La Fiscalía Supraprovincial Especializada en Delitos de Terrorismo y Lesa Humanidad de Huánuco y Selva Central abrió investigación por el presunto ataque terrorista registrado, el último 23 de mayo, en el centro poblado de San Miguel, en el distrito de Vizcatán del Ene, en la región Junín, en el que han perdido la vida 18 ciudadanos, dos de ellos menores de edad.
Ante la necesidad de ejecutar actos de investigación inaplazables y urgentes, el Ministerio Público —a través de un oficio— solicitó a la Policía Nacional, del Frente Policial del Vraem, su intervención en la zona para efectuar el levantamiento de los cadáveres, debido a la dificultad para llegar a la zona debido a la distancia geográfica.
La solicitud también ordena el internamiento de los cuerpos en la morgue del distrito de Pichari, en la provincia de La Convención (Cusco) para la realización de la necropsia de ley.
Comunicado del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas
Por su parte, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas emitió un comunicado en el que señalaba que fueron 14 las víctimas del ataque:
1. La Organización Terrorista Sendero Luminoso, dirigida por el delincuente terrorista Víctor Quispe Palomino (c) «José»; en un acto genocida, asesinó la noche del 23 de mayo de 2021 a 14 personas aún no identificadas, entre las que se encontraban 2 niños, quienes fueron hallados calcinados e irreconocibles. El lugar se encuentra a orillas del riachuelo Chimpinchariato, cercano al Centro Poblado San Miguel del Ene.
2. Este tipo de acción es denominada por la Organización Terrorista como «limpieza social» y fue ejecutada con armas de fuego. En el lugar se hallaron panfletos, que conminaban a la población a no participar del proceso electoral 2021.
3. El hecho fue reportado por las autoridades locales a la comisaría del Centro Poblado de Natividad, distrito de Pichari, provincia de La Convención (Cusco); cercana al lugar donde ocurrieron los hechos, el día de hoy en horas de la mañana. El alcalde de San Miguel del Ene, se encuentra a la fecha en la localidad de Pichari, donde viene gestionando las acciones legales correspondientes.
4. Patrullas de las Fuerzas Armadas se encuentran desplegadas en la zona, conduciendo operaciones de reconocimiento y combate.
![La calificación jurídica formulada en la acusación tiene carácter postulatorio o provisional, lo que permite su adecuación a través de la imputación alternativa, subsidiaria o la desvinculación procesal, mecanismo que faculta al juez a realizar una realineación de la calificación jurídica conforme a los hechos probados en el plenario [Casación 863-2022, Arequipa, f. j. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![El título de intervención delictiva forma parte fundamental en la construcción del principio de imputación necesaria y resulta trascendente para la evaluación de la tipicidad, tanto objetiva como subjetiva, pues de dicha atribución depende la definición del objeto del proceso y el debate [Casación 2179-2023, Moquegua, f. j. 2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/banner-audiencia-judicial-LPDerecho-218x150.jpg)

![El control de la acusación se estructura en dos niveles: un control formal, previo al análisis de mérito, orientado a verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 349.1 del NCPP; y un control sustancial, referido al análisis de fondo para determinar la viabilidad de la acusación respecto de los cargos objeto de investigación: elemento fáctico, elemento jurídico, elemento personal, presupuestos procesales vinculados a la vigencia de la acción penal y elementos de convicción suficientes (artículo 344.1 del NCPP) [Acuerdo Plenario 6-2009/CJ-116, f. j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)
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