Directiva para la gestión del proceso de capacitación en las entidades públicas [Res. 000214-2025-Servir-PE]

Publicado en la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano el 1 de enero de 2026

Servir formalizó el acuerdo de su Consejo Directivo que aprueba la Directiva “Normas para la gestión del proceso de capacitación en las entidades públicas”, junto con sus Anexos N.° 1, 2 y 3, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva 000214-2025-Servir-PE.

La medida busca fortalecer la gestión del proceso de capacitación en las entidades del Estado, estableciendo responsabilidades, reglas, procedimientos e instrumentos para la planificación, ejecución y evaluación de la capacitación, con el objetivo de cerrar brechas de conocimiento, desarrollar competencias y mejorar el desempeño de los servidores civiles, impactando en la calidad de los servicios a la ciudadanía y en el logro de objetivos institucionales.


Formalizan Acuerdo que aprueba la Directiva “Normas para la gestión del proceso de capacitación en las entidades públicas” y sus Anexos Nºs. 1, 2 y 3; y dictan otras disposiciones

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 000214-2025-SERVIR-PE

Lima, 31 de diciembre de 2025

VISTOS: El Informe Nº 000024-2025-SERVIR-GDCRSC y el Proveído Nº 003016-2025-SERVIR-GDCRSC de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil; el Informe Técnico Nº 002715-2025-SERVIR-GPGSC de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil; el Memorando Nº 000282-2025-SERVIR-GG de la Gerencia General; el Informe Legal Nº 000543-2025-SERVIR-GG-OAJ y la Hoja Informativa Nº 000248-2025-SERVIR-GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023, se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno, con competencia a nivel nacional y sobre todas las entidades de la administración pública, asumiendo la calidad de ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;

Que, el artículo 10 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, establece que la finalidad del proceso de capacitación es buscar la mejora del desempeño de los servidores civiles para brindar servicios de calidad a los ciudadanos. Asimismo, busca fortalecer y mejorar las capacidades de los servidores civiles para el buen desempeño y es una estrategia fundamental para alcanzar el logro de los objetivos institucionales;

Que, el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado con Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, señala que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH), comprende el subsistema de Gestión del Desarrollo y Capacitación, el cual contiene políticas de progresión en la carrera y desarrollo de capacidades, destinadas a garantizar los aprendizajes individuales y colectivos necesarios para el logro de las finalidades organizativas, desarrollando las competencias de los servidores y, en los casos que corresponda, estimulando su desarrollo profesional;

Que, el artículo 9 del referido Reglamento dispone que la capacitación tiene como finalidad cerrar las brechas identificadas en los servidores civiles, fortaleciendo sus competencias y capacidades para contribuir a la mejora de la calidad de los servicios brindados a los ciudadanos y las acciones del Estado y alcanzar el logro de los objetivos institucionales. Asimismo, constituye una estrategia fundamental para el fortalecimiento del servicio civil como medio para mejorar la eficiencia y eficacia de la administración pública. La capacitación es parte del Subsistema de Gestión del Desarrollo y la Capacitación;

Que, mediante Directiva Nº 002-2014-SERVIR/GDSRH, “Normas para la gestión del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos en las entidades públicas”, cuya aprobación fue formalizada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 238-2014-SERVIR-PE, se establece los lineamientos que las entidades públicas, en el ámbito de acción de las Oficinas de Recursos Humanos, deben seguir para la gestión del SAGRH. Así, el numeral 6.1.6 de dicha Directiva, establece como uno de los procesos del Subsistema de Gestión del Desarrollo y la Capacitación, a la capacitación, como el proceso que tiene como finalidad cerrar las brechas identificadas en los servidores civiles, fortaleciendo sus competencias y capacidades para contribuir a la mejora de la calidad de los servicios brindados a los ciudadanos y las acciones del Estado y alcanzar el logro de los objetivos institucionales; el cual comprende la planificación de la formación laboral y la formación profesional, la administración de los compromisos asociados a la capacitación, el registro de la información de la capacitación, la evaluación de la capacitación, entre otros;

Que, el literal b) del artículo 2 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, dispone que es atribución de SERVIR, entra otras, dictar normas técnicas para el desarrollo e implementación del Sistema;

Que, asimismo, la Tercera Disposición Complementaria Final del mencionado Reglamento General dispone que, SERVIR podrá aprobar normas aclaratorias o de desarrollo del mencionado Reglamento, dentro del marco legal vigente;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 141-2016-SERVIR-PE, se formaliza la aprobación de la Directiva “Normas para la Gestión del Proceso de Capacitación en las entidades públicas”;

Que, a través del Informe Técnico Nº 000024-2025-SERVIR-GDCRSC, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, órgano encargado del Subsistema de Gestión del Desarrollo y Capacitación del SAGRH, sustenta y propone la aprobación de la Directiva “Normas para la gestión del proceso de capacitación en las entidades públicas”, cuyo objetivo es establecer las responsabilidades, reglas, procedimiento e instrumentos que deben aplicar las entidades públicas para la planificación, ejecución y evaluación del proceso de capacitación, perteneciente al referido Subsistema; a fin de coadyuvar a la adecuada gestión del proceso de capacitación en las entidades públicas, con el propósito de desarrollar y fortalecer los conocimientos y competencias de los servidores civiles, contribuyendo con la mejora de su desempeño y, consecuentemente, en el logro de los objetivos institucionales; y, en consecuencia, plantea se deje sin efecto la Directiva “Normas para la gestión del proceso de capacitación en las entidades públicas”, cuya aprobación fue formalizada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 141-2016-SERVIR-PE;

Que, asimismo, en el referido Informe Técnico, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, precisa que, con dicha propuesta normativa, se busca fortalecer la gestión del proceso de capacitación en las entidades públicas, contribuyendo al cierre de brechas de conocimiento y a la mejora del desempeño de los servidores civiles en los tres niveles de gobierno;

Que, mediante el Informe Técnico Nº 002715-2025-SERVIR-GPGSC, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, órgano encargado de diseñar y desarrollar el marco político y normativo del SAGRH al servicio del Estado, opina favorablemente sobre el proyecto de Directiva “Normas para la gestión del proceso de capacitación en las entidades públicas”;

Que, la Oficina de Asesoría Jurídica en el Informe Legal Nº 000543-2025-SERVIR-GG-OAJ concluye que legalmente la propuesta de Directiva “Normas para la Gestión del Proceso de Capacitacion en las entidades públicas”, formulada y sustentada por la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, que cuenta con opinión favorable de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, se realiza en el marco de las funciones establecidas en el literal b) del artículo 2 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y la Tercera Disposición Complementaria Final del mencionado Reglamento General;

Que, a través del Memorando Nº 000282-2025-SERVIR-GG, el Gerente General, en su calidad de Secretario del Consejo Directivo de SERVIR, comunica que en la Sesión Nº 20-2025-CD el referido Consejo Directivo acordó aprobar por unanimidad la Directiva “Normas para la gestión del proceso de capacitación en las entidades públicas”;

Que, mediante Hoja Informativa Nº 000248-2025-SERVIR-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable emitir la Resolución de Presidencia Ejecutiva que formaliza la aprobación de la Directiva “Normas para la gestión del proceso de capacitación en las entidades públicas;” y en consecuencia dejar sin efecto la Directiva “Normas para la gestión del proceso de capacitación en las entidades públicas”, cuya a probación fue formalizada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 141-2016-SERVIR-PE;

Con el visado de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado con Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; y, el Reglamento del Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Formalizar el Acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, adoptado en la Sesión Nº 20-2025-CD, mediante el cual se aprueba la Directiva “Normas para la gestión del proceso de capacitación en las entidades públicas” y sus Anexos Nos. 1, 2 y 3, que forma parte integrante de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva.

Artículo 2.- Formalizar el Acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, adoptado en la Sesión Nº 20-2025-CD, mediante el cual se aprueba dejar sin efecto la Directiva “Normas para la gestión del proceso de capacitación en las entidades públicas”, cuya a probación fue formalizada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 141-2016-SERVIR-PE.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva, la Directiva y sus Anexos en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR (www.gob.pe/servir), así como en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GUILLERMO STEVE VALDIVIESO PAYVA
Presidente Ejecutivo
Consejo Directivo

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