Detención preliminar en casos de no flagrancia se restituiría solo en estos delitos

La Comisión de Justicia del Congreso, liderado por el congresista Isaac Mita (Perú Libre), ya tiene sobre la mesa un predictamen para un nuevo proyecto de ley, con base en las observaciones del Ejecutivo, relacionado a la restitución de la detención preliminar en casos de no flagrancia.

Lea más | [VIDEO] Congreso evaluó observaciones a iniciativa que restituye la detención preliminar en casos de no flagrancia

Dicha figura fue suprimida a mediados de diciembre del 2024 con la promulgación de la Ley 32181. Tras los cuestionamientos, el Congreso retrocedió y remitió al Ejecutivo la autógrafa de ley con el fin de restablecer la medida original. Sin embargo, en lugar de promulgar la norma, el Gobierno optó por observarla.

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El último jueves 23 de enero, se llevó a cabo una mesa de trabajo para evaluar dichas observaciones. Ahora, la comisión cuenta con un predictamen que contempla restituir la detención preliminar en casos de no flagrancia, pero solo para un grupo específico de delitos.

  • En modalidad agravada:

Artículo 106.- Homicidio Simple
Artículo 107.- Parricidio
Artículo 108.- Homicidio calificado
Artículo 108-A.- Homicidio Calificado por la Condición de la víctima
Artículo 108-B.- Feminicidio
Artículo 108-C.- Sicariato
Artículo 108-D.- La conspiración y el ofrecimiento para el delito de sicariato
Artículo 121.- Lesiones graves
Artículo 129-A.- Trata de personas
Artículo 129-B.- Formas agravadas de la Trata de Personas
Artículo 129-C.- Explotación sexual
Artículo 129-D.- Promoción o favorecimiento de la explotación sexual
Artículo 129-E.- Cliente de la explotación sexual
Artículo 129-F.- Beneficio por explotación sexual
Artículo 129-G.- Gestión de la explotación sexual
Artículo 129-H.- Explotación sexual de niñas, niños y adolescentes
Artículo 129-I.- Promoción y favorecimiento de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes
Artículo 129-J.- Cliente del adolescente
Artículo 129-K.- Beneficio de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes
Artículo 129-L.- Gestión de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes
Artículo 129-M.- Pornografía infantil
Artículo 129-N.- Publicación en los medios de comunicación sobre delitos de libertad sexual contra niñas, niños y adolescentes
Artículo 129-Ñ.- Esclavitud y otras formas de explotación
Artículo 129-O.- Trabajo forzoso
Artículo 129-P.- Delito de intermediación onerosa de órganos y tejidos
Artículo 151-A.- Acoso
Artículo 152.- Secuestro
Artículo 162. Interferencia telefónica
Artículo 162-A. Posesión o comercialización de equipos destinados a la interceptación telefónica o similar
Artículo 162-B. Interferencia de comunicaciones electrónicas, de mensajería instantánea y similares
Artículo 170.- Violación sexual
Artículo 171.- Violación de persona en estado de inconsciencia o en la imposibilidad de resistir
Artículo 172.- Violación de persona en incapacidad de dar su libre consentimiento
Artículo 173.- Violación sexual de menor de edad
Artículo 174.- Violación de persona bajo autoridad o vigilancia
Artículo 175.- Violación sexual mediante engaño
Artículo 176.- Tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos sin consentimiento
Artículo 176-A.- Tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos en agravio de menores
Artículo 176-D.- Acoso sexual a menores de catorce años de edad
Artículo 177.- Formas agravadas
Artículo 179.- Favorecimiento a la prostitución
Artículo 180.- Rufianismo
Artículo 181.- Proxenetismo
Artículo 183-B.- Proposiciones a niños, niñas y adolescentes con fines sexuales
Artículo 186.- Hurto agravado
Artículo 188.- Robo
Artículo 189.- Robo agravado
Artículo 189-A.- Hurto de ganado
Artículo 190.- Apropiación ilícita común

  • En todas sus modalidades:

Artículo 195.- Formas agravadas
Artículo 196-A.- Estafa agravada
Artículo 200.- Extorsión
Artículo 204.- Formas agravadas de usurpación
Artículo 206.- Formas agravadas
Artículo 220.- Formas agravadas (Plagio)
Artículo 220-A.- Elusión de medida tecnológica efectiva
Artículo 222-A.- Clonación o adulteración de terminales de telecomunicaciones
Artículo 245.- Ocultamiento, omisión o falsedad de información
Artículo 275.- Formas agravadas (Manipulación en estado de ebriedad)
Artículo 279.- Fabricación, suministro o tenencia de materiales peligrosos y residuos peligrosos
Artículo 279-A.- Producción, desarrollo y comercialización ilegal de armas químicas
Artículo 279-B.- Sustracción o arrebato de armas de fuego
Artículo 279-E.- Ensamblado, comercialización y utilización, en el servicio público, de transporte de ómnibuses sobre chasis de camión
Artículo 279-G.- Fabricación, comercialización, uso o porte de armas
Artículo 281.- Atentado contra la seguridad común
Artículo 286.- Contaminación o adulteración de bienes o insumos destinados al uso o consumo humano y alteración de la fecha de vencimiento
Artículo 287.- Contaminación o adulteración de alimentos o bebidas y alteración de la fecha de vencimiento
Artículo 288.- Producción, comercialización o tráfico ilícito de alimentos y otros productos destinados al uso o consumo humano
Artículo 288-B.- Uso de productos tóxicos o peligrosos
Artículo 288-C.- Producción o comercialización de bebidas alcohólicas ilegales
Artículo 289.- Propagación de enfermedad peligrosa o contagiosa
Artículo 294-A.- Falsificación, contaminación o adulteración de productos farmacéuticos, dispositivos médicos o productos sanitarios
Artículo 294-B.- Comercialización de productos farmacéuticos, dispositivos médicos o productos sanitarios sin garantía de buen estado
Artículo 294-C.- Agravantes
Artículo 296.- Promoción, favorecimiento o facilitamiento del consumo ilegal de drogas tóxicas
Artículo 296-A.- Comercialización y cultivo de amapola y marihuana y su siembra compulsiva
Artículo 296-B.- Tráfico Ilícito de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados
Artículo 296-C.- Penalización de la resiembra
Artículo 297.- Formas agravadas (Inhabilitación)
Artículo 303-A.- Tráfico ilícito de migrantes
Artículo 303-B.- Formas agravadas del tráfico ilícito de migrantes
Artículo 303-C.- Reingreso Clandestino o Ilegal
Artículo 304.- Contaminación del ambiente
Artículo 305.- Formas agravadas (Falsificación sobre hechos contaminantes)
Artículo 307.- Tráfico ilegal de residuos peligrosos
Artículo 307-A.- Delito de minería ilegal
Artículo 307-B.- Formas agravadas
Artículo 307-C.- Delito de financiamiento de la minería ilegal
Artículo 307-D.- Delito de obstaculización de la fiscalización administrativa
Artículo 307-E.- Tráfico ilícito de insumos químicos y maquinarias destinados a minería ilegal
Artículo 308.- Tráfico ilegal de especies de flora y fauna silvestre
Artículo 309.- Formas agravadas (Consiguiente con el tráfico ilegal de especies)
Artículo 310.- Delitos contra los bosques o formaciones boscosas
Artículo 310-A.- Tráfico ilegal de productos forestales maderables
Artículo 310-B.- Obstrucción de procedimiento
Artículo 310-C.- Formas agravadas (casos previstos en artículos 310, A y B)
Artículo 315.- Disturbios
Artículo 315-A.- Delito de grave perturbación de la tranquilidad pública
Artículo 316-A.- Apología del delito de terrorismo
Artículo 317-A.- Marcaje o reglaje
Artículo 317-B.- Banda Criminal
Artículo 319.- Genocidio-Modalidades
Artículo 320.- Desaparición forzada de personas
Artículo 321.- Tortura
Artículo 325.- Atentado contra la integridad nacional
Artículo 326.- Participación en grupo armado dirigido por extranjero
Artículo 327.- Destrucción o alteración de hitos fronterizos
Artículo 328.- Formas agravadas (vinculado con casos de traición)
Artículo 329.- Inteligencia desleal con Estado extranjero
Artículo 330.- Revelación de secretos nacionales
Artículo 331.- Espionaje
Artículo 330.- Revelación de secretos nacionales
Artículo 331.- Espionaje
Artículo 332.- Favorecimiento bélico a Estado extranjero-Favorecimiento agravado
Artículo 336.- Atentado contra persona que goza de protección internacional
Artículo 339.- Actos hostiles contra Estado extranjero
Artículo 346.- Rebelión
Artículo 347.- Sedición
Artículo 348.- Motín
Artículo 368-C.- Sabotaje de los equipos de seguridad y de comunicación en establecimientos penitenciarios
Artículo 368-E.- Ingreso indebido de armas, municiones o materiales explosivos, inflamables, asfixiantes o tóxicos en establecimientos penitenciarios
Artículo 384.- Colusión simple y agravada
Artículo 387.- Peculado doloso y culposo
Artículo 393.- Cohecho pasivo propio
Artículo 394.- Cohecho pasivo impropio
Artículo 395.- Cohecho pasivo específico
Artículo 395-A.- Cohecho pasivo propio en el ejercicio de la función policial o penitenciaria
Artículo 395-B.- Cohecho pasivo impropio en el ejercicio de la función policial y penitenciaria
Artículo 397.- Cohecho activo genérico
Artículo 397-A.- Cohecho activo transnacional
Artículo 398.- Cohecho activo específico
Artículo 398-A.- Cohecho activo en el ámbito de la función policial
Artículo 400.- Tráfico de influencias
Artículo 409.- Falsedad en juicio
Artículo 409-A.- Obstrucción de la justicia
Artículo 418.- Prevaricato

Ello incluye el delito de organización criminal que tenga como fin la comisión de los delitos anteriormente establecidos. La nueva propuesta excluye el artículo 399, negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo; y al artículo 401, enriquecimiento ilícito.


Predictamen de Nuevo Proyecto recaído en las observaciones del Poder Ejecutivo a la Autógrafa de Ley, derivada de los Proyectos de Ley 09733/2024-CR, 09760/2024-CR y 09764/2024-CR, mediante el cual se propone la “Ley que restituye y perfecciona el artículo 261 del Código Penal, Decreto Legislativo 635, sobre la Detención Preliminar en casos de no Flagrancia”

COMISIÓN DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Periodo Anual de Sesiones 2024-2025

Señor presidente:

Ha ingresado el 13 de enero de 2025 para estudio y dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos la Autógrafa Observada, que se deriva de los proyectos de ley 09733/2024-CR, 09760/2024-CR y 09764/2024-CR, que proponen la “Ley que restituye y modifica el literal a) del numeral 1 del artículo 261 del Nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957, referido a la detención preliminar judicial en casos de no flagrancia”

[Continúa…]

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Comentarios:
Estudiante del último ciclo de la facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Privada del Norte (UPN). Especialización en Gestión Pública en la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Con experiencia en temas constitucionales, penales y de coyuntura política. Labores previas en equipos de asesoría legal de congresistas de la república. Hoy en el área de Redacción periodística de LP Derecho.