Fundamento destacado.- 4. El Procedimiento especial para la remisión condicional de la pena, está previsto en los artículos 16, 17, 18, 19 y 20 del Decreto Legislativo N.° 1513, el mismo que se inicia con la lista nominal de internos condenados que cumplan con las medidas establecidas en la norma (mínima lesividad), en el plazo de 10 días hábiles lo remite en este caso a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huánuco y está en el plazo de 24 horas las renvía a los Jueces de Emergencia Penitenciaria, recibida la lista nominal de internos, traslada al Fiscal también de emergencia Penitenciaria, quién tiene como plazo máximo de 5 días hábiles para dar su conformidad u oposición, cuando identifique que algún interno no se encuentre dentro de los supuestos de la norma, adjuntando la documentación que la sustente, vencido el plazo el especialista judicial asignado, emitirá una razón identificando a cada uno de los internos que se encuentren en los supuestos de la norma, los expedientes judiciales, el Juzgado de origen y verificado la identidad de cada uno de los internos a través del Sistema de Registro Nacional de Identificación y Registro Civil, con esta información el Juez emite la resolución colectiva, que en este caso corresponde a la Remisión condicional de la pena, para tal efecto cuenta con 15 días calendarios luego de vencer el plazo de oposición o conformidad.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUÁNUCO
PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA, ADICIÓN DE SUS FUNCIONES JUEZ DE EMERGENCIA PENITENCIARIA DEL DISTRITO DE RUPA RUPA- TINGO MARIA
1° JUZ. INVESTIGACION PREPARATORIA – TINGO MARÍA EN ADICIÓN DE SUS FUNCIONES JUEZ DE EMERGENCIA PENITENCIARIA
EXPEDIENTE : 00660-2020-19-1217-JR-PE-01
CUADERNO : REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA
JUEZ : ABRAHAM LIMAYLLA TORRES
ESPECIALISTA : JORGE LUIS BLASS VENTOCILLA
MINISTERIO PUBLICO: FISCALÍA DE EMERGENCIA PENITENCIARIA
DELITO : TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS, HURTO AGRAVADO Y OTROS.
Resolución Nro. 03
Tingo María, tres de agosto del dos mil veinte
AUTOS Y VISTOS: Los procesos que registran condenas sujetas a la remisión condicional de la pena conforme al Decreto Legislativo N.° 1513 Y CONSIDERANDO:
I. CUADERNOS PARA EVALUAR LA REMISION CONDICIONAL DE LA PENA
En mérito al listado nominal que ha remitido el Personal Responsable del INPE– Huánuco, con la corroboración de datos que se ha realizado por el Sistema Integrado de Justicia de parte del Especialista de causas y del suscrito, se ha registrado los siguientes casos:
1) Expediente N. 443-2017-67-2JIP, seguido contra Carlos Edinson Acuña De la Cruz, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
2) Exp. N°. 875-2017-75-1JIP, seguido contra Ruben Jaime Alvarado Huatuco, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar,
3) Exp. N°. 549-2017-71-2JIP, seguido contra Leticia Arce Alvarez y Cleofe Fausto Huaman, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
4) Exp. N°. 641-2016-67-2JIP, seguido contra Anselmo Arhuire Yerba, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
5) Exp. N°. 613-2016-16-2JIP, seguido contra Roy Alexander Arostegui Encarnación y Zosimo Arostegui Encarnación, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
6) Exp. N°. 168-2018-10-1JIP, seguido contra Percy Lopez Burgos, por el delito de Hurto Agravado,
7) Exp. N°. 580-2016-24-2JIP, seguido contra Albert o Matamoros Ramos y Albert Alexander Bardalez Valles, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
8) Exp. N°. 1146-2015-38-2JIP, seguido contra María Barrueta Portalatino, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
9) Exp. N°. 855-2017-1JIP, seguido contra Klaus Barrueta Salis y Jeimi Nicanor Credo Peña, por el delito de Hurto Agravado,
10) Exp. N°. 669-2015-81-2JIP, seguido contra Jhoan Dennis Baylon Valdez, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
11) Exp N°. 851-2016-4-2JIP, seguido contra Pedro Aramis Bermudez Escalante, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
12) Exp. N°. 1334-2016-48-2JIP, seguido contra Joel Brioso Caldas, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
13) Exp. N°. 255-2018-46-1JIP, seguido contra Alan Alex Cabello Zevallos, por el delito de Hurto Agravado,
14) Exp. N°. 1345-2016-74-1JIP, seguido contra Kevin Rusver Cachique Ruvina, por el delito de Hurto Agravado,
15) Exp. N°. 361-2018-51-2JIP, seguido contra Antonio Niño Calixto, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
16) Exp N. 552-2017-40-2JIP, seguido contra Alejandro Eber Camacho Lujan, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
17) Exp. 1177-2016-71-2JIP, seguido contra Antenor Campos Marticorena, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
18) Exp. N°. 602-2017-5-1JIP, seguido contra Percy Eloroaldo Capcha Mejía, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
19) Exp. N°. 1273-2017-53-2JIP, seguido contra Mary Edith Chávez Vega, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
20) Exp N. 69-2015-3-2JIP, seguido contra Moises Cierto Alvarez, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
21) Exp. 1315-2018-48-JUP, seguido contra Miguel Angel Del Aguila Cordova, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
22) Exp. N°. 1620-2015-52-2JIP, seguido contra Grover Domínguez Romero, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
23) Exp. N°. 1499-2014-9-2JIP, seguido contra Jim Osler Encarnación Espinoza, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
24) Exp N. 27-2015-79-2JIP, seguido contra Giancarlo Espejo de la Torre, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
25) Exp. 551-2017-22-2JIP, seguido contra Wilman García Benites, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
26) Exp. N°. 1082-2018-61-2JIP, seguido contra Javier Gonzales Vásquez, por el delito de Estafa Agravada,
27) Exp. N°. 343-2016-81-2JIP, seguido contra Juan Alexander Huaman Robles, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
28) Exp N. 999-2016-93-1JIP, seguido contra Jorge Marcelino Isidro Retis, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar,
29) Exp. N°. 641-2016-67-2JIP, seguido contra David Ruben Jara Romero, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
30) Exp. N°. 1488-2017-16- 2JIP, seguido contra Pablo Jerónimo Ibarra, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
31) Exp. N°. 168-2018-10-1JIP, seguido contra Percy López Burgos, por el delito de Hurto Agravado,
32) Exp N. 1205-2017-97-2JIP, seguido contra Antonio Lopez Diaz, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
33) Exp. N°. 1235-2015-7-2JIP, seguido contra Moises Montoya Díaz, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
34) Exp. N°. 454-2016-37-2JIP, seguido contra Hugo Noreña Dionicio, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
35) Exp. N°. 806-2017-0-1JIP, seguido contra Darwin Fernando Ordoñez Peña, por el delito de Hurto Agravado,
36) Exp N°. 641-2016-0-2JIP, seguido contra Ruben Ortiz Rojas, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
37) Exp. N°. 429-2017-18-2JIP, seguido contra Edith Jersi Quispe Rubio, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
38) Exp. N°. 394-2017-92-2JIP, seguido contra Manzur Rivera Carhua, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
39) Exp. N°. 267-2017-30-2JIP, seguido contra Isaías Rodríguez Alminco, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
40) Exp. N°. 187-2017-79-2JIP, seguido contra Manuel Rojas Vela, por el delito de Hurto Agravado,
41) Exp. N°. 700-2019-18- 2JIP, seguido contra Cesar Adan Promero Ollais, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
42) Exp. N°. 19-2015-31-2JIP, seguido contra Celestina Rosales Carrera, por el delito de Tráfico Ilícita de Drogas,
43) Exp N. 989-2015-31-2JIP, seguido contra Milton Rucoba Muñoz, por el delito de Hurto Agravado,
44) Exp. N°. 1163-2015-5-2JIP, seguido Ascencio Humberto Ruiz, por el delito de Robo Agravado,
45) Exp. N°. 294-2016-49-2JIP, seguido contra Kremlin Bani Sajamin Meza, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
46) Exp. N°. 624-2018-44-2JIP, seguido contra Oscar Saldaña Panduro, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
47) Exp N°. 1210-2017-53-2JIP, seguido contra Werlyn Ander Sangama Reyes, por el delito de Hurto Agravado,
48) Exp. N°. 613-2016-16-2JIP, seguido contra Mariano Simón Berrospi, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas,
[Continúa…]
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![El poseedor también puede ser el agraviado en el delito de daños, al amparo del art. 912 del CC que señala que se presume propietario a quien posee el bien mientras no se pruebe lo contrario [Casación 228-2024, Apurímac, f.j. 3.3-3.6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/propiedad-civil-inmueble-casa-vivienda-mazo-predio-familia-llave-posecion-juez-LPDerecho-218x150.jpg)
![La variación del título de intervención del imputado no constituye causal de nulidad no genera indefensión si es que no se altera el marco fáctico (juez varió la imputación de instigador a cómplice primario al advertir que el imputado no solo incitó la decisión criminal —robo agravado—, sino que también participó de forma fundamental al proporcionar datos relevantes para la consumación del ilícito) [Casación 555-2022, Ucayali, f. j. 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/logo-oficial-LPDerecho-218x150.png)

![Suprema delimita el alcance de la presunción de veracidad de las actas de infracción que emiten los inspectores de trabajo [Casación 24056-2023, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/inspectores-sunafil-LPDerecho-218x150.png)
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![Alimentos: Aunque el padre percibe al mes dos sueldos mínimos (como gerente general de una empresa y como administrador de una notaría), sus cuentas en diversos bancos registran movimientos que suman, en total, cerca de S/159 000, por lo que, sumado al hecho de que tiene tres inmuebles inscritos a su nombre, resulta razonable ordenarle el pago de una pensión alimenticia de S/1000 mensuales a cada una de sus dos hijas [Exp. 02567-2024-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/pension-alimentos-LPDerecho-218x150.jpg)
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![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)












![No se puede restringir la prueba por falta de formalidad en la absolución escrita de acusación (se limitó al imputado a ofrecer pruebas por defectos formales en su escrito de absolución, al haber sido consignados bajo el apartado de sobreseimiento y no como sustento de la absolución de la acusación) [Casación 864-2016, Del Santa, f. j. 5] Juez audiencia - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Juez-audiencia-LPDerecho-218x150.png)
![Defensa pública recién asignada en audiencia preliminar no puede observar la acusación en esa instancia, porque ello contraviene el principio de igualdad de armas y conlleva a desfavorecer recientemente en audiencia [I Pleno Jurisdiccional Distrital Penal y Procesal Penal de Pasco, 2016] Corte Superior de Justicia de Pasco](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Corte-Superior-de-Justicia-de-Pasco-LPDerecho-218x150.jpg)


![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)


![¿Corresponde otorgar licencia con goce de haber a profesionales que asumen cargos en su colegio profesional? [Informe Técnico 00540-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-3-LPDERECHO-100x70.jpg)




![¿En qué momento se consuma el delito de estelionato? [RN 586-2020, Lima] ESTAFA-(5)-LPDERECHO](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/ESTAFA-5-LPDERECHO-324x160.jpg)