Mediante Resolución 355-2017, el Consejo Nacional de la Magistratura resolvió imponer la sanción de destitución contra Lurdes María Baca Cano, fiscal adjunta provincial del Segundo Despacho Corporativo Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Pasco; y Hugo Epifanio Gordiano Velásquez, fiscal provincial del Primer Despacho Corporativo Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Pasco; denunciados por una falta de suma gravedad en el ejercicio de sus funciones.
En primer lugar, se imputa a la fiscal adjunta provincial Lurdes María Baca Cano haber concurrido al despacho del fiscal provincial Hugo Epifanio Gordiano Velásquez, con el fin de ofrecerle una camioneta (que le entregaría un empresario), a cambio de archivar las carpetas fiscales 167-2015 y 251-2010, que se encontraban a cargo de la fiscal adjunta provincial de la misma fiscalía, Carmen Gabriela Lagos Faydel. Se indica en la resolución que la fiscal le habría entregado un post-it donde estaban anotados con lápiz los números de las carpetas.
El hecho fue puesto en conocimiento del fiscal superior por medio de la magistrada Carmen Gabriela Lagos Faydel, quien en un informe dio cuenta que había recibido información de uno de los choferes de la institución; en el sentido que estaban ofreciendo una camioneta a cambio del archivo de dos de sus casos, comentándole la participación de la también fiscal Lurdes María Baca Cano.
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De ese modo, en su declaración indagatoria, el fiscal Hugo Epifanio Gordiano Velásquez declararía que una mañana de la segunda semana del mes de enero del 2016, recibió en su despacho a la fiscal Lurdes María Baca Cano, quien le preguntó si no quería ganarse una camioneta a cambio de ayuda en los casos. Todas las versiones han sido corroboradas con declaraciones testimoniales del chofer Juan Carlos Rodríguez y de la asistente administrativa Fiorela Katerina Galindo Lazarte.
Realizada la pericia de grafotecnia al post-it de color naranja que Hugo Epifanio Gordiano Velásquez refirió haber recibido de manos de la fiscal Lurdes María Baca Cano, según dictamen pericial de la Dirección Ejecutiva de Criminalística PNP, estos trazos provienen del puño gráfico de la fiscal denunciada. Este comportamiento constituye conducta disfuncional que resulta contrario a los deberes de los magistrados y desmerece el concepto público de la investidura.
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Lamentablemente, el fiscal Hugo Epifanio Gordiano, al tomar conocimiento de la conducta en la que incurría su colega, omitió formular la denuncia ante la Fiscalía de Control Interno, como señala el artículo 58 de su Reglamento de Organización y Funciones. Por estas consideraciones, el pleno del CNM decidió dar por concluido el procedimiento disciplinario y aceptar el pedido de destitución formulado en contra de los dos magistrados.
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