Formulario de demanda de ejecución de acta de conciliación extrajudicial de alimentos [RA 000050-2024-CE-PJ]

Publicado en el diario oficial El Peruano el 20 de febrero de 2024

A través de la Resolución Administrativa 000050-2024-CE-PJ, aprueban el Formulario de demanda de ejecución de acta de conciliación extrajudicial de alimentos para niños y adolescentes.

En el transcurso del día se publicará el anexo.


Aprueban el “Formulario de Demanda de Ejecución de Acta de Conciliación Extrajudicial de alimentos para niñas, niños y adolescentes”

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000050-2024-CE-PJ

Lima, 16 de febrero del 2024

VISTO:

El Oficio N° 000004-2024-RT-PPRFAMILIA-PJ cursado por el señor Johnny Manuel Cáceres Valencia, Consejero Responsable del Programa Presupuestal N° 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, de acuerdo con la Ley N° 26872 “Ley de Conciliación”, se establece que son conciliables las pretensiones que resuelvan conflictos de pensión de alimentos, régimen de visitas, tenencia; así como también aquellas que deriven de la relación familiar y respecto de las cuales las partes tengan libre disposición.

Segundo. Que, en ese contexto, la Ley N° 31464 “Ley que modifica las normas que regula los procesos de alimentos, a fin de garantizar la debida aplicación del Principio de Interés Superior del Niño y la obtención de una pensión de alimentos adecuada”, modifica el artículo 164 del Código de los Niños y Adolescentes sobre la postulación del proceso, regulando que para incoar la demanda no es exigible el concurso de abogados; asimismo, incorpora el artículo 164-A al citado código, determinando que la demanda de alimentos puede ser presentada por medio de formularios físico o electrónicos.

Tercero. Que, mediante la Resolución Administrativa N° 000036-2023-CED-CSJPU-PJ, la Corte Superior de Justicia de Puno aprobó el “Formulario de Demanda de Ejecución de Acta de Conciliación Extrajudicial de alimentos para niñas, niños y adolescentes”, presentado por el Juzgado de Paz Letrado de Chupa, Azángaro, de la referida Corte Superior.

Cuarto. Que, a través de la Resolución Corrida N° 000922-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial remitió al despacho del Consejero Responsable del Programa Presupuestal N° 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, el proyecto de formulario, para el informe respectivo.

Quinto. Que, el objetivo de la propuesta de “Formulario de Demanda de Ejecución de Acta de Conciliación Extrajudicial de alimentos para niñas, niños y adolescentes”, es que, mediante un formulario, el usuario y usuaria judicial puede realizar ingreso de demandas de ejecución de actas de conciliación de alimentos de manera práctica, generando un impacto significativo dado que mitiga los costos de tiempo y dinero de los representantes legales de las niñas, niños y adolescentes que presentan las referidas demandas.

Sexto. Que, en ese contexto, el señor Johnny Manuel Cáceres Valencia, Consejero Responsable del Programa Presupuestal N° 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia” mediante Oficio N° 000004-2024-RT-PPRFAMILIA-PJ, remite a este Órgano de Gobierno el Informe N° 000008-2024-RT-PPRFAMILIA-PJ por el cual se emite opinión favorable con recomendaciones al formulario elaborado por la Corte Superior de Justicia de Puno. De este modo, concluye que el formulario debe ser aprobado mediante resolución administrativa a fin que sea utilizado en todas las Cortes Superiores de Justicia ya que promueve la celeridad y simplifica el proceso de ejecución de acta de conciliación de alimentos para niñas, niños y adolescentes.

Sétimo. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo así y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar la propuesta presentada.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 217-2024 de la cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 31 de enero de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el “Formulario de Demanda de Ejecución de Acta de Conciliación Extrajudicial de alimentos para niñas, niños y adolescentes”.

Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial distribuya los formularios aprobados en todos los distritos judiciales del país, para su entrega a los usuarios y usuarias judiciales; así como realizar las acciones administrativas pertinentes para el cumplimiento de la presente resolución.

Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y el formulario aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento.

Artículo Cuarto.- Notificar la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Programa Presupuestal N° 0067 “Celeridad en los Procesos de Familia”; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JAVIER ARÉVALO VELA
Presidente

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