Descargue en PDF «Justicia juvenil diferenciada»

El Programa Conjunto de las Naciones Unidas para la Seguridad Humana y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, han elaborado una investigación que integra información estadística sobre los jóvenes infractores, y el funcionamiento del sistema de justicia juvenil, a fin de conocer la problemática y mejorar las  intervenciones y políticas públicas que permita resocializar a los adolescentes a la sociedad.

Los dejamos a continuación con la introducción del texto y al final el link de descarga.

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Introducción

La violencia juvenil es un problema que ha cobrado notoriedad en la sociedad peruana por el incremento de las cifras que la reportan y la mayor exposición mediática de estos hechos, en las que los jóvenes son tanto víctimas como agresores.

Así, por un lado, según la primera Encuesta Nacional de la Juventud (ENAJUV) del Perú,
para la mayoría de personas de 15 a 29 años de edad (58.6%), el principal problema que las afecta es la delincuencia y el pandillaje (Senaju, 2012); por otro lado, según los anuarios estadísticos de la Policía Nacional del Perú (PNP), cada vez se registran más casos de jóvenes que participan en actos delictivos: se ha pasado de 1,716 infractores registrados en el año 2003 a 4,122, en el año 2013 (PNP, 2003; PNP, 2013); es decir, en esos diez años, el registro de adolescentes infractores ha crecido 140%, y muestra incrementos significativos en ilícitos como homicidios y contra el patrimonio, que casi llegaron a triplicarse, y en tráfico ilícito de drogas, que prácticamente quintuplicó el número de infractores registrados por la PNP en ambos años.

Algo similar ocurre con los adolescentes atendidos en los centros juveniles: en 15 años la cifra se ha duplicado, pasando de 3,387 adolescentes atendidos en el año 2000 a 6,611 en el año 2015.[1] Al igual que los reportes policiales, los centros juveniles muestran incrementos significativos de internos por infracciones patrimoniales, por homicidios y por tráfico ilícito de drogas.

Para entender el fenómeno de la delincuencia juvenil, es preciso, primero, aclarar que, si bien en el marco normativo nacional se considera joven a toda persona de 15 a 29 años de edad,[2] en el marco normativo del Sistema de Justicia Penal Juvenil del país, se hace una distinción entre menores y mayores de 18 años[3]: a partir de los 18 años la persona es considerada adulta y puede ser sometida a todos los procesos judiciales y sanciones penales que correspondan; si la persona tiene una edad comprendida entre los 14 y los 17 años, no puede ser procesada como adulta, pero es sometida a un proceso especial.

El proceso de administración de justicia para los adolescentes infractores ha experimentado un cambio de paradigmas, pasando de un modelo basado en la concepción tutelar con un  enfoque paternalista a un modelo garantista, el cual reconoce al adolescente como sujeto de derechos.

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En la actualidad, el Sistema de Administración de Justicia para menores está conformado por la Policía Nacional del Perú, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio Público – Fiscalía de la Nación y el Poder Judicial que son las instituciones responsables de la administración de la justicia especializada para adolescentes infractores desde su primer contacto (retención) hasta la aplicación de sanciones. El Poder Judicial, además de encargarse de los procesos judiciales, es responsable del Sistema de Reinserción Social del Adolescente en Conflicto con la Ley Penal (SRSALP), función que cumple a través de la Gerencia de Centros Juveniles del Poder Judicial (PJ). El SRSALP tiene por objetivo llevar a cabo el proceso de rehabilitación y reinserción social de los infractores, ya sea en un medio abierto o en un medio cerrado.

De acuerdo con la normatividad peruana, cuando un joven infractor es procesado, los
procedimientos regulares señalan que –luego del contacto inicial con la Policía Nacional
del Perú (PNP), ya sea porque fue retenido en presunta flagrancia o porque se encuentra en calidad de citado– la Fiscalía de la Nación asume la conducción del caso y decide si lo libera (por no encontrar responsabilidad del menor) o si el adolescente recibirá o no el beneficio de la remisión fiscal, al determinarse que la infracción cometida es leve (lo que significa que el adolescente no pasa a un proceso judicial), o si su caso se judicializará. En este último escenario, si se comprobase su responsabilidad, y dependiendo de la gravedad de la infracción, se decide si el adolescente pasará al medio cerrado, es decir, ser internado en un Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación (CJDR) o al medio abierto, esto es, asistir a un Servicio de Orientación al Adolescente (SOA).

Su derivación a uno u otro medio determinará el tipo de contacto con el sistema de
administración de justicia especializada para el adolescente infractor y el proceso de atención que recibirá, el cual tiene un carácter diferenciado basándose en el tipo de infracción cometida.

Las posibilidades de garantizar la rehabilitación y reinserción exitosa a la sociedad serán
materia de análisis en la presente investigación. Según algunas experiencias internacionales, una de las formas más efectivas para garantizar una reintegración exitosa a la sociedad de personas privadas de su libertad tiene que ver con diferenciar la atención dentro de los sistemas de reclusión, dependiendo de las características que han llevado a la persona a cometer un acto en contra de la ley.

Es así que el sistema de justicia juvenil y su proceso de atención e intervención deben incidir en aquellos factores que originan el tipo de conducta y las circunstancias que llevaron a los adolescentes a cometer la infracción. Para ello, se requiere conocer las características individuales, familiares y sociales de los infractores, y determinar si las actividades e intervenciones de los programas o servicios en los que se encuentran son compatibles con esas características para alcanzar una máxima efectividad.

Al respecto, la criminología del desarrollo ha identificado tipologías de participación criminal en las que se diferencia a los adolescentes con una participación delictiva transitoria, limitada a esta etapa de vida, de aquellos con una participación permanente y persistente a lo largo de sus vidas. Un tipo adicional de participación delictiva es la de carácter complejo que describe la comisión de conductas delictivas derivadas de alteraciones de la personalidad.

Conocer o identificar los diferentes perfiles de los adolescentes en conflicto con la ley penal que el sistema atiende es una tarea pendiente. A ello nos abocamos en el presente estudio: a analizar el conjunto de estas características, desde las experiencias de los propios infractores.

En ese sentido, se considera importante conocer las opiniones de los involucrados
directos, ya que muchas veces las limitaciones para que el sistema de reinserción social
obtenga resultados óptimos están mediadas por la falta de una lectura más profunda de
las principales características y de las realidades de los adolescentes a los que atiende.
Asimismo, es importante conocer cuáles son los principales desafíos que afrontan tanto el sistema de administración de justicia especializada para adolescentes como el propio Sistema de Reinserción Social del Adolescente en Conflicto con la Ley Penal (SRSALP), desde la mirada de quienes se encuentran relacionados directamente con el trabajo que se realiza en el interior, ya que esto puede otorgarnos algunas propuestas para mejorar sus intervenciones mediante recomendaciones de política criminal basadas en evidencia.

En este marco, la presente publicación se plantea explorar los principales desafíos que enfrenta el sistema de administración de justicia especializada para los adolescentes, específicamente en el Sistema de Reinserción Social del Adolescente en Conflicto con la Ley Penal, a través del análisis de entrevistas realizadas a infractores que forman parte de un programa en medio abierto a través de un Servicio de Orientación al Adolescente (SOA) o de un programa en medio cerrado mediante un Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación (CJDR), administrados por la Gerencia de Centros Juveniles del Poder Judicial.

Para contextualizar mejor el funcionamiento del Sistema y facilitar esta información a
quienes se encuentran introduciéndose en el tema, en el primer capítulo, se describe los
procedimientos de atención al adolescente infractor en el marco del sistema de administración de justicia especializada desde su primer contacto (retención o citación) hasta el proceso de investigación, juzgamiento y establecimiento de sanción. Asimismo, se detalla el proceso de rehabilitación y reinserción social del SRSALP en medio abierto o medio cerrado.

El segundo capítulo se encuentra dividido en dos segmentos: el primero presenta los principales hallazgos del primer Censo Nacional de la Población en los Centros Juveniles de Diagnóstico y Rehabilitación (2016), con el fin de tener un acercamiento general a las características de los jóvenes que se encuentran en el medio cerrado. Al mismo tiempo, se incluye datos relevantes de los adolescentes que cometieron ilícitos en el departamento de La Libertad y en la ciudad de Lima Metropolitana, ámbitos territoriales escogidos por presentar las cifras más elevadas de comisión de infracciones a nivel nacional; el segundo segmento de este capítulo explora las características del adolescente infractor atendido en el SRSALP a través del análisis de las entrevistas realizadas en los CJDR y SOA de Lima y Trujillo. Mediante el análisis de los testimonios de los infractores se revisará sus características sociodemográficas, relaciones familiares, relación con el grupo de pares, interacción en el barrio y las características de la actividad delictiva.

En el tercer capítulo, se plantea los principales desafíos que enfrenta el SRSALP, a partir de los testimonios de los adolescentes infractores atendidos por el sistema, y se analiza la valoración que le dan al mismo y las expectativas que depositan sobre él.

Finalmente, se presenta un conjunto de recomendaciones para adoptar acciones que permitan mejorar la atención especializada a los infractores conforme a las necesidades y características de la población que atiende. Estas medidas deben ser discutidas y oportunamente adoptadas por los operadores de justicia, presentes en todo el proceso, para mejorar la atención y administración del sistema de justicia especializada y el SRSALP.


[1] Extraído de las estadísticas publicadas por la Gerencia de los Centros Juveniles, en su página web. Véase aquí.
[2] Ley 27802 – Ley del Consejo Nacional de la Juventud.
[3] Ley 27337 – Código de los Niños y Adolescentes.

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