Mediante la Resolución de Presidencia D000032-2025-Conadis-PRE, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) aprobó la «Guía para el trato adecuado a las personas con discapacidad».
Esta medida busca fomentar el trato inclusivo y respetuoso en entidades públicas y privadas, optimizando la comunicación y atención hacia este sector de la población.
La nueva guía sustituye a la versión anterior aprobada en 2023 y se alinea con la Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030.
Su objetivo es fortalecer la concientización sobre los derechos de las personas con discapacidad y promover su inclusión. La resolución ha sido publicada en la sede digital de CONADIS y en el diario oficial El Peruano.
Aprueban la “Guía para el trato adecuado a las personas con discapacidad”
Resolución de Presidencia Nº D000032-2025-CONADIS-PRE
Lima, 11 de febrero del 2025
VISTOS:
La Nota Nº D000159-2025-CONADIS-GG, emitida por la Gerencia General; el Memorando Nº D000680-2024-CONADIS-DPSGE y el Informe Nº D000045-2024-CONADIS-SDPP-GPR, emitidos por la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia; el Memorando Nº D002195-2024-CONADIS-OPPM y el Informe Nº D000053-2024-CONADIS-OPPM-LKAQ, emitidos por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; la Nota Nº D0000072-2025-CONADIS-OAJ y el Informe Nº D000654-2024-CONADIS-OAJ, emitidos por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1 del artículo 4 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece que los Estados Parte se comprometen a asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación alguna por motivos de discapacidad. Para tal fin, deben adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos reconocidos en la citada Convención;
Que, el artículo 12 de la citada Convención dispone que los Estados Partes reafirman que las personas con discapacidad tienen derecho en todas partes al reconocimiento de su personalidad jurídica, garantizando el ejercicio de su capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida y adoptando las medidas que sean pertinentes y efectivas para ello;
Que, el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que la persona con discapacidad tiene capacidad jurídica en todos los aspectos de su vida, en igualdad de condiciones que las demás, accediendo a sistemas de apoyo y ajustes razonables que requieran para la toma de decisiones, en base a las disposiciones contenidas en el Código Civil sobre la materia;
Que, el literal b) del artículo 64 de la citada Ley establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) tiene la función de dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales en materia de discapacidad;
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Que, la Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030, aprobada por el Decreto Supremo Nº 007-2021-MIMP, contempla, entre otros, el Objetivo Prioritario número 5 (OP.5) destinado a promover actitudes sociales favorables hacia las personas con discapacidad, el cual está vinculado al Lineamiento 5.4 (L5.4), encausado a generar actitudes y comportamientos en la ciudadanía y actores sociales en favor de la inclusión y de respeto a los derechos de las personas con discapacidad, y está alineado con el Servicio 21 (S21) sobre concientización para el respeto de los derechos de las personas con discapacidad;
Que, de acuerdo con los literales m) y q) del artículo 10 del Texto Integrado del ROF del CONADIS, la Presidencia tiene las funciones de aprobar normas y documentos técnicos de los procedimientos que ejecutan los órganos de línea del CONADIS, en concordancia con las políticas institucionales y la normativa vigente, así como de emitir resoluciones en el ámbito de su competencia;
Que, bajo dicho marco, la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia, mediante el Memorando Nº D000680-2024-CONADIS-DPSGE y el Informe Nº D000045-2024-CONADIS-SDPP-GPR, propone y sustenta la actualización de la “Guía para el trato adecuado a las personas con discapacidad”, con la finalidad de fomentar que las entidades públicas y privadas que prestan servicios públicos, así como las oficinas de atención al ciudadano y/u orientación al público, o las que hagan sus veces, optimicen la interacción con las personas con discapacidad, a través del trato adecuado y respetuoso en la comunicación y atención;
Que, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante el Memorando Nº D002195-2024-CONADIS-OPPM y el Informe Nº D000053-2024-CONADIS-OPPM-LKAQ, emite opinión técnica favorable sobre la mencionada propuesta de guía;
Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante la Nota Nº D000072-2025-CONADIS-OAJ remite el Informe Nº D0000654-2024-CONADIS-OAJ, por el cual opina que resulta jurídicamente viable aprobar la propuesta de “Guía para el trato adecuado a las personas con discapacidad”; precisando que se debe derogar la Resolución de Presidencia Nº D000137-2023-CONADIS-PRE, que aprobó la Guía Nº D000001-2023-CONADIS-PRE denominada “Guía para el trato adecuado a las personas con discapacidad”;
Con el visto bueno de la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia; de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del CONADIS, aprobado por la Resolución de Presidencia Nº D000119-2024-CONADIS-PRE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR la Guía Nº D000001-2025-CONADIS-PRE denominada “Guía para el trato adecuado a las personas con discapacidad”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- DEROGAR la Resolución de Presidencia Nº D000137-2023-CONADIS-PRE, que aprueba la Guía Nº D000001-2023-CONADIS-PRE.
Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución y su anexo en la Sede Digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS (www.gob.pe/conadis), el mismo día de la publicación de la Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SANDRA PILAR PIRO MARCOS
Presidenta Consejo Nacional para la Integración
de la Persona con Discapacidad
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