La Junta Nacional de Justicia (JNJ) declaró procedente la solicitud de abstención presentada por María Teresa Cabrera Vega contra Francisco Távara Córdova. La medida lo aparta de la Denuncia 1017-2025-JNJ y de todos los procedimientos vinculados a la Resolución 231-2025-JNJ, que dispuso la reincorporación de Patricia Benavides al Ministerio Público.
La decisión fue formalizada en la Resolución 443-2025-JNJ, del 12 de septiembre de 2025. En el documento se precisa:
Declarar procedente la solicitud de abstención formulada por la señora María Teresa Cabrera Vega, miembro titular de la Junta Nacional de Justicia, contra el señor Francisco Artemio Távara Córdova, por configurarse la causal prevista en el numeral 2) del artículo 99 del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444.
El pedido de abstención se sustentó en que Távara, en entrevistas concedidas a medios de comunicación, fijó una posición respecto a la validez de la Resolución 231-2025-JNJ, lo que fue interpretado como un adelanto de opinión. Cabrera citó el inciso 2 del artículo 99 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, que obliga a abstenerse cuando la autoridad «hubiere manifestado previamente su parecer sobre el mismo asunto, de modo que pudiera entenderse que se ha pronunciado sobre el fondo del procedimiento».
En su descargo, presentado mediante la Carta 034-2025-FATC-JNJ, Távara rechazó el pedido. Alegó que «no existe causal válida para que se abstenga de participar en la Denuncia 1017-2025-JNJ», y defendió su competencia para continuar conociendo el caso.
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Sin embargo, el pleno de la JNJ concluyó lo contrario. El colegiado revisó el Memorando 079-2025-MTCV/JNJ, presentado por Cabrera, y consideró acreditado que las declaraciones de Távara sobre la resolución mencionada, constituían un pronunciamiento anticipado. El documento precisa:
Se infiere un pronunciamiento que, en lo que a la Resolución N.° 231-2025-JNJ refiere, adelanta un parecer sobre el mismo que puede entenderse como uno que determine su posición respecto a la presente denuncia y respecto a casos de similar contenido.
La decisión fue adoptada por mayoría en el pleno de la JNJ. No obstante, se registraron los votos en discordia de los consejeros Jaime Pedro de la Puente Parodi y Germán Alejandro Julio Serkovic Gonzales, quienes expresaron una postura distinta a la resolución mayoritaria.
El acuerdo precisa que la abstención de Távara alcanza no solo a la denuncia, sino también a «todos aquellos procedimientos sucedáneos que guarden vinculación directa con la emisión de la Resolución».
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