Durante las recientes entrevistas personales llevadas a cabo por la Junta Nacional de Justicia (JNJ), la abogada Diana Álvarez Calderón postuló a la plaza de juez de familia con subespecialidad en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar del Distrito Judicial del Cusco. En esta evaluación pública, los miembros de la comisión abordaron diversas interrogantes prácticas y teóricas sobre el derecho de familia, enfocándose en los retos que enfrentan los magistrados frente a la carga procesal y la realidad social de las víctimas.
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¿Hay más violencia en un matrimonio o en una pareja de convivientes?
Uno de los momentos más destacados de la entrevista se centró en la incidencia de la violencia familiar según el tipo de vínculo de pareja. Ante la consulta directa del presidente de la comisión sobre si existe una diferencia notoria en el porcentaje de afectación entre parejas casadas y aquellas que solamente conviven, la postulante afirmó que la violencia se manifiesta en ambos ámbitos en igual grado. Sin embargo, detalló que, estadísticamente en el trabajo fiscal, son los convivientes quienes denuncian estos hechos en su gran mayoría.
Esta diferencia procesal en la tasa de denuncias no responde a una menor existencia de agresiones dentro del matrimonio, sino a factores de presión social. Según explicó la candidata basándose en sus 16 años de trayectoria, vivimos en una sociedad que intenta aparentar que los matrimonios están bien formados; esto genera que las víctimas casadas presenten mayores dificultades y retrasos para denunciar a sus agresores debido al temor por perder dicha apariencia social.
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El marco legal y un apunte constitucional
Frente a esta realidad empírica, los operadores de justicia deben aplicar los alcances de la Ley 30364, una norma diseñada expresamente para incluir y brindar protección tanto a las familias constituidas mediante el matrimonio como a las parejas que se unen de hecho. Si bien el artículo 4 de la Constitución establece la promoción y protección del matrimonio como ente rector de la sociedad, la legislación actual reconoce que las dinámicas de violencia no discriminan el estado civil, exigiendo una respuesta estatal mediante medidas de protección efectivas.
Finalmente, al analizar la estructura legal de nuestro país y sus cambios normativos, es común que surja en el debate académico la pregunta sobre ¿por qué tenemos tantas constituciones? Es importante aclarar a nuestros lectores que esta información no proviene de las fuentes proporcionadas, ya que dicha interrogante no fue formulada durante la entrevista de la JNJ ni guarda relación con el caso evaluado; por lo tanto, es un dato externo que usted puede verificar de manera independiente en la doctrina histórico-jurídica nacional.
Para acceder al vídeo de la entrevista clic AQUÍ.
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