Por decisión unánime, la Junta Nacional de Justicia (JNJ) destituyó al juez superior Tiberio Juan Aquino Osorio por no haber observado su deber de mantener conducta intachable e incurrir en falta muy grave consistente en acosar sexualmente a una servidora judicial. La decisión fue tomada en el marco del Proceso Disciplinario 078-2020-JNJ.
Los hechos
Antes de la votación, el ponente Antonio de la Haza contó los pormenores del caso. Los hechos tuvieron lugar en la Corte de Ucayali, donde Aquino Osorio se aprovechó de su condición jerárquica para realizar actos de acoso sexual en agravio de la servidora XXX que se desempeñaba en la Sala Penal Liquidadora de la Corte de Justicia de Ucayali.
Conforme a la denuncia de la servidora, el magistrado le comunicó a la servidora su intención de rotarla aduciendo que «su esposa lo celaba con ella», hecho reconocido por el propio magistrado y corroborado por Hermógenes Lima Chaiña, entonces presidente de la Sala Penal donde laboraban el juez sancionado y la servidora. Así, el juez alteró la tranquilidad de la servidora al fundar sus decisiones en el trabajo en cuestiones de orden privado. La JNJ consideró este hecho una forma de violencia contra la mujer, conforme a instrumentos internacionales.
Ahora bien, es en marzo de 2016 que se configuró el acto de hostigamiento sexual, cuando la servidora ingresó al despacho del magistrado para increparle por el hecho de estar pidiéndole su rotación. Este le manifestó que «esto se podía arreglar si ella quisiera», jalándola hacia él con la intención de besarla e intentar agarrarle las nalgas. La servidora rechazó el acto y salió de la oficina del juez, siendo su compañera Flores Asís la primera persona en saberlo.
La votación
La Junta votó de forma unánime por la destitución dado que se acreditó que el juez superior transgredió la Ley de Carrera Judicial, específicamente el artículo 34, inciso 17, que obliga a guardar conducta intachable, y el artículo 48, inciso 8, que prohíbe cometer actos de acoso sexual.
Los miembros de la Junta destacaron el análisis de las declaraciones de la victima y los testigos, lo que llevó a determinar que se trataba de información coherente y verosímil.
Además, valoraron que las pruebas fueron corroboradas dentro de los estándares internacionales y nacionales.
La sesión terminó con el pedido de preparación de la resolución correspondiente para las firmas y notificaciones de ley. Un trabajo que corresponde al secretario Juan Carlos Cortés.
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