Instalan el Colegio de Abogados de Lima Este y reconocen a la Junta Directiva elegida para el periodo 2023-2024 [RA 001053-2022-P-CSJLE-PJ]

Instalan el Colegio de Abogados de Lima Este y reconocen a la Junta Directiva elegida para el periodo enero de 2023 a diciembre de 2024

PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE

Resolución Administrativa N° 001053-2022-P-CSJLE-PJ

Ate, 29 de diciembre de 2022

VISTO:

La Ley Colegio de Abogados Ley N° 1367, la Resolución N° 004-2022-CE de fecha 27 de diciembre de 2022 del Comité Electoral del Colegio de Abogados de Lima Este, la Resolución N° 005-2022-CE de fecha 27 de diciembre de 2022 del Comité Electoral del Colegio de Abogados de Lima Este; y,

CONSIDERANDO:

Primero. De conformidad con el artículo 20 de la Constitución los colegios profesionales son instituciones autónomas con personalidad de derecho público.

Asimismo, el artículo 76 del Código Civil, señala que la persona jurídica de derecho público interno se rige por la ley de su creación. Consecuentemente, los Colegios de Abogados se rigen por lo dispuesto en la Ley N°1367 promulgada el 20 de diciembre de 1910.

Ley que otorga al Presidente de la Corte Superior de un Distrito Judicial la facultad de instalar el Colegio de Abogados para su jurisdicción, sobre la base de esa normativa es que mediante Resolución Administrativa N° 702-2022-P-CSJLE-PJ se conformó la Mesa Preparatoria para la elección de los miembros del Comité Electoral, el mismo que posteriormente fue aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000944-2022-P-CSJLE-PJ de fecha 24 de noviembre de 2022.

Segundo. En este contexto, mediante el Comunicado N° 010-2022-CE de fecha 20 diciembre de 2022, el Comité Electoral del Colegio de Abogados de Lima Este comunicó que en sesión virtual llevada a cabo el día martes 20 de diciembre de 2022, se acordó por unanimidad que las Elecciones Generales se desarrollaría indefectiblemente el día viernes 23 de diciembre del 2022, desde las 08:30 horas hasta las 18:30 horas, en el local de votación ubicado en la sede central de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, sito en Av. Simón Bolívar N° 114-116, Urb. Puruchuco-Ate.

Tercero. Mediante Resolución N°004-2022-CE de fecha 27 de diciembre el Comité Electoral del Colegio de Abogados de Lima Este, habiéndose concretado el proceso electoral en la fecha prevista el 23 de diciembre del 2022, resolvió tener por concluido el proceso electoral.

Y finalmente, mediante Resolución N° 005-2022-CE de fecha 27 de diciembre de 2022, el Comité Electoral del Colegio de Abogados de Lima Este, estando que a la fecha no se había presentado recurso impugnatorio alguno contra las Elecciones Generales llevadas a cabo el día viernes 23 de diciembre del 2022, en las cuales resultó como Lista Ganadora, la Lista N° 01 (uno) representada por el abogado José Luis Silvestre Cortez; proclamó como lista ganadora de las elecciones generales del Ilustre Colegio de Abogados de Lima Este, a la lista N° 01 (uno).

Cuarto. En tal sentido, verificadas las actas de instalación, sufragio y escrutinio, se advierte que se ha cumplido con consignar los datos concernientes a la fecha, hora, electores concurrentes, votos válidos, en blanco, nulos, impugnados y emitidos. Asimismo, luego de des lacrados los sobres, se procedió a revisar su contenido, advirtiéndose que efectivamente hay 65 votos válidos debidamente suscritos a favor de la Lista N° 01 (uno) representada por el abogado José Luis Silvestre Cortez. Consecuentemente, en mérito a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley N° 1367, corresponde instalar el Colegio de Abogados de Lima Este, reconociendo a la Junta Directiva elegida en votación secreta, como órgano de gobierno y gestión del Colegio de Abogados de Lima Este para el periodo enero de 2023 a diciembre de 2024.

Quinto. Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas en el artículo 2 de la Ley N° 1367, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Este.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- INSTALAR el COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA ESTE, como órgano autónomo, independiente y representativo de los abogados que agremie.

Artículo segundo.- RECONOCER a la JUNTA DIRECTIVA elegida como órgano de gobierno y gestión del Colegio de Abogados de Lima Este para el periodo enero de 2023 a diciembre de 2024. Cuyos integrantes se detalla a continuación:

Artículo Tercero.- DISPONER que se lleve a cabo el acto de juramentación el día 29 de diciembre de 2022 en la avenida Separadora Industrial, cruce con calle Hilanderos N° 109 Urbanización Vulcano-Distrito de Ate, a horas 3:00 pm.

Artículo cuarto.- PONER EN CONOCIMIENTO la presente Resolución Administrativa a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Presidencia del Poder Judicial, a la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Prensa, e Interesados.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

MAXIMO DIONICIO OSORIO ARCE
Presidente de la CSJ de Lima Este

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