Legisladores norteamericanos suscribieron una carta en la que expresan su preocupación por las posibles violaciones a los derechos humanos cometidos en las recientes protestas contra el gobierno de Dina Boluarte. Y, por lo tanto, piden al gobierno norteamericano cortar los fondos de apoyo «a la seguridad» que brinda o tiene planeado otorgar a nuestro país.
A continuación, dicha carta traducida al español, donde se subrayan las muertes que han dejado las recientes protestas y el controversial operativo en San Marcos de hace unas semanas.
Querido presidente Biden.
Escribimos con preocupación por las violaciones a los derechos humanos cometidas con excesiva violencia por las fuerzas del orden peruanas en respuesta a las protestas a nivel nacional en las últimas semanas.
Estas acciones han resultado en al menos 47 ciudadanos fallecidos y cientos de heridos. En vista a las complicaciones políticas y a la situación de los derechos humanos, le imploramos que públicamente denuncie estas violaciones y aplique presión al gobierno peruano para que respete el derecho a la protesta pacifica y el debido proceso.
También le pedimos a su Administración que detenga temporalmente todos los fondos de asistencia de los Estados Unidos hacia el gobierno peruano hasta que su Administración pueda confirmar ante los miembros del Congreso que está represión ha terminado y que las autoridades peruanas han asegurado las medidas efectivas para asegurar justicia y responsabilidad para victimas y sobrevivientes.
Desde que las protestas comenzaron luego de la destitución y arresto del ex presidente Pedro Castillo y el posterior ascenso al poder de la ex vice presidenta Dina Boluarte, el desconcierto ha crecido en el Perú. Protestas que comenzaron pidiendo la liberación del ex presidente han evolucionado a demandas por cambios en la política, que incluyen una reforma constitucional. En respuesta a estas movilizaciones, lideradas en su mayoría por gente de bajos recursos y peruanos indígenas de arreas rurales, las fuerzan del orden han respondido de forma desproporcionada.
Uno de los ejemplos crecientes de estas acciones fue el violento y arbitrario operativo realizado en los dormitorios de la Universidad San Marcos en Lima, el 22 de Enero, un hecho sin precedentes en la reciente historia democrática del Perú. Numerosos reportes de acceso público evidencian violaciones al debido proceso y uso de fuerza desproporcional, lo que requiere una fuerte respuesta de los Estados Unidos. Si bien reconocemos que una pequeña cantidad de protestantes han participado en actos violentos, el gobierno de Boluarte tiene responsabilidad de distinguir a los criminales de los protestantes pacíficos. Sin embargo, las fuerzas del orden han respondido de forma indiscriminada sin ningún cuidado a los derechos humanos. Y sin buscar reducir la tensión, el gobierno de Boluarte han aumentado las mismas al calificar de terroristas y limitando los derechos de los manifestantes.
Invitamos a que organizaciones de los derechos humanos condenen que las fuerzas del orden usen fuerza excesiva e indiscriminada contra civiles. El director de Amnistia Internacional escribió el 10 de enero que «la alta cifra de muertes, incluyendo a 18 personas en un solo día, requieren que las autoridades asuman responsabilidades». Otras grandes instituciones y lideres han declarado ya públicamente contra el gobierno de Boluarte incluyendo a las Naciones Unidas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Unión Europea y gobiernos latinoamericanos como Chile y Colombia.
Le recomendamos a su Administración, ante este contexto de debilitamiento político y de derechos humanos, que haga un llamado al cese de la violencia, así como al cumplimiento de la justicia y reconocimiento a las victimas. Estas condiciones son necesarias para un eventual establecimiento y aplicación de un proceso abierto de reconciliación y reformas.
Somos conscientes que, en el contexto actual, declaraciones oficiales de Estados Unidos en apoyo a Boluarte o pidiendo la paz por ambos lados resultan ambiguas. Estamos especialmente preocupados por una reunión entre la embajadora Lisa Kenna y el ministro de Defensa, que ha llevado al anuncio de un fondo de 8 millones de dólares para la lucha contra el cultivo de coca, que puede significar financiamiento para las fuerzas del orden que están involucradas en violaciones a los derechos humanos que tienen lugar en estos momentos. Le pedimos a su administración suspender la asistencia norteamericana a Perú hasta que la violenta represión y protestas terminen y el país de de pasos a la investigación y castigo a los culpables.
Agradecemos la atención de su administración a este problema y su llamado a «una inmediata e imparcial investigación», pero creemos que el gobierno estadounidense puede y debe hacer más. Creemos que nuestras acciones pueden significar una poderosa señal de apoyo a los derechos fundamentales. Miramos hacia adelante para trabajar y asegurar la protección de la democracia y los derechos humanos en Perú y en la región.
![No corresponde aplicar la reducción de la pena por vulneración del plazo razonable sin considerar quién habría provocado dicha dilación, máxime si el imputado fue declarado reo contumaz —dilatando su situación jurídica— [RN 602-2025, Lima Sur, f. j. 11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-ESPOSAS-DINERO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Falta de participación de la recurrente en la declaración preliminar de testigos protegidos —debido al carácter reservado de la investigación— no vulnera su derecho de defensa, porque esa limitación inicial se compensa con la posibilidad posterior de interrogarlos en juicio oral [Apelación 174-2025, Selva Central, f. j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Suprema reafirma que el acta de entrevista única en cámara Gesell no es inválida por el solo hecho de no haber sido realizada como prueba anticipada, siempre que haya sido incorporada válidamente al proceso y no se genere una afectación sustancial al derecho de defensa [Casación 1873-2022, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/nina-abuso-agresion-sexual-violacion-violencia-LPDerecho-218x150.png)

![Los docentes universitarios contratados, incluso a plazo indefinido, no tienen derecho a la reposición si no ingresaron por concurso público de méritos, correspondiéndoles únicamente la indemnización [Cas. Lab. 5148-2023, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)





![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)



![Cláusula penal por el desistimiento de la compra del inmueble equivalente al 30% del precio es abusiva [Resolución 642-2025/SPC-INDECOPI, f. j. 20]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)

![La «imposibilidad de presentar los planos visados del bien por negativa de la municipalidad» no acarrea el rechazo de la demanda; en su defecto se debe adjuntar los planos firmados por un arquitecto o ingeniero colegiado, la solicitud de visación presentada al municipio, y la respuesta que deniega la solicitud de visación [Casación 599-2017, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-ABOGADO-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Los registros de asistencia deben incluir mecanismos de seguridad contra alteración, manipulación, deterioro o pérdida [Casación 4636-2023, Arequipa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/horas-extras-sobretiempo-sobre-tiempo-trabajo-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)

![El principio según el cual «no hay pena sin dolo o culpa» (recogido en el art. 12 del Código Penal de 1991) exige que el actor haya actuado con voluntad de afectar bienes jurídicos (caso Marcelino Tineo Silva) [Exp. 00010-2002-AI/TC, f. j. 62]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![TC ordena la reposición de Samuel Joaquín Sánchez Melgarejo en el cargo de juez superior [Exp. 04513-2022-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/01/Samuel-Sanchez-Melgarejo-LPDerecho-218x150.png)

![JNE define cantidad de consejeros regionales que serán elegidos en las Elecciones Regionales 2026 [Resolución 0001-2026-JNE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/jurado-nacional-elecciones-JNE-LPDerecho-218x150.jpg)


![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)









![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)







![TC ordena la reposición de Samuel Joaquín Sánchez Melgarejo en el cargo de juez superior [Exp. 04513-2022-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/01/Samuel-Sanchez-Melgarejo-LPDerecho-324x160.png)
![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)






![No corresponde aplicar la reducción de la pena por vulneración del plazo razonable sin considerar quién habría provocado dicha dilación, máxime si el imputado fue declarado reo contumaz —dilatando su situación jurídica— [RN 602-2025, Lima Sur, f. j. 11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-ESPOSAS-DINERO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![TC ordena la reposición de Samuel Joaquín Sánchez Melgarejo en el cargo de juez superior [Exp. 04513-2022-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/01/Samuel-Sanchez-Melgarejo-LPDerecho-100x70.png)
