Sunat: Gastos en discotecas podrán ser deducidos del Impuesto a la Renta

El Gobierno dispuso desde el 1 de enero de 2019 una nueva alternativa para deducir gastos del pago anual del Impuesto a la Renta (IR) a los trabajadores de 4ta o 5ta categoría, si deducen como gasto el 15% de sus consumos por servicios de restaurantes, hoteles, bares o cantinas.

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En ese sentido, la entidad tributaria autorizó a los trabajadores dependientes e independientes a usar boletas de ventas, ticket electrónico, entre otros para la deducción adicional de 3 UIT, equivalente a S/ 12,600, del pago de Impuesto a la Renta durante el 2019.

Cabe recordar que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) elevó a S/ 4,200 el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el 2019, a través del decreto supremo N° 298-2018-EF, publicado en el diario oficial El Peruano.

Ese monto representa un aumento de S/ 50 respecto del valor que tenía en el 2018, que era de S/ 4,150.

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La Sunat también informó que las discotecas también son consideradas como bar o cantina ya que tienen el mismo giro de negocio por lo que los consumos realizados en estos establecimientos sí se considerarán para la deducción de impuestos.

Para que la deducción se pueda dar es necesario que las discotecas sean formales y que entreguen comprobantes de pago electrónico que consignen el DNI o RUC del consumidor en la parte superior del documento, indicó Cecilia Ayllón, especialista de Sunat, a través de una entrevista concedida al diario Gestión.

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Periodista experto en judiciales y marketing jurídico, capacitador en derecho penal y constitucional, en materias de libertades comunicativas y protección de datos personales. Maestrante en comunicación transmedia por la Universidad de la Rioja (España), con estudios en la MIU City University Miami y la Universidad de Buenos Aires. Creador y director de «Se Corre Traslado», «La pepa legal», «La vida del litigante» y «Crimiadictos», producciones transmitidas a través de LP-Pasión por el Derecho.