Juan Carlos Villena, fiscal de la Nación interino, solicitó al Congreso de la República no abordar la denuncia constitucional contra la fiscal suprema Delia Espinoza.
A través de un oficio, el alto funcionario pidió que la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) se abstenga de dar trámite a una denuncia constitucional presentada contra Espinoza.
El escrito está dirigido al presidente del Congreso, Alejandro Soto, y hace referencia al recurso presentado por cinco congresistas el último 15 de marzo.
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Los legisladores Patricia Chirinos (Avanza País), Édgar Tello (Bloque Magisterial), Luis Aragón (Acción Popular), Luis Cordero Jon Tay (Acción Popular) e Ilich López (no agrupado) interpusieron una denuncia contra la fiscal suprema por los presuntos delitos de abuso de autoridad, prevaricato y usurpación de funciones.
Los parlamentarios, citados para declarar por el caso de Jaime Villanueva, plantean que Espinoza Valenzuela sea inhabilitada por diez años en el ejercicio de la función pública.
La solicitud de Villena
En los documentos difundidos, Villena Campana detalla que su solicitud se enmarca en un acuerdo previo en la Junta de Fiscales Supremos.
Indicó que esta instancia acordó solicitar a la SAC abstenerse de pronunciarse sobre este recurso debido a que aún está en trámite una tutela de derechos presentada por Patricia Benavides, suspendida fiscal de la Nación investigada por Espinoza.
«La defensa de Patricia Benavides interpuso una solicitud de tutela de derechos ante el Juez Supremo de investigación preparatoria, estando pendiente de resolverp or el órgano jurisdiccional», se lee en el escrito difundido por RPP.
Más adelante, señala que «ninguna autoridad puede abocarse [SIC] a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones».
La respuesta de Soto
Tras el pedido, el presidente del Congreso respondió de forma inmediata con una negativa.
El legislador de Alianza para el Progreso (APP) respondió que impedir el ejercicio de las funciones a una autoridad elegida es un delito que tiene una pena entre 2 y 4 años de cárcel, así como una inhabilitación de 3 años, según el artículo 369 del Código Penal.
«El Reglamento del Congreso no prevé en dicho procedimiento la posibilidad de que la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales pueda discretamente ‘abstenerse’ de conocer la denuncia constitucional presentada, sino todo lo contrario, debe realizar los actos procesales que corresponden a su estado, en los términos previstos por el artículo 89 del Reglamento del Congreso», se lee en la misiva de respuesta, con fecha 18 de marzo, según el medio citado.