Las razones que explican el crecimiento del arbitraje comercial internacional

• En los últimos años, el arbitraje se ha consolidado con instituciones, procedimientos, reglas y tribunales, cuyas decisiones finales son aceptadas por las partes en disputa y por los tribunales judiciales a nivel mundial. José Daniel Amado, socio de Miranda & Amado, analizó este fenómeno global en una reciente conferencia internacional.

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En un foro virtual organizado por Delos Dispute Resolution, institución independiente de arbitraje internacional con sede principal en París, cuyo consejo consultivo integra, Jose Daniel Amado explicó las razones de este crecimiento único en la historia de la práctica legal internacional, reunidas bajo tres conceptos principales: el soporte dado por los Estados en los cinco continentes, la organización desde el sector privado de todo un sistema de arbitraje confiable y aceptado a nivel global, y las iniciativas adoptadas por la comunidad de arbitraje para responder a las necesidades del comercio internacional.

“La piedra angular del sistema internacional de arbitraje es la Convención de Nueva York sobre el Reconocimiento y la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras, tratado originado en 1958 que es reconocido como el más importante en la legislación comercial internacional y del cual son signatarios 169 países (86% del total mundial). Tenemos también el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial, que nació en 1965 para facilitar la resolución de disputas entre Estados a favor de la paz y se ha convertido en una institución moderna, multifacética, adaptada a las necesidades de la comunidad internacional, con  164 países miembros. Y, finalmente, la ley modelo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (Uncitral por sus siglas en inglés), actualizada en el 2006, para asistir a los Estados en la modernización de sus leyes de arbitraje, que cubre todas las etapas del proceso arbitral, desde el acuerdo de arbitraje, la composición y competencias del tribunal, y los límites de la intervención judicial en materia arbitral. Estas instituciones, que conversan entre ellas, reflejan un consenso global en aspectos claves de las prácticas de arbitraje internacional, con reglas que son aceptadas por Estados de todos los continentes, incluso con diferentes sistemas legales o económicos”, explica José Daniel Amado.

A este apoyo de los Estados a la construcción de un sistema de arbitraje internacional cuyas decisiones finales son aceptadas por todas las partes, se suma el desarrollo desde el sector privado de mecanismos, reglas y directrices sin carácter vinculante usualmente adoptados por tribunales internacionales independientes al ser considerados adecuados para la institución del arbitraje, dotados de contenido ético, y que garantizan el derecho a la representación de las partes y la seguridad jurídica. Así se ha favorecido la resolución de disputas comerciales sin distinción de nacionalidades, ayudando a promover las inversiones internacionales al proveer confianza en los procesos de resolución de disputas.

No solamente eso. Las instituciones de arbitraje internacional han evolucionado y se han multiplicado para hacerse verdaderamente internacionales. Entre todas ellas –las grandes y las más pequeñas– han logrado crear un entorno global de confianza con reglas similares en diferentes continentes y la aparición de abogados y árbitros capaces de desempeñarse en distintas jurisdicciones. Estas mismas instituciones contribuyen a formar cientos de profesionales calificados en el arbitraje comercial internacional con acreditaciones y capacitaciones constantes. Como apunta el Dr. Amado, si hasta los años noventa el arbitraje internacional era una práctica sofisticada, restringida solo a los grandes despachos y estudios boutique de abogados litigantes de mucho prestigio, todo este sistema ha creado una comunidad de árbitros y abogados que ejercen dentro de un sistema legal de procedimientos aceptados a nivel global, confiable en todas las regiones del planeta. Por citar ejemplos locales, la Cámara de Comercio de Lima,  AmCham y la PUCP cuentan con Centros de Arbitraje muy activos en disputas transfronterizas, capacitados para emitir laudos arbitrales reconocidos internacionalmente, acordes a la Convención de Nueva York.

“Todo lo avanzado en los últimos años para consolidar esta comunidad de arbitraje internacional como un sistema legal aceptado, confiable, que funciona en todas las regiones del mundo, nos hace ver con entusiasmo el futuro de esta práctica legal. Para ello, de acuerdo con los tiempos y necesidades, se aplican además iniciativas para hacer de este un sistema más transparente, comprometido en la lucha contra la corrupción y con diversidad e igualdad de oportunidades para sus actores. Por ejemplo, cada vez tenemos más participación femenina en las diferentes instancias de arbitraje comercial internacional en todos los continentes. Todo esto contribuye a darle mayores garantías y seguridad jurídica a las inversiones y los negocios internacionales”, finaliza el Dr. Amado.

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