La congresista Jesús del Carmen Nuñez Marreros, miembro del grupo parlamentario Frente Popular Agrícola del Perú (Frepap), presentó el Proyecto de ley 5639/2020-CR, que tiene por objetivo suspender el cobro de derechos básicos de matrícula a los estudiantes universitarios y de tecnológicos durante la emergencia sanitaria para su continuidad.
Asimismo, se propone que todas las instituciones superiores cuenten con una plataforma virtual y con la capacitación adecuada tanto como a docentes y estudiantes de la metodología de la enseñanza virtual. Esto será supervisado por Sunedu.
De esta manera, se propone que los estudiantes puedan financiar el costo de su matrícula en doce (12) o veinticuatro (24) meses, sin cobro de multas y moras, mientras dure el estado de emergencia sanitaria.
LEY QUE SUSPENDE EL COBRO DE LA MATRÍCULA A LOS ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA – TECNOLÓGICA MIENTRAS DURE LA EMERGENCIA SANITARIA, Y GARANTIZA LA BUENA ENSEÑANZA VIRTUAL
Artículo 1o.- Objeto de la Ley
La presente iniciativa legislativa tiene por objeto establecer medidas de financiamiento para los pagos de derecho de matrícula a los estudiantes de educación superior universitaria y tecnológica, dado que muchos de ellos no han podido continuar con sus estudios por la situación económica del país; asimismo, implementar un servicio adecuado de la enseñanza virtual con una debida capacitación tanto como a estudiantes y docentes, ya que se requiere el dominio de las herramientas tecnológicas para un mejor aprendizaje, puesto que el Perú no está preparado para dicha metodología.
Artículo 2o.- Suspensión
Los estudiantes podrán financiar el costo de la matrícula en doce (12) o veinticuatro (24) meses, sin cobro de multas y moras, mientras dure la emergencia sanitaria.
Artículo 3o.- Servicio y Capacitación
Las Instituciones de educación superior universitaria y tecnológica deberán contar con una plataforma virtual con la capacitación adecuada tanto como a docentes y estudiantes de la metodología de la enseñanza virtual.
Artículo 4o. – Fiscalización
Autorizase a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) y al Ministerio de Educación a realizar las acciones de control, evaluación e identificar las posibles infracciones administrativas e imponer las sanciones respectivas a las entidades de educación
Artículo 5o.- Vigencia
La presente Ley estará vigente mientras dure el servicio educativo no presencial o virtual.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única. Reglamentación
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en un plazo de 10 días calendarios, contados a partir del día siguiente de su publicación. El Reglamento regulará las sanciones administrativas a imponerse por incumplimiento de la presente ley.
![Cuando la calumnia se configura como delito continuado, el plazo de prescripción se computa desde el último acto delictivo [Apelación 288-2024, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No se vulnera el derecho de defensa si la acusación contiene una calificación alternativa de un mismo delito en forma «dolosa» y «culposa» (Ministerio Público efectuó imputación principal por el delito de homicidio simple por dolo eventual y, como pretensión subsidiaria, por el delito de homicidio culposo contra el médico que inyectó aceite de silicona líquida en los glúteos de la agraviada, conociendo los efectos nocivos de esta sustancia) [Casación 82-2012, Moquegua, f. j. 6] Homicidio - cuchillo - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/04/Homicidio-cuchillo-LPDerecho-218x150.jpg)
![La acusación fiscal debe ser motivada e íntegra, pues exige una fundamentación suficiente, lógica e integral de la pretensión fiscal; además, debe satisfacer un estándar mínimo de suficiencia que permita a la defensa preparar su teoría del caso en juicio (doctrina jurisprudencial) (caso César Acuña) [Casación 760-2016, La Libertad, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/Instituto-Medico-Legal-Ministerio-Publico-Fiscalia-LP-Derecho-218x150.jpg)
![Si varias personas participaron en el robo, no es exigible que al único capturado se le encuentre en posesión del bien sustraído para que responda por el delito [RN 531-2025, Lima, f. j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)




![¿Cuál es la primera oportunidad que tiene el trabajador para rechazar la indemnización por despido arbitrario? [Cas. Lab. 41369-2022, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
![Para la configuración de una infracción insubsanable, el inspector debe demostrar que el incumplimiento ha generado un efecto irreversible [Resolución 0282-2026-SUNAFIL/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunafil-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)

![¿Es válido el despido del trabajador por miccionar en una bolsa dentro del área de trabajo y dejarla expuesta a la vista de sus compañeros? [Cas. Lab. 8119-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/Trabajandor-LPDerecho-218x150.png)



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![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)












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![No se vulnera el derecho de defensa si la acusación contiene una calificación alternativa de un mismo delito en forma «dolosa» y «culposa» (Ministerio Público efectuó imputación principal por el delito de homicidio simple por dolo eventual y, como pretensión subsidiaria, por el delito de homicidio culposo contra el médico que inyectó aceite de silicona líquida en los glúteos de la agraviada, conociendo los efectos nocivos de esta sustancia) [Casación 82-2012, Moquegua, f. j. 6] Homicidio - cuchillo - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/04/Homicidio-cuchillo-LPDerecho-100x70.jpg)

![Cuando la calumnia se configura como delito continuado, el plazo de prescripción se computa desde el último acto delictivo [Apelación 288-2024, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-100x70.jpg)
