Gustavo Adrianzén, presidente del Consejo de Ministros, se refirió a los 12 días de ausencia de la dignataria Dina Boluarte en la escena pública.
A través de una conferencia de prensa, el miércoles 8 de mayo, el premier rechazó los cuestionamientos en contra de la presidenta y sostuvo que la alta funcionaria «nunca se ausentó».
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Aseguró que Boluarte se recupera tras una afección severa y reiteró que su falta en los eventos institucionales no es adrede:
La señora presidenta de la república nunca se ha ausentado. La presidenta se viene recuperando, se encuentra convaleciente aún, de una afección pulmonar severa. El último fin de semana tuvo que ser asistida por médicos para ser atendida. Felizmente, se encuentra en franco proceso de recuperación.
De acuerdo al abogado Luciano López, la ausencia de la Jefa de Estado constituye una infracción a la Constitución y, si hubo algún tipo de ocultamiento, los «posibles delitos debieran investigarse por el Fiscal de la Nación».
Mediante su cuenta personal de X (antes Twitter), el letrado sostuvo lo siguiente:
El cargo presidencial es 24/7. No hay vacaciones. Por ello hay agenda pública. Pero vamos al grano: si la Presidenta se sometió a una cirugía y ello la pudo tener inhabilitada, por pocos días, para ejercer al 100% la presidencia, tenía el DEBER de informarlo al Parlamento para que decida. ¿Por qué?
Por lo que dice el art. 114.1 de la Constitución: el Parlamento decide suspender en el ejercicio de la presidencia por un «impedimento temporal» que, lógicamente, puede darse por un asunto de recuperación momentánea de salud.
Si la presidenta juzgó, por sí y ante sí, que su recuperación no le impedía ejercer al 100%, es incumplir el art 114.1 porque esa no es su competencia: es del Congreso. Ellos tendrían que decidir si hay suspensión o no. Y, ojo, «suspender» NO es igual que «vacar».
Termina la causa de suspensión y quien ejerce la presidencia retoma sus funciones. Por eso el art 115 dice que por impedimento «temporal» o «permanente» hay una reglas de sucesión presidencial.
Ahora, los Ministros son responsables por los actos presidenciales, aún cuando fueran delito, salvo que renuncien antes. ¿Alguien ha renunciado? No. ¿Saben lo que ha pasado y nadie ha dicho nada? O sea, ¿lo han ocultado? Si es así, independientemente de la responsabilidad política (que esté Congreso no hará efectiva), el Fiscal de la Nación puede iniciar investigación de oficio para descartar delitos en el ocultamiento de este hecho.