforma es clave para fortalecer el Estado de derecho y proteger a la ciudadanía frente a la delincuencia.