Examen JNJ: Nueve preguntas sobre delitos contra los derechos intelectuales. ¿Puedes resolverlas?

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Para todos aquellos que se están preparando para rendir su examen Profa les dejamos aquí estas preguntas sobre derecho penal. En este caso les compartimos nueve preguntas sobre delitos contra la propiedad intelectual que fueron parte de los exámenes de la Junta Nacional de Justicia. ¿Te animas a resolver las preguntas?

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Nueve preguntas sobre delitos contra la propiedad intelectual

1. Carlos, reconocido ingeniero matemático perteneciente al Club de los Numerólogos, registra en el país un esquema de trazado (tipografía) que le trae mucho éxito y distinción profesional. Pedro, antiguo compañero de clases de Carlos, celoso de los logros obtenidos por éste y viendo las ventajas económicas que le reporta el esquema de trazado (tipografía), sin autorización de por medio, decide copiarlo y venderlo contando para ello con la participación de Lucho sin cuya intervención no se hubiese perpetrado tal hecho. Carlos interpuso la denuncia, siendo luego intervenidos por la Policía. En el caso propuesto:

a. Por tratarse de un esquema de trazado (tipografía) se trataría de un delito contra los derechos de autor.

b. Por tratarse de un esquema de trazado (tipografía) se trataría de un delito contra la Propiedad Industrial.

c. Para la configuración del delito contra la Propiedad Industrial no se requiere su registro en el país.

d. Estamos ante un caso de Falta Administrativa.

2.   En el caso propuesto, respecto de la responsabilidad penal:

a. Pedro y Lucho responden a título de co-autores.

b. Pedro responde a título de autor y Lucho a título de cómplice debiendo Lucho ser reprimido con la pena prevista para el autor.

c. Pedro responde a título de autor y Lucho a título de cómplice, debiendo Lucho ser reprimido con una disminución prudencial de la pena.

d. A Lucho no le corresponde pena alguna, pues Pedro es el único culpable.

3. Ricardo adquirió un celular último modelo marca Luminox SZ35, con el número de línea 123456789 a fin de poder ver tranquilamente desde su oficina los partidos del mundial de futbol, contratando además para ello, un plan de telefonía con una renta mensual de S/. 350.00 soles que incluye internet ilimitado y roaming internacional. Renato, habiéndose percatado de la adquisición de Ricardo, aprovechándose de su sapiencia y altos conocimientos sobre tecnología, además que por ser hincha acérrimo del equipo peruano, duplica el número de la línea 123456789, así como su IMEI, ocasionándole a Ricardo con dicha acción un grave perjuicio. En el caso propuesto:

a. Renato cometió el delito de Hurto Agravado.

b. Renato cometió el delito contra la Propiedad Industrial por clonación o adulteración.

c. Renato cometió el delito contra los derechos de autor por el plagio realizado.

d. Renato cometió una falta, porque el valor de la renta mensual de la línea duplicada no supera la remuneración mínima vital vigente.

4. Ricardo se dedica a la venta de autopartes, y en el mes de abril del presente año ingresó al país 5 motores cuyo valor de cada uno es de 2 UITs, sin que estos hayan pasado control aduanero. Adrián, quien es su primo, está enterado que Ricardo siempre ingresa bajo esta modalidad este tipo de mercancía; y se la pide en donación, pues sabe que Ricardo tiene que viajar urgentemente fuera del país. Ricardo, ante la premura, acepta dársela de esa forma, entregándosela el mismo día que viajaba al extranjero. Respecto a la conducta desplegada por Adrián, podemos precisar:

a. Adrián es cómplice del delito de Contrabando.

b. Adrián es autor del delito de Receptación Aduanera.

c. Adrián no es autor del delito de Receptación Aduanera pues sólo recibió la mercadería en donación.

d. Adrián sólo podrá ser autor del delito de Receptación Aduanera si ayuda a comercializar dichas mercaderías.

5. Respecto al monto de la mercancía es correcto afirmar:

a. No hay delito de Receptación Aduanera por cuanto el valor individual del motor no supera 1 UIT

b. Para que sea considerado delito, el valor de la mercancía debe superar las 2 UITs.

c. Para que sea considerado delito, el valor de la mercancía debe superar las 4 UITs.

d. Para que sea considerado delito, el valor de la mercancía debe superar

6. Pepito fue detenido por la policía del día 28 de agosto de 2017 a las 16:00 horas aproximadamente, en su local comercial ubicado en la calle Los Ruiseñores del distrito de Lince, cuando se encontraba trabajando arduamente en la reproducción de la obra “Don Quijote de La Mancha” de una reconocida editorial para su posterior venta al público.

Dentro de las 24 horas de la detención de Pepito, se hizo presente ante la autoridad policial, Esteban, aduciendo ser heredero directo del autor de la obra antes mencionada, indicando que la conducta desplegada por Pepito le causa agravio a su patrimonio al no recibir de éste las regalías correspondientes. Respecto del caso, es correcto afirmar:

a. Pepito ha cometido el delito contra los Derechos de Autor, toda vez, que estaba reproduciendo una obra para su posterior venta.

b. La conducta de Pepito es atípica.

c. Pepito debía contar con la autorización previa y escrita del titular para que su conducta no sea considerada delito contra los Derechos de Autor.

d. Pepito, al cumplir con el pago de las regalías, podrá solicitar el Archivo de la Investigación, toda vez, que se ve restituido el derecho patrimonial de Esteban.

7. Respecto del caso anterior, es correcto afirmar:

a. Ante la existencia de Esteban, heredero directo, resulta necesaria e indispensable su participación en el acuerdo de Principio de Oportunidad.

b. Ante la existencia de Esteban heredero directo, no resulta necesaria su participación en el acuerdo de Principio de Oportunidad, toda vez que éste puede ser subrogado por el Ministerio Público.

c. No es posible llegar a un acuerdo de Principio de Oportunidad

d. Pepito puede llegar a un acuerdo económico bajo el Principio de Oportunidad, y así evitar la acción penal en su contra.

8. Cenobio tiene un puesto de ventas en un reconocido centro comercial ubicado entre las avenidas Wilson con Alcázar, en este lugar comercializa mediante venta copias de programas de ordenador sin la autorización de los titulares. El local comercial de Cenobio fue intervenido por la policía, y además de encontrársele los programas de ordenador mencionados, se le encontraron: 1500 etiquetas adheribles para discos compactos “pirata” de música, 1000 cuadernillos fotocopiados del programa TurboMax para ordenador, 800 etiquetas “bambeadas” para latas de Atún de la marca A-MAR y empaques no auténticos de la caja del juguete original Orion-Man. Una vez detenido Cenobio aceptó distribuir dicha mercadería a través de la venta. Respecto al delito de etiquetas, carátulas o empaques, es correcto:

a. Dicho tipo penal protege las etiquetas adheribles para discos compactos “pirata” de música, los cuadernillos fotocopiados del programa TurboMax para ordenador, las etiquetas “bambeadas” para latas de Atún de la marca registrada A-MAR y los empaques no auténticos de la caja del juguete original Orion-Man.

b. Dicho tipo penal si protege a las etiquetas, las carátulas y a los empaques, por lo que sólo los cuadernillos fotocopiados del programa TurboMax no están protegidos.

c. Dicho tipo penal sólo protege las etiquetas adheribles para discos compactos de música, y los cuadernillos fotocopiados del programa para ordenador.

d. Dicho tipo penal protege otro tipo de bienes, mas no los descritos en el caso

9. En relación al caso, es correcto afirmar que Cenobio:

a. Ha cometido un Delito contra los Derechos Intelectuales.

b. Ha cometido dos Delitos contra los Derechos Intelectuales.

c. Ha cometido tres Delitos contra los Derechos Intelectuales.

d. Ha cometido cuatro Delitos contra los Derechos Intelectuales


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