Investigan a Interbank tras reclamos sobre disminución de saldos en cuentas bancarias

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Los usuarios de Interbank reportaron una presunta reducción del dinero que almacenan en sus cuentas bancarias. Estos reclamos han provocado que Indecopi, a través de la Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor 3 (CC3), inicie de oficio una investigación preliminar a la empresa.

Los hechos suscitan cuestionamientos porque, de acuerdo con el Código de Protección y Defensa del Consumidor, los proveedores deben ofrecer a los consumidores todos los detalles relevantes para efectuar un uso adecuado de los productos o servicios ofrecidos.

Según el Indecopi, “estos deben corresponder a lo ofrecido a los consumidores en función a la información transmitida, así como las características y naturaleza de los productos o servicios”.

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Monitoreo de Indecopi

Desde el último fin de semana, la Dirección de Fiscalización ha monitoreado y recogido información sobre los presuntos inconvenientes reportados por los usuarios. Dichas pesquisas derivaron en la citada investigación preliminar.

En caso de encontrar aparentes infracciones, el Código de Protección y Defensa del Consumidor avala el inicio de un procedimiento administrativo sancionador hacia la empresa implicada.

De verificarse infracciones, agrega el organismo, se impondrían las sanciones pertinentes a Interbank y medidas correctivas en beneficio de los consumidores afectados.

Así se indica en el artículo 1 del capítulo 1 (Derechos de los consumidores):

b. Derecho a acceder a información oportuna, suficiente, veraz y fácilmente accesible, relevante para tomar una decisión o realizar una elección de consumo que se ajuste a sus intereses, así como para efectuar un uso o consumo adecuado de los productos o servicios.

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Procedimientos a cargo del Indecopi

En el artículo 106 del Código de Protección y Defensa del Consumidor se precisan los trámites a cargo del Indecopi:

a. Procedimientos sancionadores:
(i) Por infracción a las normas de protección al consumidor.
(ii) Por incumplimiento de acuerdo conciliatorio o de laudo arbitral.
(iii) Procedimiento administrativo sancionador por:
1. Proporcionar información falsa u ocultar, destruir o alterar información o cualquier libro, registro o documento que haya sido requerido durante la tramitación de un procedimiento.
2. Negativa injustificada a cumplir un requerimiento de información efectuado.
3. Denuncia maliciosa.

b. Procedimientos sancionadores por incumplimiento de mandatos:
(i) Por incumplimiento de medidas correctivas.
(ii) Por incumplimiento de pago de costas y costos del procedimiento.
(iii) Por incumplimiento de mandato cautelar.

c. Procedimiento de liquidación de costas y costos del procedimiento:
De manera supletoria, en todo lo no previsto en el presente Código y en las disposiciones especiales, es aplicable a los procedimientos administrativos anteriormente señalados, la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

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@lpderecho

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