Fonafe como fuente normativa de la nivelación de remuneraciones [X Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional]

La Corte Superior de Justicia de Lima organizó, el día 19 de diciembre de 2022, el X Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional de la Corte Suprema de Justicia de Lima, en el cual participaron jueces superiores, especializados y de paz letrado.

Se abordaron tres temas, a saber:

1. Otorgamiento de pensión de viudez a favor de varón;

2. La reposición en el sector público como consecuencia de un despido nulo;

3. Las normas de remuneraciones máximas que aprueba el FONAFE como fuente normativa de la nivelación de remuneraciones;

4. El procedimiento disciplinario para sanciones distintas al despido.

A continuación compartimos las conclusiones del X Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional respecto del tema 3:

III. LAS NORMAS DE REMUNERACIONES MÁXIMAS QUE APRUEBA EL FONAFE COMO FUENTE NORMATIVA DE LA NIVELACIÓN DE REMUNERACIONES

El Pleno, por unanimidad, acordó lo siguiente:

ACUERDO: Las normas del Fonafe que regulan remuneraciones máximas no constituyen un cuadro de categorías remunerativas que prevén las remuneraciones básicas de los trabajadores del Estado, sino directivas del Fonafe, cuyo objeto es ordenar las políticas remunerativas internas que adopten cada una de las empresas del Estado, de tal manera que las remuneraciones de sus trabajadores no excedan los límites impuestos por dicha entidad.

Descargue en PDF el acta del pleno

Descargue en PDF el informe del pleno

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