Examen PROFA: 10 preguntas sobre remuneración y despidos

Para todos aquellos que se están preparando para rendir su examen Profa 30 les dejamos aquí estas 10 preguntas sobre remuneración y despidos del del temario Profa ¿Se animan a resolver las preguntas?

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REMUNERACIÓN Y DESPIDOS


A continuación, compartimos con ustedes algunas preguntas sobre la investigación preparatoria para postulantes a asistentes administrativos o en función fiscal.

1. Según la legislación laboral de la actividad privada, se entiende por remuneración el íntegro de lo que el trabajador recibe por la prestación de sus servicios, salvo el siguiente concepto expresamente excluido: (CONVOCATORIA 006-2025-SN/JNJ – PRUEBA P21)

a. Las bonificaciones por productividad.
b. La participación en las utilidades.
c. Las horas extras.
d. Las gratificaciones legales.

2. Para que las horas extras o las comisiones, como remuneración variable, se incorporen a la remuneración computable para el pago de la compensación por tiempo de servicios, deben cumplir con ser regulares, esto es, ser percibidas: (CONVOCATORIA 006-2025-SN/JNJ – PRUEBA P21)

a. Todos los meses del semestre respectivo.
b. Cuatro meses en el semestre respectivo.
c. Tres meses en el semestre respectivo.
d. Basta con una vez en el semestre.

3. La indemnización vacacional, esa que se debe pagar cuando el trabajador no descansa en el año en el que le correspondía, no tiene naturaleza remunerativa y tampoco está afecta al impuesto a la renta. Su cuantía es igual a la remuneración vigente al momento en que: (CONVOCATORIA 006-2025-SN/JNJ – PRUEBA P21)

a. Se generó el derecho.
b. Se pague.
c. Se reclame por escrito.
d. Las partes acuerden.

4. ¿Es posible incluir, dentro del cálculo de la compensación por tiempo de servicios, a la remuneración otorgada en especie al trabajador, como compensación de sus servicios subordinados en beneficio del empleador? (CONVOCATORIA 006-2025-SN/JNJ – PRUEBA P21)

a. No. La indeterminación del valor de la remuneración en especie impide su consideración como base de cálculo.
b. Sí. En este caso será necesario valorizar el pago en especie conforme a acuerdo entre partes o según valor de mercado y consignar este monto en las boletas de pago.
c. No. Los trabajadores y empleadores no pueden pactar el otorgamiento de remuneración de especie; pues siempre debe ofrecerse el pago íntegramente en metálico.
d. Sí. No existen límites en la forma de cálculo de la CTS, por lo que cualquier concepto ofrecido al trabajador y que tenga valor económico debe incluirse en el cálculo de este beneficio.

5. Miguel trabaja con jornada reducida en la empresa ALFA SAC: mientras que compañeros suyos laboran 6 horas al día (de lunes a viernes), él solamente opera por 3 días (de lunes a viernes). Se le paga exactamente la mitad de la remuneración mínima vital. ¿Es esto correcto? (CONVOCATORIA 006-2025-SN/JNJ – PRUEBA P21)

a. Sí. Hay regla expresa que permite este tratamiento.
b. No. El mínimo es general, sea cual sea la jornada.
c. Sí. El empleador no necesariamente está sujeto al cumplimiento de la remuneración mínima, si su estructura salarial parte de una base más baja aún.
d. No. Miguel debería percibir lo mismo que sus compañeros para ser tratado con igualdad.

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6. La remuneración vacacional otorgada a un trabajador tiene una regla expresa aplicable para determinar el momento en el que deberá otorgarse al trabajador que iniciará el goce del descanso correspondiente: (CONVOCATORIA 006-2025-SN/JNJ – PRUEBA P21)

a. Debe ofrecerse con la remuneración del mes inmediato siguiente al periodo vacacional.
b. Debe ofrecerse hasta el último día hábil en el que se haya programado el descanso.
c. Debe ofrecerse durante la primera mitad de días que comprenden el periodo de descanso.
d. Debe ofrecerse antes del inicio del descanso.

7. Si bien los despidos son previstos en la legislación laboral, en este siglo la jurisprudencia constitucional creó otros tipos de despido, con tal influencia que la legislación procesal los ha reconocido. ¿Cuál de los siguientes es el despido creado jurisprudencialmente?: (CONVOCATORIA 004-2025-SN/JNJ – PRUEBA P19)

a. Despido nulo.
b. Despido fraudulento.
c. Despido arbitrario.
d. Despido indirecto.

8. Juan, José, Jaime y Javier han cometido la falta consistente en asistir en estado de ebriedad al centro de trabajo. Juan y José, que tienen problemas de alcoholismo, han cometido esta falta varias veces antes; Jaime y Javier, en cambio, se encuentran en este problema por vez primera. Diga qué procede, conforme a la ley laboral: (CONVOCATORIA 004-2025-SN/JNJ – PRUEBA P13)

a. El empleador puede despedir a Juan y José; mientras que puede sancionar con una medida menor a Jaime y Javier.
b. El empleador debe elegir una sola medida disciplinaria aplicable a todos por criterios de tratamiento igualitario.
c. El empleador solamente puede sancionarlos con suspensiones o amonestaciones pues es una falta en la que al menos ciertos trabajadores no son reincidentes.
d. El empleador puede despedir a todos pues se trata de una falta colectiva que resulta contraria a la buena fe laboral.

9. La legislación vigente prevé diferentes consecuencias para los diversos tipos de despidos que se pueden dar en la realidad. Así, la legislación prevé para los despidos que califiquen como nulos las siguientes: (CONVOCATORIA 004-2025-SN/JNJ – PRUEBA P13)

a. La reposición.
b. La reposición y el pago de las remuneraciones devengadas.
c. La indemnización tarifada.
d. La reposición y la respectiva indemnización por daños y perjuicios.

10. La indemnización legal por despido arbitrario no tiene naturaleza remunerativa y procede cuando el trabajador acepta su cobro. Su cálculo depende del tipo de empresa y en una micro empresa dicha indemnización es de: (CONVOCATORIA 006-2025-SN/JNJ – PRUEBA P21)

a. Remuneración y media por año de servicios.
b. Remuneración por año de servicios.
c. 20 días por año de servicios.
d. 10 días por año de servicios.


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