Legisladores norteamericanos suscribieron una carta en la que expresan su preocupación por las posibles violaciones a los derechos humanos cometidos en las recientes protestas contra el gobierno de Dina Boluarte. Y, por lo tanto, piden al gobierno norteamericano cortar los fondos de apoyo «a la seguridad» que brinda o tiene planeado otorgar a nuestro país.
A continuación, dicha carta traducida al español, donde se subrayan las muertes que han dejado las recientes protestas y el controversial operativo en San Marcos de hace unas semanas.
Querido presidente Biden.
Escribimos con preocupación por las violaciones a los derechos humanos cometidas con excesiva violencia por las fuerzas del orden peruanas en respuesta a las protestas a nivel nacional en las últimas semanas.
Estas acciones han resultado en al menos 47 ciudadanos fallecidos y cientos de heridos. En vista a las complicaciones políticas y a la situación de los derechos humanos, le imploramos que públicamente denuncie estas violaciones y aplique presión al gobierno peruano para que respete el derecho a la protesta pacifica y el debido proceso.
También le pedimos a su Administración que detenga temporalmente todos los fondos de asistencia de los Estados Unidos hacia el gobierno peruano hasta que su Administración pueda confirmar ante los miembros del Congreso que está represión ha terminado y que las autoridades peruanas han asegurado las medidas efectivas para asegurar justicia y responsabilidad para victimas y sobrevivientes.
Desde que las protestas comenzaron luego de la destitución y arresto del ex presidente Pedro Castillo y el posterior ascenso al poder de la ex vice presidenta Dina Boluarte, el desconcierto ha crecido en el Perú. Protestas que comenzaron pidiendo la liberación del ex presidente han evolucionado a demandas por cambios en la política, que incluyen una reforma constitucional. En respuesta a estas movilizaciones, lideradas en su mayoría por gente de bajos recursos y peruanos indígenas de arreas rurales, las fuerzan del orden han respondido de forma desproporcionada.
Uno de los ejemplos crecientes de estas acciones fue el violento y arbitrario operativo realizado en los dormitorios de la Universidad San Marcos en Lima, el 22 de Enero, un hecho sin precedentes en la reciente historia democrática del Perú. Numerosos reportes de acceso público evidencian violaciones al debido proceso y uso de fuerza desproporcional, lo que requiere una fuerte respuesta de los Estados Unidos. Si bien reconocemos que una pequeña cantidad de protestantes han participado en actos violentos, el gobierno de Boluarte tiene responsabilidad de distinguir a los criminales de los protestantes pacíficos. Sin embargo, las fuerzas del orden han respondido de forma indiscriminada sin ningún cuidado a los derechos humanos. Y sin buscar reducir la tensión, el gobierno de Boluarte han aumentado las mismas al calificar de terroristas y limitando los derechos de los manifestantes.
Invitamos a que organizaciones de los derechos humanos condenen que las fuerzas del orden usen fuerza excesiva e indiscriminada contra civiles. El director de Amnistia Internacional escribió el 10 de enero que «la alta cifra de muertes, incluyendo a 18 personas en un solo día, requieren que las autoridades asuman responsabilidades». Otras grandes instituciones y lideres han declarado ya públicamente contra el gobierno de Boluarte incluyendo a las Naciones Unidas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Unión Europea y gobiernos latinoamericanos como Chile y Colombia.
Le recomendamos a su Administración, ante este contexto de debilitamiento político y de derechos humanos, que haga un llamado al cese de la violencia, así como al cumplimiento de la justicia y reconocimiento a las victimas. Estas condiciones son necesarias para un eventual establecimiento y aplicación de un proceso abierto de reconciliación y reformas.
Somos conscientes que, en el contexto actual, declaraciones oficiales de Estados Unidos en apoyo a Boluarte o pidiendo la paz por ambos lados resultan ambiguas. Estamos especialmente preocupados por una reunión entre la embajadora Lisa Kenna y el ministro de Defensa, que ha llevado al anuncio de un fondo de 8 millones de dólares para la lucha contra el cultivo de coca, que puede significar financiamiento para las fuerzas del orden que están involucradas en violaciones a los derechos humanos que tienen lugar en estos momentos. Le pedimos a su administración suspender la asistencia norteamericana a Perú hasta que la violenta represión y protestas terminen y el país de de pasos a la investigación y castigo a los culpables.
Agradecemos la atención de su administración a este problema y su llamado a «una inmediata e imparcial investigación», pero creemos que el gobierno estadounidense puede y debe hacer más. Creemos que nuestras acciones pueden significar una poderosa señal de apoyo a los derechos fundamentales. Miramos hacia adelante para trabajar y asegurar la protección de la democracia y los derechos humanos en Perú y en la región.
![Consumación en el delito de extorsión en cobro en cadena (coautoría ejecutiva) [Expediente 249-2025-26, f. j. 14-15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/GIAMMPOL-AUTO-REVOCATORIA-PERIODO-PRUEBA-LPDERECHO3-1-218x150.jpg)
![La afiliación a una organización terrorista se prueba con actos concretos, como la participación activa del agente en reuniones con sus miembros —recibió adoctrinamiento ideológico-político por Sendero Luminoso y captó nuevos militantes— (caso Guillermo Bermejo) [Exp. 00059-2015-0, pp. 54-56]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/Guillermo-Bermejo-con-fondo-de-Poder-Judicial-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Juez Wilson Verástegui se inhibe de conocer caso Cócteles [Exp. 00299-2017-336]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/KEIKO-FUJIMORI-PJ-DOC-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Fundamento de voto: La declaratoria de ilegalidad de un partido político es una herramienta excepcionalísima para defender la democracia, un botón rojo que solo debe activarse en casos extremos que pongan en grave riesgo el sistema democrático [Exp. 01026-2025-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Modificación del reglamento interno de la edificación procede solo si la ampliación de fábrica fue previamente inscrita [Resolución 2628-2018-Sunarp-TR-L]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/CONDOMINIOS-EDIFICIOS-DEPARTAMENTOS-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











![La prueba de la propiedad no solo comprende el último título, toda vez que este depende directamente de la validez de los títulos anteriores [Casación 6468-2019, Puno, ff. jj. 7-11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-FIRMA-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Suprema interpreta artículo 37 del TUO 728: el despido no puede deducirse y la carga de la prueba corresponde al trabajador [Casación 15624-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadores-reunion-jefe-gritos-mal-ambiente-laboral-oficina-despido-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Puede un funcionario público patrocinar a particulares en procesos contra la misma entidad donde labora? [Informe Técnico 947-2025-Servir-GPGSC] Servir](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Autoridad-Nacional-del-Servicio-Civil-LP-Derecho-218x150.png)
![Suprema fija plazo de 20 días para impugnar laudos económicos que resuelven una negociación colectiva bajo la Ley 31188 [Apelacion 2510-2024, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Varias organizaciones sindicales pueden negociar en conjunto si ninguna alcanza el cincuenta por ciento más uno de afiliados? [Informe Técnico 1269-2025-Servir-GPGSC] sindicato licencia sindical](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/sindicato-licencia-sindical-LPDerecho-218x150.png)
![No existe limitación en la Constitución en relación con la legitimidad del fiscal de la Nación para interponer demandas de inconstitucionalidad [Exp. 0001-2012-PI/TC, f. j. 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/LIMITACION-CONSTITUCION-FISCAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Voto singular: El hábeas corpus no procede contra resoluciones sobre medios técnicos de defensa (excepción de naturaleza de acción), pues estos no inciden en la libertad individual ni corresponde al juez constitucional sustituir el análisis de la justicia ordinaria (caso Cócteles) [Exp. 02109-2024-HC/TC, pp. 116-117]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/VOTO-SINGULAR-HABEAS-CORPUS-RESOLUCIONES-MEDIOS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La libertad de contratación no puede ejercerse al margen de las normas que rigen el ordenamiento jurídico, como la prohibición de tercerización de actividades que forman parte del núcleo del negocio, dado que esta se fundamenta en la protección constitucional de los derechos laborales [Exp. 03097-2024-PA/TC, ff. jj. 68-69]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/LIBERTAD-CONTRATACION-MARGEN-JURIDICO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Javier Eduardo Franco Castillo es designado jefe de la Sunat [Resolución Suprema 037-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/superintendencia-aduanas-sunat-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Contraloría dispone uso obligatorio de casilla electrónica en procedimiento sancionador [Resolución de Contraloría 478-2025-CG]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/la-contraloria-3-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[VIDEO] Hay jueces que rechazan cautelares porque «el caso es complejo», advierte Giovanni Priori en LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/JUECES-RECHAZAN-CAUTELARES-GIOVANNI-LPDERECHO-218x150.jpg)







![URGENTE: Lea la resolución que condena a Guillermo Bermejo a 15 años de cárcel por «pertenencia» a Sendero Luminoso [Exp. 00059-2015-0-5001-JR-PE-01] Guillermo Bermejo-sentencia](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/Guillermo-Bermejo-sentencia-LP-Derecho-324x160.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Consumación en el delito de extorsión en cobro en cadena (coautoría ejecutiva) [Expediente 249-2025-26, f. j. 14-15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/GIAMMPOL-AUTO-REVOCATORIA-PERIODO-PRUEBA-LPDERECHO3-1-324x160.jpg)
![Fundamento de voto: La declaratoria de ilegalidad de un partido político es una herramienta excepcionalísima para defender la democracia, un botón rojo que solo debe activarse en casos extremos que pongan en grave riesgo el sistema democrático [Exp. 01026-2025-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-100x70.jpg)
![Falta de legitimidad de la parte agraviada para apelar auto de prescripción de la pena [Expediente 5765-2014-21, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/GIAMMPOL-AUTO-REVOCATORIA-PERIODO-PRUEBA-LPDERECHO3-1-100x70.jpg)


![URGENTE: Lea la resolución que condena a Guillermo Bermejo a 15 años de cárcel por «pertenencia» a Sendero Luminoso [Exp. 00059-2015-0-5001-JR-PE-01] Guillermo Bermejo-sentencia](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/Guillermo-Bermejo-sentencia-LP-Derecho-100x70.png)