El portal de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, en un instructivo post, nos explica la importancia de inscribir un divorcio, que no es otra que asegurar una distribución equitativa de los bienes generados durante la sociedad conyugal. A leer y compartir.
Cada vez son más los peruanos que luego de poner fin a su vínculo matrimonial lo inscriben en el Registro de Personas Naturales de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp). De esta manera, dejan constancia frente a terceros que los bienes adquiridos dentro del matrimonio fueron correctamente distribuidos.
El divorcio debe entenderse como la disolución definitiva del vínculo matrimonial. Esta puede ser declarada por un juez, notario público o alcalde. En los casos de notario y alcalde, solo se aplica para la causal de divorcio por separación convencional (acuerdo entre los cónyuges). De esta manera se pone fin a los deberes conyugales y a la sociedad de gananciales.
¿Por qué debemos inscribir un divorcio en la Sunarp?
- Para publicitar e informar a terceros el fin del régimen patrimonial que tenían los cónyuges, así como de los bienes registrados que hayan decidido adjudicarse.
- Para conocer con exactitud el tiempo de duración de la relación matrimonial y así poder establecer una distribución equitativa de los bienes generados durante la sociedad conyugal. Esto permitirá que los bienes ya distribuidos se registren a nombre de cada uno de los propietarios.
Requisitos para su inscripción
- Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante(persona que realiza el trámite en la Sunarp).
- Si el divorcio lo tramitó en:
- Municipalidad, deberá presentar oficio de la Municipalidad con sus respectivas copias certificadas de la Resolución del alcalde donde conste el divorcio.
- Poder Judicial, deberá presentar parte judicial que contenga el oficio del juez, adjuntando las copias certificadas de la sentencia de divorcio y la resolución que declara consentida o ejecutoriada la sentencia.
- Notaría, deberá presentar parte notarial de la escritura pública de divorcio, que contenga inserta las actas de separación convencional y divorcio ulterior.
- Pago de la tasa registral (S/ 20.00)
El plazo de calificación es de 48 horas, sin contar días sábados, domingos ni feriados.
Cabe señalar que las modalidades de divorcio más usadas en nuestro país son el mutuo acuerdo –llamado también ‘divorcio rápido’ porque se puede hacer en las municipalidades y notarías– y la separación de hecho, que puede ser iniciada por uno de los miembros de la pareja, siempre y cuando se demuestre una separación de dos años, o cuatro años si hay niños menores de edad. Un número menor de parejas opta por divorciarse acogiéndose a una de las otras 11 causales contempladas en el Código Civil (divorcio por la vía judicial).
Datos:
- Entre enero y diciembre de 2016, se inscribieron 7,286 divorcios a nivel nacional, lo que representó un incremento de 5.94% frente al número de divorcios inscritos en el año 2015 (6,877).
- Lima (4,267), La Libertad (602) y Lambayeque (479) fueron los departamentos donde se inscribieron la mayor cantidad de divorcios durante el 2016.
- Solo en enero de 2017, se inscribieron 628 divorcios en todo el país. Lima (348), La Libertad (62) y Arequipa (58), encabezan el listado.
OFICINA GENERAL DE COMUNICACIONES – SUNARP
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