Tras procedimientos de oficio, la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal impuso multas totales por 12.8 UIT, equivalente a S/ 63 360.
La Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) del Indecopi sancionó a dos empresas que ofrecieron asesoramiento para la obtención de licencias de conducir, sin contar con autorización municipal. Así, les impuso una multa total de 12.8 UIT (unidades impositivas tributarias), equivalente a S/ 63 360. Además, ordenó el cese definitivo e inmediato de la realización de las actividades económicas que ofrecían en sus establecimientos.
Mediante la Resolución n.° 070-2023/CCD-INDECOPI de fecha 30 de mayo de 2023, la CCD señaló que la empresa Mary Car’s Perú S.A.C. brindaba el servicio de asesoramiento para la obtención de brevetes, prácticas y clases de manejo en su establecimiento, ubicado en Panamericana Sur Km. 21.5, Touring-Conchán, en el distrito de Villa El Salvador, sin contar con la autorización municipal que la faculte a desarrollar dichas actividades económicas. Le aplicó una multa de 9.97 UIT (S/ 49 351.50).
La segunda sanción fue para una persona natural que brindó el servicio de escuela de conductores, en el establecimiento comercial Escuela de Conductores y Asesoramiento Niño Jesús, ubicado en mz. F, lt. 3, Villa El Milagro, distrito de Villa El Salvador, sin contar con la citada autorización municipal, según la Resolución n.°071-2023/CCD-INDECOPI de fecha 30 de mayo de 2023. La multa impuesta fue de 2.83 UIT (S/ 14 008.50).
Cabe precisar que la licencia municipal es necesaria para que los agentes económicos participen en el mercado de manera lícita, cumpliendo con todos los requisitos establecidos por la autoridad competente para operar en un establecimiento determinado.
Además, dicha infracción reportaba a las empresas una ventaja significativa, colocándolas en mejor posición entre sus competidores, quienes sí operan con las debidas autorizaciones, cuya obtención es resultado de un trámite administrativo que implica inversión de recursos económicos y de tiempo.
Las resoluciones son públicas y pueden revisarse a través del siguiente enlace:
https://servicio.indecopi.gob.pe/buscadorResoluciones/competencia.seam
Las empresas sancionadas se encuentran dentro del plazo legal para presentar un recurso de apelación ante la Sala Especializada en Defensa de la Competencia, segunda y última instancia administrativa.
La presente información se pone en conocimiento en atención a lo establecido en el artículo 39 del Decreto Legislativo n.°1044 – Ley de Represión de la Competencia Desleal, modificado por el Decreto Legislativo n.°1391, Decreto Legislativo que Simplifica los Procedimientos Contemplados en Normas con Rango de Ley que se Tramitan en el Indecopi y Precisa Competencias, Regulaciones y Funciones del Indecopi.