¿El Estado siempre debe fijar el «valor estimado» de los servicios que busca contratar?

Cuando una entidad del Estado busca contratar bienes o servicios, lo habitual es que fije un «valor estimado»: un monto de dinero aproximado que está dispuesto a pagar. Sin embargo, las entidades no están obligadas a fijar un «valor estimado» en todas sus contrataciones.

Una excepción a la regla es la contratación directa por situación de emergencia. Este método permite que las entidades contraten de manera ágil, sin cumplir ciertos requisitos como fijar el «valor estimado», cuando el país enfrenta catástrofes, crisis sanitarias, etc. El objetivo es responder rápidamente la emergencia con los bienes o servicios adquiridos.

LP Pasión por el Derecho accedió a la Opinión 117-2023/DTN, emitida por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado.

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Importancia de incluir el «valor estimado» en las contrataciones del Estado

Al conocer el valor estimado, los proveedores interesados en contratar con el Estado tienen una guía de cuánto pueden cobrar por su producto o servicio. Así podrán elaborar sus ofertas de mejor manera, con la seguridad de ofrecer una opción atractiva para el Estado.

Pese a la enorme importancia que tiene incluir el «valor estimado» en los procedimientos de selección, no siempre es obligatorio incluirlo. Por ello, los postores que participan en una contratación directa por situación de emergencia tienen que estar preparados para elaborar su oferta sin un precio aproximado que los oriente.

Contratación directa por situación de emergencia: el Estado contrata directamente

La lista de situaciones de emergencia que le permiten al Estado contratar directamente se encuentra en el artículo 27 de la Ley 30225, Ley de Contrataciones con el Estado.

En esos casos, no se prioriza seguir los pasos habituales de una contratación con el Estado, sino responder de manera inmediata a la emergencia. Por lo tanto, es una situación excepcional que no ocurre con frecuencia.

En una contratación directa por situación de emergencia, los proveedores envían sus ofertas con los precios de sus productos o servicios. La entidad del Estado selecciona la oferta que se ajuste mejor a sus necesidades.

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