Incorporan al embarazo y a la lactancia como causales para la excusa al cargo de miembro de mesa para las Elecciones Generales 2021
RESOLUCIÓN JEFATURAL 000022-2021-JN/ONPE
Lima, 2 de febrero del 2021
VISTOS: El Informe Nº 000012-2021-GOECOR/ONPE, de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional; el Informe Nº 000045-2021-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; así como el Informe Nº 000016-2021-GG/ONPE, de la Gerencia General; y,
CONSIDERANDO:
Con fecha 22 de agosto de 2020, se publicó en el diario oficial El Peruano la Ley Nº 31038, Ley que establece normas transitorias en la legislación electoral para las Elecciones Generales 2021, en el marco de la Emergencia Nacional Sanitaria ocasionada por la COVID-19. A través de la Segunda Disposición Complementaria Final de esta norma, se autoriza a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) a emitir la reglamentación necesaria para garantizar el desarrollo del proceso de Elecciones Generales 2021 en consideración de la evolución y efectos de la emergencia nacional sanitaria ocasionada por la COVID-19;
Es de público conocimiento que el Perú atraviesa por la denominada segunda ola de ataque pandémico y, además, que se ha detectado en el territorio la presencia de nuevas variantes del virus SARS-CoV-2. Por su parte, el Poder Ejecutivo ha decretado el aislamiento social obligatorio escalonado para evitar su propagación, mediante Decreto Supremo Nº 008-2021-PCM;
Dada la situación descrita, se observa que la evolución y efectos de la emergencia nacional sanitaria hacen necesaria la implementación de mecanismos excepcionales de seguridad sanitaria. Al respecto, debe considerarse que la ONPE ha establecido medidas de control y seguridad sanitarias a través de los protocolos respectivos, centrándose en las personas con factores de riesgo individual, de acuerdo con el Documento Técnico: Prevención, Diagnóstico y Tratamiento de personas afectadas por COVID-19 en el Perú, aprobado por Resolución Ministerial Nº 193-2020-MINSA;
Sin embargo, existe otro colectivo que amerita una especial protección. Se trata de las gestantes y madres, específicamente las lactantes, quienes, en palabras de la Organización Internacional del Trabajo: “[…] requieren una especial protección para evitar daños a su salud o a la de sus hijos, y necesitan un tiempo adecuado para dar a luz, para su recuperación y para ocuparse de los recién nacidos”1;
Esta condición de sujeto especial de protección de la madre y de la gestante se encuentra reconocido en el artículo 4 de la Constitución Política del Perú que establece que “La comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono […]” (resaltado nuestro). De este modo, se consagra la protección de la
maternidad;
Bajo ese entendido, a fin de garantizar el desarrollo de las Elecciones Generales 2021 en armonía con la protección de la salud de madres y gestantes, la ONPE se encuentra facultada a dictar las disposiciones necesarias para evitar la propagación del COVID-19 en este grupo humano;
Por consiguiente, se estima oportuno precisar, para las Elecciones Generales 2021, el embarazo y la lactancia serán consideradas como causales de excusa al cargo de miembro de mesa, según lo previsto en el artículo 58 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones. El trámite será de aprobación automática y gratuito, y, para la acreditación de la causal de embarazo, se requiere certificado médico y, para la de lactancia, copia simple de partida de nacimiento o DNI/DNIe del menor lactante, cuya edad debe ser menor o igual a dos (2) años previos a la fecha de elección;
De conformidad con lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones; así como en el literal z) del artículo 11 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias;
Con el visado de la Secretaría General y de la Gerencia General, así como de las Gerencias de Asesoría Jurídica, y de Organización Electoral y Coordinación Regional;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- INCORPORAR, para las Elecciones Generales 2021, al embarazo y a la lactancia como causales para la excusa al cargo de miembro de mesa. La acreditación de estas causales se realiza de acuerdo con el siguiente detalle:
|
EMBARAZO |
Certificado Médico |
|
LACTANCIA |
Copia simple de la partida de nacimiento o certificado de nacido vivo o DNI/DNIe del menor lactante, cuya edad debe ser menor o igual a dos (2) años previos a la fecha de elección. |
Artículo Segundo.- DISPONER que el trámite de excusa al cargo de miembro de mesa por causal de embarazo o de lactancia será de aprobación automático y gratuito.
Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal institucional www.onpe.gob.pe y en el Portal de Transparencia de la Entidad, dentro de los tres (3) días de su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS
Jefe
[1] Véase: https://www.ilo.org/global/standards/subjects–covered–by–international–labour–standards/maternity–protection/lang—es/index.htm
Descargue en PDF la Resolución Jefatural 000022-2021-JN-ONPE



![Que policía haya demorado menos de 20 minutos en llevar al hospital a una víctima con herida superficial (rozamiento de bala en área no vital como el pómulo), no constituye retardo en la prestación de auxilio, porque en modo alguno pudo poner en peligro la integridad física o la vida del agraviado, aun cuando al pasar por la comisaría se detuvo a informar a sus colegas lo sucedido antes de llegar al nosocomio (la tutela penal solo interviene en casos de ataques muy graves a los bienes jurídicos más importantes) [RN 2411-2017, Lima, ff. jj. 7-9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-2-LPDerecho-218x150.jpg)
![La interpretación constitucional del art. 29 y la Segunda Disposición Complementaria Final del NCPC —que establece la competencia del juez constitucional en los procesos de hábeas corpus— involucra que el PJ habilite provisionalmente a los juzgados ordinarios para conocer las causas cuando se exceda la capacidad operativa de los juzgados constitucionales (caso NCPC II) [Exp. 00030-2021-PI/TC, punto resolutivo 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/INTERPRETACION-CONTITUCIONAL-NCPC-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Delitos imputados a Daniel Urresti, cometidos antes de la vigencia en el Perú del Estatuto de Roma, no pueden ser calificados como delitos de lesa humanidad [Expediente 02939-2025-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/urresti-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TC declara nula condena contra Daniel Urresti y ordena su libertad [Expediente 02939-2025-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/04/Daniel-Urresti-LPDerecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)




![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)




![[Balotario notarial] Todo sobre el poder notarial, sus clases y formalidades](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/PODER-NOTARIAL-CONCEPTO-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Reglamento del registro electoral de encuestadoras [Resolución 0340-2026-JNE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/JNE-218x150.png)
![[VÍDEO] JNJ destituyó a juez superior por maltratar a juezas: «Usted ha aceptado un alto cargo sin saber leer ni escribir»](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-NOTICIA-JUEZ-DESTITUIDO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nueva conformación de salas de la Corte Suprema (salas constitucional y social, y salas civiles) [RA 000042-2026-P-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-2-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan a Pacífico Seguros y a empresa de peritaje por calcular indemnización con un valor menor al real de los bienes asegurados [Resolución 3228-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)









![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)


![Aprueban nuevo Régimen de Garantía Mobiliaria [DL 1400]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-REGLAMENTO-MOBILIARIO-1-218x150.jpg)


![Delitos imputados a Daniel Urresti, cometidos antes de la vigencia en el Perú del Estatuto de Roma, no pueden ser calificados como delitos de lesa humanidad [Expediente 02939-2025-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/urresti-LPDERECHO-100x70.jpg)








