El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) puso a disposición de la ciudadanía en su portal institucional la «Guía licencia por fallecimiento de familiares en el sector privado».
Al final del post les dejamos el link de descarga.
Licencia por fallecimiento de familiares
Es la licencia que se otorgará a los trabajadores por el fallecimiento de cónyuge, padres, hijos y hermanos.
A continuación, te presentamos 5 puntos que debes saber sobre esta licencia:
Se trata de una licencia remunerada:
Se trata de una licencia de cinco (5) días calendario, con goce de su remuneración. El empleador puede fiscalizar el uso apropiado de la licencia atendiendo a su finalidad, para lo cual el trabajador presta la debida colaboración.
Se otorga a todos los trabajadores del sector privado:
Tanto a los del régimen laboral general de la actividad privada como a aquellos comprendidos en los regímenes especiales.
Es posible que la licencia se extienda:
Cuando el deceso se produzca en un lugar geográfico diferente de donde se ubica el centro laboral del trabajador, la licencia se extiende hasta por el término de la distancia. Esto comprende los días adicionales para el desplazamiento del trabajador, según la vía de transporte utilizada [1].
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![Suprema interpreta artículo 37 del TUO 728: el despido no puede deducirse y la carga de la prueba corresponde al trabajador [Casación 15624-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadores-reunion-jefe-gritos-mal-ambiente-laboral-oficina-despido-LPDerecho-218x150.jpg)
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