En el Juzgado Civil del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, se realizó la primera audiencia oral de manera presencial, en el marco de la aplicación de buenas prácticas que ha puesto en marcha la Corte Superior de Justicia de Arequipa.
En este caso, el magistrado Joel Fernández Monroy, resolvió una demanda de cambio de nombre de una ciudadana de 55 años de edad que fundamentó que en todos sus documentos su nombre figuraba como Nelly, mientras que su partida de nacimiento consignaba el nombre de Nely, únicamente; por lo cual solicitó se corrija la omisión.
En menos de 10 minutos, el magistrado, admitió los medios probatorios, escuchó los argumentos de la parte y emitió sentencia, declarando fundada la pretensión, notificando a las partes y quedando consentida la decisión judicial, gracias a este nuevo modelo de oralidad que permite la tramitación célere, inmediata y absolutamente transparente de los procesos judiciales.
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![Dadas las circunstancias excepcionales y la flagrancia, el Congreso puede levantar la prerrogativa de antejuicio y actuar con celeridad, sin seguir todo el procedimiento ordinario del artículo 89-A del Reglamento del Congreso, en defensa del orden constitucional —se ratifica lo resuelto en el Exp. 01803-2023-PHC/TC— (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, ff. jj. 8.6.2.3-8.6.2.5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/PEDRO-CASTILLO-1-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No es exigible que, en todas las actuaciones procedimentales contra altos funcionarios públicos, intervengan únicamente el fiscal supremo titular o el fiscal de la Nación, pues la actuación de los fiscales adjuntos supremos es legítima y se desarrolla en cumplimiento de la LOMP (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 8.6.2.8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CASTILLO-PODER-JUDICIAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La facultad de desvinculación comprende no solo la recalificación a un delito más grave, sino también a uno de menor gravedad cuando se presenta una degradación fáctica y jurídica, siempre que no se varie los hechos esenciales (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.4.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PEDRO-CASTILLO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)

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